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JNJ cuestiona la reforma del Código Procesal Constitucional: “Arriesga la estabilidad del sistema judicial”

El presidente de la Junta Nacional de Justicia, Antonio de la Haza, también cuestionó la legislación que otorgaría a la PNP facultades para dirigir investigaciones preliminares, pues consideró que afectaría la autonomía de la Fiscalía.

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) cuestionó la reciente aprobación en primera votación en el Congreso de la norma que reforma el Código Procesal Constitucional y reduciría de cinco a cuatro los votos necesarios para que el Tribunal Constitucional (TC) resuelva demandas competenciales y procesos cautelares.

El presidente de la entidad, Antonio de la Haza, aseguró que esta normativa limita el rol protector del TC y pone en riesgo la estabilidad del sistema de justicia peruano.

Según De la Haza, la propuesta, que consiguió 70 votos a favor, 38 en contra y 4 abstenciones; podría “debilitar la capacidad del TC” para actuar en casos críticos que puedan comprometer derechos fundamentales y el propio Estado de derecho.

Cabe precisar que el texto agrupa 13 proyectos de ley y plantea la modificación de los artículos VI y VIII del Título Preliminar, además de los artículos 6, 42, 101, 110, 111 y 112 de la Ley 31307.

En contra de facultades a PNP para investigaciones preliminares

Por otro lado, De la Haza también se pronunció en contra de la legislación que otorgaría a la Policía Nacional facultades para dirigir investigaciones preliminares, dictamen que se aprobó en segunda votación el miércoles, 4 de septiembre.

Según el titular de la JNJ, con esta normativa se afecta “directamente” la autonomía del Ministerio Público.

“La independencia del sistema de justicia enfrenta desafíos significativos y es importante que todos seamos conscientes de los riesgos que ciertos cambios legislativos podrían tener en el equilibrio de poderes”, dijo.

Este dictamen se admitió con 80 votos favor y 24 en contra y propone modificar 33 artículos del Código Procesal Penal, con el fin de agilizar los procesos penales.

La norma modifica el artículo 60 del CPP y precisa que “el fiscal conduce jurídicamente la investigación preliminar”, que sería llevada a cabo por la PNP, al igual que la investigación preparatoria, “de acuerdo con el principio de legalidad”.

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