El gobierno declaró este sábado 8 de julio la emergencia sanitaria a nivel nacional por el incremento inusual de casos de Síndrome de Guillain-Barré. La medida tendrá una vigencia de 90 días calendario y serán el Ministerio de Salud (Minsa) y el Instituto Nacional de Salud (INS) los encargados de realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el Plan de Acción elaborado.
La medida refiere que el Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades ha reportado durante 2023, hasta el 23 de junio, 103 casos de dicho síndrome, y que el promedio de casos mensual fue menor a 20 casos por mes a nivel nacional (menor a lo registrado en años previos al brote de 2019).
Como informamos, al momento hay cuatro fallecidos, 2 de Lima, 1 de La Libertad y 1 de Cajamarca. Además, hay 167 casos confirmados. Y según el Ministerio de Salud, hay 10 nuevos casos semanales en promedio, en el último mes.
En Lima se tienen 37 casos. Le sigue La Libertad (29), Lambayeque (16), Cajamarca (15), Piura (14), Junín (8), Cusco (7), Callao (5) y Tumbes (4). Todos ellos decesos, según el Minsa, se registraron entre enero y mayo de este año.
¿Qué determina la declaratoria de emergencia sanitaria?
De acuerdo al decreto supremo emitido, hay una relación de bienes y servicios que se requiere contratar para enfrentar la emergencia sanitaria. “Las contrataciones que se realicen al amparo de la presente norma deben destinarse exclusivamente para los fines que establece la misma, bajo responsabilidad”, dice el documento.
Los saldos de los recursos resultantes de estas contrataciones pueden ser utilizados dentro del plazo de declaratoria de emergencia, para contratar los bienes y servicios del mismo listado, siempre y cuando no se hayan podido completar las cantidades requeridas.
Asimismo, se determina que concluida la declaratoria de emergencia sanitaria, las entidades intervinientes establecidas deben informar sobre las actividades y recursos ejecutados en el marco del Plan de Acción “Emergencia Sanitaria por Incremento Inusual de Casos de Síndrome de Guillain-Barré a nivel nacional”.
También tendrán que dar cuenta de los resultados alcanzados, en el marco de lo dispuesto y que dicta las medidas. Estas están destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones.
El presente Decreto Supremo está publicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe). Y también en la sede digital del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa).