Así lo estableció a través del Decreto de Urgencia Nº 048-2021 publicado hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
El decreto de urgencia tiene por objeto viabilizar los proyectos del Programa PIT, correspondientes a las Empresas de Distribución Eléctrica que se encuentran bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), que se consignan en el anexo de la norma.
Asimismo, se autoriza, por excepción, al Minem la formulación, evaluación, declaratoria de viabilidad del Programa PIT, que está conformado por los proyectos de las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el ámbito del Fonafe.
La competencia del Minem autorizada aplica exclusivamente a los proyectos que conforman el Programa PIT, así como a la gestión y administración de su financiamiento, conforme a la normatividad aplicable.
El Minem, en el marco de la autorización realiza las acciones que correspondan en el marco de la normatividad de la Administración Financiera del Sector Público, según sea el caso, y queda autorizado a gestionar ante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la concertación de operaciones de endeudamiento externo para el financiamiento parcial de los proyectos del Programa PIT.
El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia de un año, a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, Francisco Sagasti Hochhausler; la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez; del ministro de Energía y Minas, Jaime Delgado; y del ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza.