Juzgado confirmó sobreseimiento del proceso por estafa en agravio de la empresa Waynapicchu. Presidente del Congreso, Alejandro Soto, se libra finalmente de una pena de 8 años de prisión gracias a la ley 31751
La jueza Yeny Marleny Olivares Tapia, del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, declaró consentida la resolución que declara prescrito el proceso penal en contra del presidente del Congreso, Alejandro Soto, por presunta estafa en agravio de la empresa de transportes Waynapicchuy, en consecuencia, archivo definitivamente la causa.
En la resolución a la que accedió Infobae Perú, se consigna que ni la defensa de la parte agraviada ni la Tercera Fiscalía Penal de Cusco apelaron el fallo emitido el 24 de julio.
“Pese al tiempo transcurrido, las partes no han cumplido con impugnar el auto de sobreseimiento por prescripción de la acción penal (res. N° 09), dentro del plazo establecido por el artículo 414° Inciso 1 letra c) del Código Procesal Penal; en consecuencia, habiendo vencido el plazo para impugnar al auto de prescripción antes referido, debe declararse consentida”, se lee en el documento.
Este medio pudo conocer que la defensa de Waynapicchu ni el representante del Ministerio Público apelaron la resolución de prescripción toda vez que sigue vigente la ley 31751, norma que Alejandro Soto promovió y aprobó para evitar una eventual pena privativa de la libertad de 8 años y 8 meses.
Empresa estafada irá por la reparación civil
Aunque la acción penal en contra de Alejandro Soto ha prescrito —es decir, no será condenado a prisión por este caso—, el Poder Judicial sí puede ordenar que pague una reparación civil por daños y perjuicios a favor de Waynapicchu.
Por ello, el abogado de Waynapicchu, el doctor Darwin Urquizo, solicitó al Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco la instalación del juicio oral en el extremo de la reparación civil. En los hechos que implican a Soto Reyes, la defensa exige 323.829,87 soles.