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Defensoría del Pueblo: “No existen armas no letales sino menos letales, y deben ser usadas previa capacitación”

Percy Castillorepresentante de la Defensoría, indicó que los municipios deben optar por una acción articulada con la Policía ya que la función del Serenazgo “no es combatir directamente el delito”.

El pasado 29 de marzo, el Pleno del Congreso aprobó el dictamen que autoriza el uso de armas no letales a los miembros del Serenazgo.

Con 78 votos a favor, doce en contra y siete abstenciones, se aprobó dotar de grilletes de seguridad, bastón tonfa, aerosoles de pimienta y chalecos antibalas a los serenos para el cumplimiento de sus funciones.

Ante ello, ayer, Percy Castillo, adjunto para los Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo, consideró que el término “armas no letales” no es preciso para calificar a estos dispositivos.

“No existen armas no letales y eso la Defensoría del Pueblo ya lo ha señalado. Existen armas menos letales, que es el término correcto. La Defensoría ha sido muy clara: el uso de todo instrumento que pueda causar daño necesita una preparación y capacitación intensiva”, indicó en La Rotativa del Aire.

Debe existir certificación

Castillo Torres indicó que la capacitación en el uso de estas armas es esencial para darle seguridad a la ciudadanía respecto a los criterios de uso de esos implementos.

“No se puede poner una herramienta en manos de un sereno que no ha recibido la capacitación respectiva porque estos instrumentos pueden causar daño personal o hasta costarle la vida al propio sereno y poner en peligro a la sociedad”, resaltó.

“Lo que decimos nosotros es que se debe fortalecer los cuerpos de Serenazgo a nivel nacional, lo que implica capacitar exhaustivamente y con un alto nivel de profesionalismo a todos sus miembros antes de poner en sus manos herramientas de esta naturaleza”, agregó.

En ese sentido, indicó que debe implementarse un mecanismo que certifique la capacitación profesional en el uso de estas armas no letales para el personal de Serenazgo.

“Esta capacitación (debe tener) medios de ser certificada. En el Perú existen más de 100 municipios que tienen servicio de Serenazgo. No sería admisible que pongan en manos de sus serenos estas herramientas sin que exista un medio para verificar qué tipo de capacitación han recibido, quién los capacitó, cuánto tiempo, en qué fueron capacitados. Eso necesita establecerse”, señaló.

Trabajo articulado

Asimismo, indicó que la función del Serenazgo “no es combatir directamente el delito”, sino que esta es tarea de la Policía, por lo que, según dijo, los municipios deben optar por el trabajo articulado.

“La Defensoría siempre ha señalado que la inseguridad ciudadana es un aspecto que debe ser combatido con articulación. En este caso, los municipios deben trabajar de la mano con la PNP para establecer planes de acción inmediata frente a la criminalidad en sus respectivos distritos”, sostuvo.

“Aquí es valioso el trabajo de los serenos, cuya función principal es apoyar a la Policía, no es combatir directamente el delito porque pone en riesgo su vida e integridad”, añadió.

En ese sentido, resaltó que en esa articulación también es importante la labor de los vecinos.

“El trabajo debe ser coordinado con la Policía y con la propia ciudadanía. Los vecinos son quienes conocen las zonas más peligrosas de donde viven y son quienes aportan la información más valiosa a la Policía y al propio municipio para establecer las zonas que se deben patrullar, qué aspectos generan inseguridad”, puntualizó.

Fuente: RPP

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