Julio Cisneros
El juez Raúl Justiniano declaró fundada la solicitud que hizo la Procuraduría Ad Hoc para los casos Odebrecht y Lava Jato a fin de que se ordene la ejecución de esta medida cautelar parcial por la suma de 4 375 soles de la pensión vitalicia que percibe Kuczynski.
El Poder Judicial ordenó el embargo en forma de retención de una parte de la pensión vitalicia mensual, ascendente a15 600 soles, que viene percibiendo Pedro Pablo Kuczynski (PPK) en su condición de expresidente de la República, como parte de la investigación preparatoria que se le sigue por el caso del Proyecto Eje Multimodal del Amazonas Norte (carretera IIRSA Norte), vinculado a la multinacional Odebrecht.
El juez Raúl Justiniano declaró fundada la solicitud que hizo la Procuraduría Ad Hoc para los casos Odebrecht y Lava Jato a fin de que se ordene la ejecución de esta medida cautelar parcial respecto a la suma de 4 375 soles de la pensión vitalicia que percibe Kuczynski Godard.
El magistrado también determinó que, debido a que, en julio y diciembre, el investigado recibe gratificación por la mencionada pensión, esos meses el embargo en forma de retención deberá ascender a la suma de 8 750 soles.
Justiniano Romero adoptó esta medida a fin de garantizar el pago de la reparación civil que pretende la Procuraduría AD HOC para los casos Odebrecht y Lava Jato a favor del Estado peruano respecto a este caso, cuya propuesta provisional asciende a la suma de 50 994 549 .81 soles que deban pagar, en forma solidaria, Pedro Pablo Kuczynski junto a un grupo de exministros del gobierno del expresidente Alejandro Toledo y otras personas comprendidas en este proceso penal.
Mediante una resolución emitida el último 4 de octubre, a la que tuvo acceso RPP, el magistrado notificó su decisión a la Oficina de administración Personal del Congreso de la República para su cumplimiento y fines pertinentes.
El juez Raúl Justiniano emitió está decisión luego de que el último 4 de marzo la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional anuló la resolución emitida por el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional el 27 de septiembre del 2023 en la que declaró infundada está solicitud de la Procuraduría AD HOC para los casos Odebrecht y Lava Jato y ordenó que otro juez emitiera una nueva resolución con arreglo a ley.
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