Mediante un oficio, el jefe de gabinete mencionó que una cuestión de confianza “procede una vez que esta haya sido presentada y sustentada” ante la representación nacional.

“En aras del respeto al Estado Constitucional de Derecho, la institucionalidad democrática y separación de poderes, cualquier decisión respecto a una cuestión de confianza solo procede una vez que esta haya sido presentada y sustentada ante el Pleno del Congreso, conforme al artículo 133° de la Constitución y el artículo 86°, inciso c) del reglamento del Congreso”, se lee en oficio enviado a Williams Zapata.

Cuestión de confianza

Cuestión de confianza© Proporcionado por La República

Cuestión de confianza

Como se informó, el último miércoles el titular de la Mesa Directiva le respondió a Torres Vásquez tras plantear una cuestión de confianza para que se derogue la Ley 31355, que limita la figura de la cuestión de confianza que fue validada por el Tribunal Constitucional.

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