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Congreso regresa a comisión ley que limita la participación en elecciones de condenados por delitos graves

Propuesta legislativa no halló consenso entre los congresistas ya que los delitos de homicidio, tráfico de drogas, secuestro, entre otros delitos; fueron excluidos del texto que fue presentado en el Pleno por la presidenta de la Comisión de Constitución, Martha Moyano. Texto sólo considera los delitos de terrorismo, tráfico de drogas, rebelión, sedición y motín.

En Pleno del Congreso no halló consenso para avanzar en la reforma constitucional que prohibía la participación, en elecciones, de personas que cumplieron condena por delitos graves hasta diez años después de encontrarse rehabilitadas.

Con 90 votos a favor, 22 en contra y 2 abstenciones, el Pleno decidió que el proyecto de ley retorne a la Comisión de Constitución para que sea analizado y se redacte con modificaciones.

Esta norma que modifica los artículos 34-A, 39-A y el inciso 22 del artículo 139 de la Constitución Política del Perú actualmente sólo señala lo siguiente: “están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso”.

A este texto se le agregó el siguiente:

“Están impedidas de postular a elección popular las personas condenadas a pena privativa de libertad efectiva, con sentencia consentida o ejecutoriada, en calidad de autoras o cómplices instigadoras por la comisión de los tipos penales terrorismotrafico ilícito de drogas así como por los delitos de rebeliónsedición y motín. El impedimento subsiste diez años después de que estas han sido declaradas rehabilitadas”. La propuesta plantea que los límites se extiendan también al nombramiento de funcionarios públicos y de confianza.

El nuevo texto sustitutorio expuesto por la congresista Martha Moyano dejó de lado los delitos de tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexualcolusiónpeculadocorrupción de funcionarios, homicidio, trata de personas, secuestro, contra la seguridad nacional y traición a la patria, que habían sido considerados en un inicio. Y este aspecto fue motivo de discrepancias por parte de congresistas de las bancadas de izquierda que exigían que sean incluídos.

Esta norma recogió las propuestas de parlamentarios de varias bancadas como Alianza para el Progreso, Renovación Popular, Avanza PaísFuerza Popular, entre otras.

Actualmente, la ley permite que toda persona que ha sido condenada por delitos como tráfico de drogas, abuso sexual, homicidio, secuestro y hasta por terrorismo, y que hayan cumplido su pena, pueden participar de un proceso electoral y ser elegidos para asumir cargos públicos sin inconvenientes.

Este proyecto era clave con miras a las Elecciones 2026 pues estos impedimentos expuestos tenían que quedar establecidos un año antes de las elecciones, es decir en abril de 2025.

Por tratarse de una reforma constitucional, necesita de dos votaciones con más de 86 votos a favor en dos legislaturas consecutivas. Ahora, el tiempo se acorta y si se busca que esta reforma aplique en los próximos comicios, deberá aprobarse en la próxima legislatura que empieza en julio y en la siguiente a más tardar en marzo de 2025.

Los próximos meses se conocerá si existe la voluntad política de los parlamentarios de todas las bancadas para poder legislar en favor de que todos los peruanos sean conducidos por personas sin antecedentes graves.

Fuente: RPP

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