Advertencia. El organismo también sugiere que la decisión constitucional “debilita al sistema electoral”.
Pronunciamiento. La Defensoría del Pueblo emitió un comunicado institucional referente al fallo del Tribunal Constitucional en favor del Congreso, el poder del Estado con más de 90% de desaprobación. Especialistas consultados con anterioridad por este medio de comunicación fueron contundentes al señalar el quiebre democrático del país a partir de la determinación. Esta vez, el órgano constitucionalmente autónomo empezó su parecer siendo enfático: “Constituye un retroceso y vulnera las bases del Estado constitucional de derecho peruano“.
PUNO: ORDEN MILITAR LLEVÓ A LA MUERTE A 6 SOLDADOS EN EL RÍO ILAVE
A continuación, enumeró una serie de argumentos en contrariedad de la decisión del máximo intérprete de la Carta Magna. En primer lugar, refirió que el TC “retira el control jurisdiccional a ciertos actos del Parlamento, sin justificar el apartamiento de la línea jurisprudencial sostenida hasta el momento”.
La Defensoría pretendió demostrar la contradicción mediante el recordatorio de variada jurisprudencia que apoya el control constitucional omnipresente. “Esta doctrina (de exoneración congresal) supone un retroceso en la obligación de garantizar derechos fundamentales y debilita la fuerza normativa de la Constitución y el Estado constitucional de derecho“, continuó.
También aseguró la debilitación del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). Para contextualizar, detalló: “El TC exhorta a modificar el artículo 99 de la Constitución para permitir que los miembros electorales sean acusados constitucionalmente ante el Congreso”. Para la Defensoría, no hubo duda: “Se faculta al Parlamento a remover a sus miembros luego de un juicio político decidido por las fuerzas que lo conforman”.
Por último, se refirió al órgano mismo: “La actual composición del TC afirma, temerariamente, que la Defensoría se encuentra acéfala cuando cesa en sus funciones el defensor electo por el Congreso”. En respuesta, se afirmó el “rechazo a cualquier limitación que se pretenda efectuar a las competencias (de la Defensoría) y funciones constitucionalmente reconocidas. Se continuará realizando sus labores en estricto cumplimiento de su mandato”.
Fuente: La República