El INPE confirmó su deceso en las instalaciones del Hospital Militar Central, donde se encontraba internado. Salazar Monroe fue sentenciado junto a Vladimiro Montesino y Alberto Fujimori por autor mediato de crímenes de lesa humanidad
El exgeneral Julio Salazar Monroe, quien cumplía una condena de 25 años por su implicación en los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta, falleció este miércoles 8 de mayo en las instalaciones del Hospital Militar Central.
El Instituto Nacional Penitenciario de Perú (INPE) confirmó el deceso del exjefe del Servicio de Inteligencia Nacional de Perú, quien se encontraba en prisión, en el centro penitenciario del Callao.
Salazar Monroe estaba internado desde el 12 de julio de 2023 para recibir terapia de rehabilitación y control oncológico, pasando por una intervención quirúrgica el 29 de agosto debido a complicaciones de salud. Durante su hospitalización, estuvo vigilado por personal del Grupo de Operaciones Especiales (GOES) de INPE.
La condena de Salazar incluía a otras figuras prominentes como el expresidente Alberto Fujimori, su exasesor Vladimiro Montesinos, el exgeneral Nicolás Hermoza Ríos, y los miembros del grupo Colina, entre ellos el mayor Santiago Martín Rivas.
El grupo Colina, bajo el liderazgo de los convictos, fue responsable de la masacre de 15 individuos en Barrios Altos, erróneamente identificados como miembros del Sendero Luminoso, incluyendo un menor de 8 años, y de otras cuatro personas heridas. Además, Salazar Monroe fue hallado culpable de participar en la desaparición forzada y homicidio calificado de nueve estudiantes y un profesor de la Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle-La Cantuta.
Condena histórica contra Salazar Monroe en 2008
En Perú, un tribunal condenó al general retirado Julio Salazar Monroe, exlíder del Servicio de Inteligencia Nacional durante la presidencia de Alberto Fujimori, a 35 años de cárcel, por su responsabilidad en el asesinato de nueve estudiantes y un profesor de la Universidad La Cantuta en 1992.
La resolución, emitida por la primera sala penal especial anticorrupción, presidida por la jueza Inés Villa Bonilla, no solo incrementa la presión legal sobre el expresidente Fujimori, actualmente en juicio por el mismo caso, sino que además confirma la operatividad del llamado escuadrón de la muerte Grupo Colina, atestiguando que actuaron bajo el consentimiento de altos mandos militares. Esto último refuerza la acusación en contra de Fujimori, indicando que estas atrocidades formaban parte de una política de estado bajo su liderazgo.
Este fallo tiene un carácter histórico para los familiares de las víctimas, como manifestó Raida Cóndor, madre de uno de los estudiantes asesinados, quien expresó su alivio por el reconocimiento de justicia tras 16 años de espera. A la sentencia de Salazar Monroe se suma la condena de otros tres militares a 15 años de prisión, mientras que un grupo de implicados fue declarado inocente.
Vale mencionar que el Grupo Colina ha sido objeto de diversas investigaciones y procesos judiciales anteriormente, resultando en condenas para varios de sus miembros, quienes recibieron penas de entre seis y 16 años de cárcel. Algunos de ellos se beneficiaron de leyes de colaboración eficaz para obtener sentencias más leves.
Exgeneral del SIN buscaba obstruir proceso de justicia
A Salazar Monroe, el Poder Judicial le impuso una sentencia que inició en el año 2002 e iba a concluir en el 24 de abril de 2027. Durante el proceso judicial, Salazar Monroe fue acusado de fingir enfermedades para evitar comparecer a las audiencias, lo que fue denunciado por Carlos Rivera, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL).
Se alegó que presentó certificados médicos falsificados del Hospital Militar en un intento por obstruir el proceso legal en su contra. Además de esta condena, Salazar Monroe enfrenta otra pena de 25 años por su implicación en los crímenes de Barrios Altos, El Santa y Pedro Yauri, extendiéndose este periodo de condena desde el año 2008 hasta el 2033. Habiendo cumplido ya un tercio de esta última sentencia, técnicamente califica para la liberación condicional por razones de edad.
Fuente: Infobae