La bancada de Acción Popular presentó el proyecto de ley que regula el servicio de delivery en vehículos motorizados y a las empresas proveedoras de este servicio por aplicativo tecnológico móviles-app.
La iniciativa legislativa, del congresista Elvis Vergara, propone crear el registro nacional de proveedores del servicio de delivery, con la finalidad de garantizar los derechos y seguridad tanto de los proveedores como de los usuarios.
Se precisa que el empadronamiento es para quienes realizan el traslado de mercadería y productos; diferentes a los servicios de cargo y courier.
Según el proyecto de ley, el registro nacional de proveedores del servicio de delivery en vehículos motorizados y por empresas de delivery con aplicativo móvil-app, se creará en la plataforma digital única GOB.PE a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Transformación Digital.
La gestión del registro se realiza en coordinación con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través del Viceministerio de Transportes, el cual se implementa con recursos propios, sin demandar mayor gasto al Estado.
La iniciativa legislativa prohíbe la exigencia de requisitos legales discriminatorios para los operadores que brindan el servicio de delivery.
Asimismo, considera la creación del seguro obligatorio del servicio de delivery (Sosde), el cual actúa bajo la modalidad de un seguro de accidentes personales y cubre los riesgos de muerte y lesiones corporales que sufran los conductores de los vehículos motorizados, así como también los terceros no tripulantes, durante el servicio.
La norma sería aplicable y de obligatorio cumplimiento para toda persona jurídica o persona natural con negocio y a las empresas proveedoras del servicio de delivery que presten el servicio dentro del territorio nacional.
Se establece también que las personas jurídicas, personas naturales con negocio y las empresas proveedoras del servicio de delivery “son solidariamente responsables en lo administrativo ante la autoridad pública correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que correspondan a cada infractor y al representante legal de la empresa, para lo cual resulta aplicable la legislación pertinente en cada caso”.