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San Isidro: Prohíben tomarle fotos a la alcaldesa Nancy Vizurraga y altos funcionarios del municipio

La orden está dirigida al personal del serenazgo del municipio tras revelarse que la burgomaestre utilizaba vehículos de la comuna edil para fines personales.

Luego de revelarse que la alcaldesa de San IsidroNancy Vizurraga, utilizaba vehículos de la comuna edil para fines personales, como acudir a una peluquería, desde el municipio adoptaron una medida restrictiva y de censura en contra de las fotografías a la burgomaestre y otros altos funcionarios.

“A raíz de eso es que se ha creado este comunicado, no entiendo el porqué, ni tampoco qué es lo que uno tiene temor de que salga publicado”, dijo María Puig Salaverry, regidora del mencionado municipio

Según se conoció mediante un memorándum emitido por el jefe de Operaciones de Serenazgo, John Mesa, el pasado 1 de agosto, y dirigido a los jefes de sectores, se ordena que “el personal operativo” tiene “terminantemente prohibido” realizar tomas fotográficas a la alcaldesa Vizurraga y funcionarios públicos de la Municipalidad de San Isidro. “Al incumplimiento de lo dispuesto se establecerá la responsabilidad correspondiente”, cierra la misiva.

De acuerdo a Julio Silva, abogado experto en derecho municipal, esta medida además de ilegal, sería “abiertamente discriminatoria” “solo prohíbe que el personal de serenazgo grabe a la alcaldesa y otros funcionarios, pero no a otros servidores, trabajadores o colaboradores”.

Asimismo, según expuso un reportaje de Al Estilo Juliana, la orden impediría que los serenos fotografíen a altos mandos del municipio mientras cometen delitos comunes y de corrupción.

“Si se trata de dar cuenta mediante una fotografía o un vídeo de algún presunto uso irregular, es parte de la libre decisión del personal del serenazgo de poder realizar este tipo de acciones”, explicó Silva al referido medio.

Nueva orden

Ante el revuelo que generó la orden entre el personal de serenazgo y la opinión pública, el 2 de agosto se emitió un nuevo memorándum, en el cual se deja sin efecto la primera disposición, pero se vuelve a consignar las mismas prohibiciones.

“Reiterar que el personal a su cargo cumpla con sus funciones expresas, evitando acciones distintas al desarrollo de su función laboral”, dice el memorando N° 000562-2023 -14.00-GSCTGRD/MSI.

“Reconvenir al personal a su cargo al especial cuidado de formular documentación que contemple disposiciones enmarcadas exclusivamente en la política de gestión y en la normatividad vigente”, continúa el texto que lleva la firma de Gastón Rodríguez, exministro del Interior del expresidente Manuel Merino y actual gerente de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Gestión de Riesgos de la mencionada comunica edil.

De esta manera, se está buscando “reconducir o limitar la actuación que pudiera tener en concreto el personal de serenazgo de la Municipalidad de San Isidro”, según aseveró el abogado Julio Silva.

“Si estás actuando bien, no tendrías que tener ningún temor de ser fotografiada, o qué estás haciendo”, cuestionó la regidora Puig Salaverry.

Gastón Rodríguez, exministro del Interior.Gastón Rodríguez, exministro del Interior.

En la mira de la Contraloría

A través de un informe de Orientación de Oficio, la Contraloría General de la República advirtió sobre una situación “que no garantiza el reclutamiento de personal idóneo, basado en mérito y capacidad, poniendo en riesgo la calidad del servicio de serenazgo”.

La entidad descubrió que, entre noviembre de 2022 y junio de 2023, se realizaron 183 contratos por locación de servicios, como inspectores de servicio operativo, choferes, personal en bicicleta, motorizados, agentes del serenazgo especializados en guía canina, entre otros.

El mencionado informe precisa que estos contratos incumplen la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal y su reglamento, que disponen que estos procesos se realicen por concursos públicos de méritos.

“Respecto a la contratación de personal por la modalidad de locadores de servicios para la subgerencia de Serenazgo, se ha identificado una situación adversa que amerita la adopción de acciones para asegurar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los objetivos de la Ley N° 31297 ‘Ley del Servicio de Serenazgo Municipal’”, dicha el referido texto.

Fuente: Infobae

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