Pablo Haro, presidente de rondas campesinas: “Desnudar y castigar mujeres no es costumbre campesina”

—Yo he dicho que debe caer todo el peso de la ley a los que están implicados en esta situación en Chillia, respecto a las imágenes y videos difundidos. Hay dos competencias dentro de la organización: los responsables de las rondas son a quien la ley los faculta y las bases ronderas que tienen jurisdicción. Esa asamblea (de ronderos en Chillia) es la responsable y tiene que averiguar quiénes han hecho eso. Porque si lo han hecho a escondidas y en grupo, ellos son los únicos responsables de investigarlos e identificar quiénes son, y en una asamblea aplicarles toda la sanción.

¿Qué sanciones serían?

—El estatuto estipula que cuando los problemas son leves se debe hacer una llamada de atención y, si es grave, un castigo ejemplar es la destitución definitiva y se hace de conocimiento a todas las instituciones. Pero eso lo va a determinar la asamblea.

¿La asamblea también va a denunciar a los responsables ante el Ministerio Público?

—Hay denuncias que la Fiscalía está haciendo de oficio. Ellos van a continuar y encontrar a los responsables.

Es consciente de que al cuestionar los videos de la violencia en Chillia, también condena a los ronderos, ¿no?

—Lo hemos condenado en todos sus extremos. Eso es algo irremediable para nosotros. No tiene perdón. Eso no es una práctica campesina, no tiene nada que ver con la justicia comunal. Todos los procedimientos de las rondas tienen métodos que la misma ley y el estatuto los faculta. Los castigos físicos y la cadena ronderil, esas cosas, si se practican, no tienen ningún problema. Pero en este caso, lo que han aplicado nada tiene que ver con métodos que se aplican en las rondas. Eso van a debatir bien en la asamblea y van a terminar dando un castigo ejemplar a los responsables.

¿A qué se refiere?

—La cadena ronderil está considerada como ir de comunidad en comunidad, cumpliendo un trabajo comunal. Le hacen trabajar al castigado y en la noche le hacen rondear. Está tipificado como una parte del accionar de la justicia comunal.

¿Qué opina sobre Manuel Quijano, presidente de las rondas campesinas de Chillia, quien negó las torturas?

—Así sea rondero o autoridad, cada uno debe asumir su responsabilidad. Todo director rondero conoce su debido proceso.

Pero esa justificación se basa, además, en que los ronderos tienen sus procedimientos para impartir justicia.

—Yo no sé quién ha hecho esa interpretación porque nada tiene que ver con lo que dice la Constitución. Mira, la Constitución reconoce a las rondas campesinas como autoridad, pero según el convenio plenario del 2009, quien regula el procedimiento de las normas y los acuerdos es la asamblea, no el dirigente, y que los acuerdos son con base en las costumbres. Sin embargo, desnudar a una mujer para castigarla no es una costumbre campesina, colgar a alguien de un pie no es una costumbre, nada tiene que ver. Por eso es que lo que está considerado como costumbre campesina, para practicarlo como un método, son el ejercicio, el látigo y la cadena rondera.

El acta de la asamblea es un elemento vital, entonces.

—Ellos mismos tienen que sancionar a los responsables. Deben orientar a sus ronderos y consultar con otras bases.

Fuente: La República