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Opinión

Seis fallos de la Corte IDH respaldan el respeto a la independencia judicial

La aprobación de una investigación sumaria en contra de todos los miembros de la Junta Nacional de Justicia por parte del Congreso en Perú ha generado la preocupación de entidades internacionales, como la Organización de las Naciones Unidas (ONU). El alto comisionado para los derechos humanos, Volker Türk, pidió al Parlamento respetar la independencia de la judicatura y el equilibrio de poderes. Seis sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos respaldan la independencia del sistema de justicia.

Por Abel Cárdenas

 

PRESIÓN. El Congreso de Perú aprobó iniciar investigación sumaria contra todos los miembros de la Junta Nacional de Justicia.

PRESIÓN. El Congreso de Perú aprobó iniciar investigación sumaria contra todos los miembros de la Junta Nacional de Justicia.

La reciente aprobación en el Congreso del Perú de una moción que busca remover a todos los integrantes de la Junta Nacional de Justicia —la autoridad que nombra e investiga jueces y fiscales— ha expuesto una vez más el desequilibrio de poder en el país y los intentos del parlamento para presionar a las entidades incómodas para su agenda o intereses.

El pasado 11 de setiembre, durante la inauguración de la 54° sesión del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ONU), en Ginebra (Suiza), el alto comisionado para los derechos humanos, Volker Türk, le pidió al Congreso de la República del Perú “que se ajuste a los principios de las Naciones Unidas sobre independencia de la judicatura y respeto al equilibrio de poderes”. También se pronunció la Oficina de la ONU en Perú, así como otras organizaciones.

Estos pronunciamientos, al que se suma el de ocho embajadas en Perú —Argentina, Australia, Canadá, Estados Unidos, Finlandia, Francia, México y Reino Unido— a favor de la separación de poderes, se dan tras la apertura de una investigación sumaria contra los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por hechos que, según especialistas en derecho constitucional e internacional, no constituyen faltas graves que justifiquen su remoción. 

Ello ha generado tanta preocupación, que diversas instituciones y organizaciones de la sociedad civil realizaron una marcha para el sábado 16 de septiembre en defensa de la democracia.

La posición de Volker Türk va de la mano no solo con la Carta Democrática Interamericana, firmada en el 2001, y los Principios de la Independencia de la Judicatura, aprobados en la Asamblea de las Naciones Unidas de 1985, que el Perú se comprometió a respetar, sino también con la jurisprudencia que ya ha emitido la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en relación a casos de destitución arbitraria de magistrados en países de la región.

OjoPúblico revisó seis sentencias de la Corte IDH en Latinoamérica, emitidas entre el 2001 y 2019, que reafirman su invocación al respeto de la independencia judicial como una característica inherente de una democracia saludable.

“La Corte considera que uno de los objetivos principales que tiene la separación de los poderes públicos es la garantía de la independencia de los jueces”, dice por ejemplo en el fallo correspondiente al caso Tribunal Constitucional vs Perú, del año 2001.

Esta posición también es refrendada en las sentencias de los casos Quintana Coello y Otros vs Ecuador y Camba Campos y Otros vs Ecuador, en los que la Corte IDH se pronuncia en contra de los ceses masivos de magistrados.

En esa línea también se encuentran las sentencias de los casos Reverón Trujillo vs. Venezuela y Chocrón Chocrón vs. Venezuela, donde además se remarca la necesidad de un debido proceso y la imparcialidad del órgano a cargo de la investigación para casos seguidos contra jueces.

Asimismo, se revisó la sentencia del caso Colindres Schonenberg vs. El Salvador, donde se pronuncia a favor del principio de legalidad y la necesidad de establecer previamente las causas y el procedimiento para una destitución de un juez.

El Perú, como miembro de la Organización de Estados Americanos (OEA), está obligado a respetar las resoluciones de organismos como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Además, también es uno de los países firmantes de la Carta Democrática Interamericana, documento que defiende la separación de poderes, y que el pasado 11 de septiembre cumplió 22 años.

Independencia judicial

Los Principios de la Independencia de la Judicatura de las Naciones Unidas establecen que todas las instituciones antigubernamentales y de cualquier otra índole deben respetar y acatar la independencia judicial.

La oficina de la ONU en Perú, a través de su comunicado del 7 de septiembre, ha dejado claro que la Junta Nacional de Justicia es un órgano clave para mantener el equilibrio de poderes y para la administración de justicia en el país, pues entre sus roles incluye el nombramiento de jueces y fiscales. En ese sentido, la considera un órgano jurisdiccional.

En esa línea, la Corte IDH, en la sentencia del caso Tribunal Constitucional vs Perú, un caso emblemáticos sobre la vulneración de la independencia judicial en la región, concluyó que el respeto de ese principio supone tres aspectos: un adecuado nombramiento, la inamovilidad del cargo y una garantía contra presiones externas.

Corte IDH

GARANTÍA. La Corte IDH, en el caso Tribunal Constitucional vs Perú, respaldó la independencia judicial como garantía de un Estado democrático.
Documento: Tribunal Constitucional vs Perú

 

Para la abogada especialista en derecho internacional, Úrsula Indacochea Prevost, es importante centrarse en el aspecto de la inamovilidad en el cargo, debido a que la jurisprudencia internacional establece que los jueces deben tener una estabilidad reforzada en comparación al resto de los funcionarios públicos, a raíz de la importancia de su rol en el sistema democrático.

Esta posición es refrendada en la sentencia del caso Reverón Trujillo vs. Venezuela: “los jueces, a diferencia de los demás funcionarios públicos, cuentan con garantías reforzadas debido a la independencia necesaria del Poder Judicial, lo cual la Corte ha entendido como esencial para el ejercicio de la función judicial”.

Dichos refuerzos, según Indacochea Prevost, se dan a través de dos criterios: las causales de destitución no solo tienen que estar en la ley, sino que estas deben ser graves y, segundo, que la destitución no puede estar vinculada al contenido de sus decisiones o a la forma en cómo ellos interpretan la ley. “Estos son dos aspectos que diferencian a los operadores de justicia sobre los demás funcionarios públicos”, resalta.

 

LOS JUECES, A DIFERENCIA DE LOS DEMÁS FUNCIONARIOS PÚBLICOS, CUENTAN CON GARANTÍAS REFORZADAS”

En el caso Quintana Coello y Otros vs Ecuador, la Corte IDH resuelve que “cuando se afecta de forma arbitraria la permanencia de los jueces en su cargo, se vulnera el derecho a la independencia judicial consagrado en la Convención Americana de Derechos Humanos”.

Asimismo, en el caso Camba Campos y Otros vs Ecuador, la sentencia de la Corte IDH concluye que el retiro del cargo de un magistrado se debe dar solo en dos situaciones: “Las dimensiones de la independencia judicial se traducen en el derecho subjetivo del juez a que su separación del cargo obedezca exclusivamente a las causales permitidas, ya sea por medio de un proceso que cumpla con las garantías judiciales o porque se ha cumplido el término o período de su mandato”.

Corte IDH

APORTE. La Corte IDH, en el caso Camba Campos y Otros vs Ecuador, desarrolló el criterio de inamovilidad de los magistrados.
Documento: Camba Campos y Otros vs Ecuador

Mientras que en el caso Chocrón Chocrón vs. Venezuela, la Corte sostiene que “el objetivo de la protección de la independencia judicial busca evitar que el sistema judicial en general y sus integrantes en particular se vean sometidos a posibles restricciones indebidas en el ejercicio de su función por parte de órganos ajenos al Poder Judicial”.

Las sentencias en estos casos dejan clara la posición de la Corte con respecto a la importancia de la independencia judicial, al considerarla como uno de los componentes claves del principio de la separación de poderes que debe regir en un Estado de Derecho bajo el sistema democrático.

Debido proceso y principio de legalidad

La Convención Americana establece garantías judiciales, como el derecho a la defensa y a un tribunal imparcial, entre otras, para toda persona que esté en un proceso acusatorio. En esa línea, en el caso Tribunal Constitucional vs Perú, la Corte resolvió que estas garantías deben ser cumplidas por “cualquier órgano del Estado que ejerza funciones de carácter materialmente jurisdiccional”.

Además, en la sentencia Quintana Coello y Otros vs Ecuador, la Corte remarca la necesidad de que los tribunales que deciden la destitución de un juez “deben conducirse independientes e imparciales en el procedimiento establecido para el efecto y permitir el ejercicio del derecho de defensa”.

Justamente, con respecto a los procedimientos, la Corte IDH, en la sentencia Colindres Schonenberg vs El Salvador, “ha señalado que las personas tienen derecho a ser juzgadas con arreglo a procedimientos previos y legalmente establecidos”, lo que se conoce como principio de legalidad.

Corte IDH

LEGALIDAD. La Corte IDH sostiene que las causales y los procedimientos de destitución a un magistrado deben estar previamente establecidos en la ley.
Documento: Colindres Schonenberg vs El Salvador

 

El abogado litigante ante la Corte IDH y profesor de la Universidad Austral de Argentina, Carlos Ignacio De Casas, dice a OjoPúblico que la independencia judicial no implica una impunidad, pues sí se puede remover a jueces, siempre y cuando se respete el procedimiento establecido y las garantías del debido proceso.

“En estos casos rige el principio de legalidad, el cual indica que la causal y el procedimiento deben estar previstas en la ley o en la Constitución con carácter previo a la aplicación de la sanción. [De acuerdo a la jurisprudencia internacional] El Congreso no puede inventar o decir que algo le parece grave, sino que eso debe estar previsto en la ley. Al menos, a grandes rasgos tiene que estar especificado el procedimiento del juicio y las garantías para los que serán sometidos al proceso”, resalta el especialista.

 

EL CONGRESO NO PUEDE INVENTAR O DECIR QUE ALGO LE PARECE GRAVE, SINO QUE ESO DEBE ESTAR PREVISTO EN LA LEY”

Actualmente, en relación a la investigación contra los miembros de la JNJ existen justamente dos aspectos que aún no han quedado claro: la especificación de las causales y el procedimiento que se debe seguir.

La Constitución del Perú , en su artículo 157°, establece que “los miembros de la Junta Nacional de Justicia pueden ser removidos por causa grave mediante acuerdo del Congreso adoptado con el voto conforme de los dos tercios del número legal de miembros”. Sin embargo, no existe otro documento que establezca mayor precisión sobre lo que se considera una causa grave o que detalle el procedimiento para juzgar a la JNJ.

La abogada especialista en derecho internacional, Úrsula Indacochea Prevost, sostiene que la ley debe establecer cuáles son las causas graves y hacerlo con la mayor claridad posible.

No obstante, la abogada constitucionalista, Beatriz Ramírez Huaroto, explica que debido a que no hay esa precisión en la norma, lo que debe hacer el Congreso es valerse de los dos antecedentes para continuar con una línea de actuación, tanto en la definición de lo que se considera como causa grave y como en el proceso a seguir.

Congreso

ENCARGO. La Comisión de Justicia, a cargo de la congresista Janet Rivas Chacara, tiene 14 días para investigar el caso y emitir un informe al Pleno del Congreso.
Foto: Facebook Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Ramirez Huaroto indica a OjoPúblico que existen dos antecedentes claves en el Congreso: uno es el caso de la destitución del exconsejero del Consejo Nacional de la Magistratura, Efrain Anaya Cárdenas, en el 2010, tras ser acusado de cobrar coimas a un postulante a fiscal supremo en medio del concurso público.

Y el otro caso al que se refiere la constitucionalista es el proceso de destitución contra los siete exconsejeros del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), en el 2018 y tras la difusión de los audios relacionados al caso Cuellos Blancos.

 

LAS CAUSALES CONTRA LOS MIEMBROS DE LA JNJ ESTÁN LEJOS DE ASEMEJARSE A LOS CASOS ANTERIORES (CONSEJEROS CNM)”

En el primer caso, indica Ramírez Huaroto, el Congreso, debido a una falta de procedimiento estipulado en la ley, determinó que el caso se investigara en la Comisión de Justicia, al cual se le encargó velar por las garantías del debido proceso, y finalmente emitir un informe, que fue aprobado en el Pleno. Lo mismo sucedió con el caso de los magistrados vinculados a Los Cuellos Blancos.

No obstante, para la especialista en derecho constitucional, la diferencia entre los casos precedentes y el de la Junta Nacional de Justicia es que el Congreso está iniciando un proceso de destitución argumentando una supuesta causa grave, que está lejos de asemejarse a los casos anteriores y por las que había consenso general de que era válida una remoción por el nivel de indicios y pruebas sobre los hechos denunciados.

La Corte IDH, en el caso Quintana Coello y Otros vs Ecuador, indica que “el derecho internacional de los derechos humanos admite que los jueces sean destituidos por conductas claramente reprochables”.

Ceses masivos

La Corte IDH también se ha pronunciado, a través de sentencias, sobre el grave daño que provocan las destituciones masivas de magistrados dentro de un régimen democrático.

En los casos Quintana Coello y Otros vs Ecuador y Camba Campos y Otros vs Ecuador, la Corte ha resuelto que los Estados deben garantizar la independencia judicial en su faceta institucional, es decir a los órganos jurisdiccionales como estructura, pues la destitución masiva corresponde a una amenaza mayor al Estado de Derecho. “La independencia judicial colectiva tiende a proteger a la judicatura en su conjunto frente al resto de los poderes del Estado”.

CAUSA. La congresista Patricia Chirinos, promotora de la investigación contra la JNJ, sostiene que este comunicado revela imparcialidad y es motivo de remoción.
Documento: Twitter de la Junta Nacional de Justicia

El especialista en derecho internacional, Carlos Ignacio De Casas, resalta que la Corte ha establecido, especialmente en los casos ecuatorianos, que es inaceptable un cese masivo y arbitrario de jueces, debido a que una acción como esa genera un impacto negativo en la independencia judicial en su faceta institucional.

“Los ceses masivos son más graves aún y afectan de manera directa la independencia del órgano jurisdiccional. (…) Remover a un juez es un problema, pero remover a todos es una afectación a todo el poder completo”, señala.

Una posición similar a la que tiene la abogada especialista en derecho internacional, Úrsula Indacochea Prevost. “El tema aquí es que la responsabilidad administrativa, disciplinario o hasta política es individual, si tú ya remueves masivamente a todos los miembros de la Junta estás haciendo un ataque institucional”, advierte.

Cuestionados

El pasado 7 de setiembre, el Pleno del Congreso decidió encargar la investigación sumaria a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, la cual está conformada por parlamentarios con serios cuestionamientos.

La presidenta de este grupo de trabajo, la congresista de Perú Libre, Janet Rivas, ha sido criticada por haber votado en abstención en los procesos de suspensión e inhabilitación en el caso del excongresista Freddy Díaz, acusado de haber abusado sexualmente a una trabajadora de su despacho en las instalaciones del Parlamento.

Dicha comisión también la integran las congresistas María Acuña Peralta (APP), Heidy Juárez (Podemos Perú) y Rosío Torres (APP), denunciadas por presuntamente haber recortado el sueldo a sus trabajadores. Además, también está el congresista Elvis Vergara (AP), involucrado en el caso de Los Niños.

Pleno

SUMARIA. El pasado 7 de setiembre, el Pleno del Congreso aprobó encargar la investigación sumaria contra los miembros de la JNJ a la Comisión de Justicia.
Foto: Andina

El pasado martes 12 de septiembre, la Comisión de Justicia sesionó por primera vez y de manera extraordinaria. Ese día, se aprobó el plan de trabajo que plantea la convocatoria de todos los miembros de la Junta Nacional de Justicia, algunos testigos y especialistas en derecho constitucional y penal.

La segunda sesión se fijó para el viernes 15 de setiembre y se esperaba recibir a cuatro de los siete miembros de la JNJ y a la congresista Patricia Chirinos (Avanza País), promotora de la investigación sumaria contra los magistrados. No obstante, un día antes, se conoció que la presidenta de la comisión suspendió la sesión argumentando “motivos de fuerza mayor”.

En entrevista a RPP Noticias, Janet Rivas indicó que la próxima sesión de la comisión será el jueves 21 de setiembre, fecha en la que recibirán a todos los miembros de la Junta Nacional de Justicia. Asimismo, la congresista indicó que el grupo de trabajo está considerando solicitar al Pleno la extensión del plazo de investigación debido a que será complicado que culminen con lo encomendado en 14 días hábiles.

 

Investigación de la fiscal de la Nación contra la JNJ escala contra el equilibrio de poderes

En menos de una semana, la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, y la congresista Patricia Chirinos coincidieron en una actuación sincronizada: denunciar a los miembros de la Junta Nacional de Justicia. Ambas lo hicieron por una presunta presión de los magistrados para pronunciarse por el caso de la fiscal suprema Zoraida Ávalos, pese a que el pleno de este tribunal rechazó previamente estos supuestos, que venían de trascendidos en medios de comunicación. Especialistas consultados por este medio mostraron su preocupación por esta afinidad en las acciones de una congresista y la máxima autoridad del Ministerio Público en medio del debilitamiento institucional que atraviesa el país.

 

RIESGOS. La fiscal de la Nación Patricia Benavides investiga a los magistrados de la JNJ: Imelda Tumialán, María Zavala y Antonio de la Haza.

RIESGOS. La fiscal de la Nación Patricia Benavides investiga a los magistrados de la JNJ: Imelda Tumialán, María Zavala y Antonio de la Haza.

Tres meses después de haberse conocido la última investigación de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) contra la fiscal de la Nación, Patricia Benavides Vargas, por las llamadas identificadas con personajes investigados por el caso Los Cuellos Blancos, ella ha respondido con una acción similar: la titular del Ministerio Público abrió investigación preliminar contra tres de los siete magistrados que conforman ese tribunal que la investiga.

Los miembros de la JNJ a los que buscan implicar son Imelda Tumialán, Humberto de la Haza y María Zavala. La denuncia de Benavides Vargas argumenta que estos magistrados incurrieron en el delito de patrocinio ilegal, al presuntamente haber presionado al presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, para emitir un pronunciamiento sobre la inhabilitación de la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos.

Esta denuncia se presenta, cuando Benavides Vargas tiene al menos tres investigaciones abiertas, hasta la fecha, por la JNJ por irregularidades en sus funciones, que se siguen de manera reservada. Una de las más polémicas fue la que estuvo motivada por los cambios que hizo en el equipo especial Los Cuellos Blancos, las llamadas que registra un reporte con el empresario Antonio Camayo y la remoción de la fiscal Bersabeth Revilla, que investigaba a su hermana, Emma Benavides.

Debido a ello, la reciente acción de la fiscal de la Nación genera preocupación respecto al equilibrio de poderes que debe mantenerse en un Estado de derecho, destacan especialistas entrevistados por OjoPúblico.

Para el exprocurador Antonio Maldonado, esto refleja un progresivo deterioro de las instituciones del Estado, así como su debilitamiento y “sometimiento a una agenda política”, cuando lo que debería mantenerse es la independencia y el equilibrio de poderes.

“La consecuencia de lo que está haciendo la fiscal de la Nación es muy grave, porque está dañando la institucionalidad del Ministerio Público, su imparcialidad y sus funciones legítimas por medio de someterse a maniobras que muestra el Congreso”, manifestó.

La denuncia de Benavides Vargas coincide con la que recientemente presentó en el mismo sentido la congresista de la República Patricia Chirinos (Avanza País), quien además, a lo largo de este año, ha presentado otras dos contra los miembros de la JNJ. Además, los legisladores Jorge Montoya (Renovación Popular) y Vivian Olivos (Fuerza Popular) también los han denunciado.

Chirinos

ACUSADORA. La congresista Patricia Chirinos, de Avanza País, ha presentado tres denuncias constitucionales contra los miembros de la Junta Nacional de Justicia.
Foto: Andina

De acuerdo a los especialistas, esto evidenciaría una vez más la intención del Congreso por copar las instituciones del Estado, una actitud que viene mostrando desde el inicio del periodo 2021-2026 a través de la aprobación de diferentes normas que responden a sus intereses como, por ejemplo, la reforma de la Sunedu y la elección de autoridades.

Pero ahora sería la titular del Ministerio Público quien se encaminaría en la misma ruta. “La Fiscalía de la Nación parece actuar políticamente con relación a esta convergencia de intereses. Es preocupante”, señaló Samuel Rotta, director ejecutivo de Proética.

Las investigaciones contra Benavides

En marzo de este año, se conoció que la JNJ investigaba a Benavides por la reestructuración de fiscales que hizo a pocos días de haber asumido el cargo, en julio del 2022.

Entre algunos de los cambios, Benavides Vargas cesó de sus funciones al fiscal Pablo Sánchez, coordinador del caso Los Cuellos Blancos, en el que se investiga a una de las más grandes redes criminales dentro del propio sistema de justicia peruano. Otro de los fiscales removidos fue Frank Almanza, quien lideraba la investigación contra la familia Sánchez Paredes.

Pero uno de los cambios más polémicos fue el que realizó en la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos. Benavides Vargas dio por concluida la designación de la fiscal Bersabeth Revilla.

Esta decisión generó controversia porque la fiscal removida venía investigando a la jueza Emma Benavides, hermana de la fiscal de la Nación, por su presunta vinculación en un caso de narcotráfico. Esta disposición se dio pese a que durante la entrevista para el proceso de selección de fiscales, Benavides Vargas había negado cualquier injerencia a futuro en el proceso.

“Hay una investigación que se viene llevando al colegiado, el cual integra mi hermana. Esa investigación la lleva a cabo una fiscalía suprema en la cual no tengo ninguna injerencia”, indicó en aquella ocasión ante los miembros de la Junta Nacional de Justicia.

Tras su decisión, la fiscal de la Nación alegó que realizó el cambio por la “baja producción” de Revilla en el cargo que desempeñaba. Su hermana, la jueza Emma Benavides, también se pronunció en una entrevista, para deslindar de cualquier acto irregular: “Estamos en una etapa preparatoria y los fiscales no van a tener ni una sola decisión en el caso, la decisión la va a tomar el juez”, comentó.

La fiscal Bersabeth Revilla es una magistrada con más de 40 años de servicio. En el 2003, había asumido como fiscal suprema provisional y estaba a cargo de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos. En 2019, fue quien solicitó la suspensión del exfiscal de la Nación Pedro Chávarry por “conductas obstruccionistas” cuando era titular del Ministerio Público. Además, investigó al exprocurador del caso Odebrecht, Jorge Ramírez.

Fiscal

FISCAL.. La doctora Bersabeth Revilla Corrales suma una experiencia de 40 años. Su despacho investigaba a la jueza Emma Benavides, hermana de la fiscal de la Nación.
Foto: Andina

Tras conocer que fue cambiada de despacho por decisión de Benavides Vargas, la fiscal Revilla renunció al Ministerio Público.

Además de este caso, la JNJ también investiga a Benavides Vargas por la condecoración que recibió de parte del alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, el 8 de marzo, fecha en la que se conmemora el Día de la Mujer. La fiscal recibió la Medalla de Lima durante la ceremonia.

El acto irregular se habría cometido debido a que el burgomaestre de Lima tiene una investigación en curso en el Ministerio Público por lavado de activos. La Ley de la Carrera Fiscal prohíbe a los fiscales —o a sus parientes cercanos— recibir “donaciones, obsequios, atenciones, agasajos o sucesión testamentaria” de parte de litigantes o sus abogados.

La tercera de las investigaciones que sigue la JNJ es por las tesis no encontradas de la fiscal de la Nación. Según las indagaciones, hasta la fecha no se han hallado los registros de los títulos académicos de maestría y doctorado que habría obtenido de la Universidad Alas Peruanas.

Al respecto, dicha institución académica emitió un comunicado informando que no contaban con los trabajos académicos en su repositorio debido a que fueron sustentados en el 2008 y 2009, cuando no existía la obligatoriedad de mantenerlas en el archivo.

Un camino ya trazado

La denuncia de la fiscal de la Nación contra la miembros de la JNJ no es la primera. En lo que va de este período parlamentario, Patricia Chirinos, Jorge Montoya y Vivian Olivos también han denunciado a los magistrados.

Chirinos suma tres denuncias presentadas contra los magistrados. Incluso, en esta última semana, hizo llegar dos documentos diferentes a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para investigar a los miembros de la JNJ, sobre los que se ha pronunciado en contra en diferentes ocasiones.

En mayo, presentó la primera denuncia contra todos los integrantes de este organismo por presuntos delitos de patrocinio ilegal y aprovechamiento indebido del cargo, tras el pronunciamiento de la JNJ en el que pidió al Congreso “mayor reflexión” sobre la acusación constitucional contra la fiscal suprema Zoraida Ávalos.

Este mes, presentó la segunda denuncia, enmarcada en el mismo sentido de la que ahora es impulsada por la fiscal de la Nación: la supuesta presión a la Corte Suprema para emitir un pronunciamiento sobre la fiscal suprema Zoraida Ávalos. Este caso surgió a raíz de un trascendido en los medios de comunicación Willax TV y Expreso. La congresista alega la comisión de los presuntos delitos de patrocinio ilegal, abuso de autoridad, tráfico de influencias y aprovechamiento indebido del cargo.

LA SEGUNDA DENUNCIA DE LA CONGRESISTA PATRICIA CHIRINOS CONTRA LA JNJ SURGIÓ DE UN TRASCENDIDO EN WILLAX Y EXPRESO”.

La tercera denuncia fue divulgada por la misma parlamentaria a través de sus redes sociales el último 13 de julio. “La JNJ debe presentar ante el Pleno del Congreso un informe anual de su gestión (…) Sin embargo, desde su creación en el 2018 (…) solo han presentado un informe”, escribió.

Por su parte, el congresista Jorge Montoya presentó en mayo una denuncia constitucional contra todos los integrantes de la JNJ. El motivo recaía en la permanencia en funciones de la magistrada Inés Tello pese a superar el límite de edad que se acostumbra, de 75 años.

Previo a ello, en abril, la legisladora Vivian Olivos también denunció constitucionalmente a los magistrados por las investigaciones seguidas contra la fiscal de la Nación Patricia Benavides Vargas. Según sustentó en su oficio, los miembros de la JNJ habrían incurrido en “abuso de autoridad”, pese a que la norma los faculta a investigar a fiscales.

Aliaga

IRREGULAR. Los fiscales no pueden recibir donaciones, obsequios u otros de litigantes o sus abogados, y el alcalde de Lima es investigado por lavado de activos.
Foto: Andina

Para el exprocurador Antonio Maldonado, la denuncia ahora presentada por la titular del Ministerio Público se alinea a estos intereses carentes de fundamento y responden a una narrativa de “corrientes conspirativas” que hasta la fecha no han resultado veraces.

“El Ministerio Público queda instrumentalizado, reducido y su función queda tergiversada y distorsionada al papel de un actor político, cuando lo que debería hacer, como titular de la acción penal pública, es mantener su imparcialidad en tiempos de convulsión política”, aseveró.

Desequilibrio de poderes

Los especialistas entrevistados alertaron sobre la actuación de la fiscal de la Nación, debido a que pone en riesgo el equilibrio de poderes y, con ello, acrecienta el debilitamiento de la democracia.

El exprocurador Luis Vargas Valdivia manifestó que, si bien la denuncia está dentro del marco constitucional, carece de mayor sustento, y lo que tienes es una intención “de la mala fe”.

“El patrocinio ilegal se da dentro de un procedimiento o contrato. Si esto existiera, sería abuso de autoridad, pero esto es fácilmente de investigar (…) A mí me parece que la denuncia es absolutamente inverosímil”, aseveró.

Además, señaló que teniendo en consideración que la JNJ ya ha emitido un pronunciamiento en el que rechaza los actos que ahora la fiscal de la Nación imputa a tres de sus magistrados, la denuncia amerita que sea archivada en el corto plazo.

NO SOLO ES EL CONGRESO, ES UNA SERIE DE ACTORES QUE AHORA HAN ENCONTRADO LA POSIBILIDAD DE LOGRAR SUS FINES”.

“Ninguno de los miembros del Pleno de la JNJ ha sostenido conversación con el presidente del Poder Judicial o ha ejercido presión para promover una posición favorable a la exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos”, se lee en el comunicado del órgano judicial.

Para Samuel Rotta, de Proética, si bien en los últimos meses, el Congreso a través de sus acciones ha mostrado un posible intento de “captura de entidades públicas”, actualmente ese objetivo está recibiendo respaldo de otros poderes del Estado.

“Decir que hay solo un actor, que es solo el Congreso, sería un error. Es una serie de intereses de actores que han encontrado en este momento la posibilidad de llevar adelante sus fines”, expresó.

En el mismo sentido, la Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH) emitió un pronunciamiento esta semana para advertir sobre la crisis institucional que atraviesa el Perú en contra del Estado de derecho.

Como parte de sus recomendaciones, instaron al país a “garantizar la autonomía e independencia de todos los poderes del Estado Peruano, en particular de los organismos del poder electoral y la administración de justicia”.

¿Por qué la JNJ está en la mira?

El exprocurador Antonio Maldonado comenta que este intento por tomar y controlar las instituciones del Estado es parte de una estrategia mayor de los congresistas para mantener su poder. Una muestra de ello es, entre otras, la propuesta de reforma constitucional para poder sancionar a los jefes del sistema electoral y, eventualmente, retirarlos del cargo.

“Hay una estrategia articulada en varios frentes dirigidos a bloquear cualquier intento de no permanencia en el poder, por medio, entre otras cosas, de capturar todo lo que puedan, empezando con la Junta Nacional de Justicia, el Jurado Nacional de Elecciones. Y ahora a eso se está prestando el Ministerio Público”, señaló.

DINA BOLUARTE VIENE SIENDO PARADÓJICAMENTE MÁS DÉBIL QUE PEDRO CASTILLO FRENTE AL CONGRESO”.

 

Fuente: Ojo Público

 

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