En una columna anterior en este medio indiqué que “el 6 de marzo se modificaron sin mayor debate 52 de los 206 artículos de la Constitución, para injertar un Senado … de composición híbrida”. Allí describí las dos fuentes de los futuros (si no se detiene a los actuales congresistas antes) integrantes de ese nuevo órgano del Congreso. Y expliqué brevemente por qué las dos maneras de elección benefician a las mafias que han infestado la política peruana, a nivel regional y nacional, mientras no exista un cambio sustancial en el financiamiento de las campañas y en la publicidad electoral: De un lado, se amplían las oportunidades de las mafias regionales de aumentar su representación política al otorgar un senador o senadora a cada departamento. “De otro lado se le da a quiénes puedan hacer una campaña en todo el territorio una ventaja para ser elegidos en el distrito electoral nacional. Esto sesga la elección en favor de las organizaciones o candidaturas más adineradas … las acusadas de lavar activos de origen delincuencial”.
En suma, tanto el distrito electoral nacional como la fórmula de 1 por departamento, en un contexto de “desbalance en el poder del sector privado con relación a otros sectores de la sociedad”[1] y de partidos políticos precarios[2], “acrecentará el ya desmesurado poder de las economías ilícitas y sus organizaciones criminales nacionales o regionales, que han infiltrado la representación política peruana.”
Esto será solo el comienzo. El nuevo Senado tendrá 60 integrantes, con poderes legislativos, de revisión de lo aprobado en la Cámara de Diputados, de ser el juzgador de todos los altos funcionarios en las acusaciones constitucionales de la Cámara de Diputados y de nombrar y remover altos funcionarios, reemplazando al Congreso actual: Con dos tercios de votos deberá elegir al defensor o defensora del pueblo y a los magistrados o magistradas del Tribunal Constitucional, así como ratificar al superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Y con mayoría absoluta ratificar la designación del presidente del Banco Central de Reserva (BCR) y removerlo por falta grave.
En la práctica esto supone 40 votos para ciertas designaciones o destituciones y 31 para las ratificaciones. Con lo que será más fácil conseguir los votos (hoy se requieren conseguir 86, 67 o 61, según las diferentes situaciones) o, como ha ocurrido, traficar con ellos. Es decir, el injerto sin debate de este órgano, no sólo desconoce la voluntad popular y altera la representación política de la ciudadanía, sino que lo hace facilitando la acción de las organizaciones criminales que han penetrado la política peruana, así como las malas prácticas o delitos vistos en los años recientes respecto de la forma en que se consiguen votos para decisiones clave.
Mientras más tiempo transcurra, más difícil será corregir esta situación. Por ende, urge impulsar elecciones generales y la generación de una Constitución del Bicentenario que contenga un orden razonable para la vida peruana en el futuro próximo.
[1] El poder económico en Perú: John Crabtree expone brechas significativas | sistema económico peruano | grupos económicos de poder Perú | estado peruano | comercio peruano | Política | La República (larepublica.pe)
Como dice Jairo Cieza al comentar un reportaje sobre locales partidarios, “los partidos inscritos (25) son esencialmente apariencia, espejismo, para blindar de legalidad lo que son: coberturas formales sin actividad partidaria que implique deliberación, democracia interna, propuestas para el país o discusión programática.” Partidos políticos se inscriben con sedes precarias | JNE , Registro de Organizaciones Políticas , Elecciones | Política | La República (larepublica.pe)