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Opinión

Pier Paolo Marzo: ¿Una Constitución del Bicentenario debe garantizar el derecho a la Internet ?

Pedro Maíz Illatopa estudia en la institución educativa del centro de Chacabamba (Yarowilka, Huánuco) y quiere aprender más rápido, pues a su corta edad es consciente que prácticamente estuvo dos años sin aprender mucho. Por eso el celular que su mamá, la ciudadana Rosa Illatopa compró tras 10 meses de ahorro de 50 soles mensuales, es clave para sus ansias de saber, que sus profesoras y profesores no alcanzan a saciar.

Pero Rosa también necesita de dicho celular, pues allí puede hacer consultas sobre apoyos del Gobierno imprescindibles para reactivar su economía familiar, toda vez que la producción de su chacra aún no alcanza los niveles pre pandemia. Además, necesita estar conectada con las demás madres de familia del quinto grado, vía el grupo de Whatsapp generado por la profesora encargada de la tutoría.

Por su parte, el papá de Pedro, el ciudadano Juan Maíz, que intercala su trabajo en la chacra con el servicio de transporte de carga en un tricimóvil, necesita la Internet para trámites varios ante las distintas mesas de parte electrónicas de varias entidades, conforme la Ley 31170, Ley que dispone la Implementación de Mesas de Partes Digitales y Notificaciones Electrónicas. Así que también ha tenido que ahorrar otros 50 soles mensuales por un año para conseguirse su propio teléfono celular con servicios de Internet móvil.

Antes de comprar los chips para sus celulares tuvieron que acudir a la página de OSIPTEL en donde se indica la cobertura de Internet vía la telefonía móvil a nivel de centro poblado, a fin de saber con qué operador telefónico debían contratar sus líneas. Al acudir a https://serviciosweb.osiptel.gob.pe/CoberturaMovil/# vieron que en Chacabamba y otros centros poblados del distrito, dos operadores llegaban, aunque sólo con tecnología 3g y 3.5g.

Como lo muestran situaciones como las descritas, “es sabido que, con el pasar del tiempo, el internet se ha vuelto en un medio esencial para poder realizar diferentes actividades que son primordiales en el día a día.”[1] Pero ya desde hace décadas se sabe que hay “una relación directa entre la disponibilidad de infraestructuras de telecomunicaciones y el acceso a estas con el crecimiento económico de un país”, como lo mostró el Informe Maitland en 1984, citado por Diego Zegarra en su Introducción al Derecho de las Telecomunicaciones (PUCP, 2018). Sobre la base de esa certeza, se ha ido generando la conciencia de que la Internet debería ser un servicio universal, de interés general, y que por tanto debería llegar a todas las personas, con independencia de su ubicación y situación económica.

Mientras eso no ocurra, niños como Pedro y sus padres y madres seguirán dependiendo de la buena o mala voluntad de los gerentes y los servidores del sector telecomunicaciones, para acceder a servicios y productos vía la Internet en igualdad de condiciones con otros peruanos y peruanas. Por ende, constitucionalizar el derecho a la Internet y sus respectivas garantías de realización deberían dejar de ser una novedad política (cómo lo fue la propuesta de la candidata Verónika Mendoza en las elecciones del año 2021) y pasar a incorporarse al conjunto de contenidos indispensables en una Constitución que contenga el pacto social que los peruanos y peruanas necesitamos en este siglo.

Pier Paolo Marzo R.

 

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