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César Acuña: JEE de Trujillo abrirá investigación para verificar si se rompió principio de neutralidad

El presidente del Jurado Electoral Especial de Trujillo, José Cabrejos Villegas, señaló que se abrirá una investigación de oficio para determinar si César Acuña, candidato a la Gobernación de la Libertad,  vulneró el principio de neutralidad electoral, al convenir con la expresidenta del Congreso Lady Camones la aprobación de un proyecto de ley a fin de beneficiar su postulación.

“Vamos a disponer que el ente fiscalizador inicie un procedimiento de oficio. Esto, para verificar si se ha roto el principio de neutralidad. Nuestra obligación es actuar de oficio para que los entes correspondientes, JNE Y JEE actúen de oficio investigando, declaró Cabrejos Villegas.

“El plazo para el pronunciamiento tiene que ser sumarísimo, de inmediato”, señaló el titular del JEE para luego agregar. “hoy mismo estoy disponiendo la apertura de investigación de oficio, que se corra traslado al ente fiscalizador, a las partes involucradas, a efectos de que se recopile la información, se procese y al final se emita un dictamen que pueda ser evacuado al Pleno del JEE a fin de tomar la decisión”.

Lo que dijo César Acuña a los congresistas de APP

“Hoy tengo un proyecto que tienen que sacarlo estos días, el Alto Trujillo, que es estratégico. (…) Es un sueño de hace 30 años. Saben que tiene 120.000 electores. Es más que El Porvenir y ahorita el Ejecutivo ya envió el proyecto de ley, o sea nos ha dado la pelota. Entonces, ahorita ese proyecto de Alto Trujillo me va a favorecer a mí”.

Normas transgredidas

De acuerdo al presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres Vásquez,  los audios demuestran la transgresión de la ley 27815, Ley del Código de Ética del funcionario público; el Código de Ética Parlamentaria, la ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones; la Resolución 0922-2021 JNE, Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en el periodo electoral-

También,  la ley 31288, Ley que tipifica las conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa funcional y establece medidas para el adecuado ejercicio de la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República, y el articulo 388 del Código Penal sobre peculado de uso.

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