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El Ejecutivo promulgó la ley del retorno a la bicameralidad

El Gobierno promulgó este miércoles la ley que reforma la Constitución para el restablecimiento de la bicameralidad en el Perú, disposición que fue aprobada a inicios de marzo de este año por el pleno del Congreso de la República.

De acuerdo con la nueva ley (31988), publicada hoy el diario oficial El Peruano, el Poder Legislativo del Estado reside en el Congreso de la República, el cual está conformado por el Senado y la Cámara de Diputados.

La ley puntualiza que el Senado está conformado por un número mínimo de 60 senadores, elegidos por un período de cinco años en un proceso electoral y establece que, por lo menos, se elija a un representante por cada circunscripción electoral, mientras que los restantes son elegidos por distrito único electoral nacional.

En tanto, de acuerdo a la norma, “la Cámara de Diputados cuenta con un número mínimo de ciento treinta diputados, elegidos por un período de cinco años mediante un proceso electoral conforme a ley”.

Además, la ley indica que La presidencia del Congreso de la República recae de manera alternada sobre los presidentes de cada cámara (…) los senadores y diputados pueden ser reelegidos de manera inmediata en el mismo cargo.

De acuerdo con la Ley 31988, Ley de Reforma Constitucional que restablece la bicameralidad en el Congreso de la República, se modifican los artículos 2, 39, 56, 57, 78, 79, 80, 81, 82, 86, 87, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 104, 105, 106, 107, 108, 117, 118, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 139, 142, 150, 157, 161, 162, 182, 183, 191, 194, 201, 203 y 206 de la Constitución Política.

Uno de esos cambios tiene que ver con la reelección de parlamentarios. El texto de la norma señala, por ejemplo, que para ser senador uno de los requisitos es haber sido congresista o diputado, es decir, abre la puerta para una reelección inmediata de legisladores que hoy son parte del actual Congreso.

La norma legal fue suscrita por la presidenta de la República, Dina Boluarte, y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.

El pasado 6 de marzo, el Pleno del Congreso de la República aprobó en segunda votación el retorno a la bicameralidad con 91 votos a favor, 30 en contra y una abstención. Por tratarse de una reforma constitucional, se requerían dos votaciones con resultado a favor por encima de 87 votos en dos legislaturas diferentes y consecutivas, con el fin de aprobarse sin recurrir a un referéndum. La primera votación ocurrió el 16 de noviembre de 2023, votación que alcanzó 93 votos a favor.

Esta reforma modifica la Constitución peruana y permite que a partir de las próximas elecciones generales se elijan ya no a 130 congresistas como hasta la fecha, sino a 190 parlamentarios que estarán agrupados en dos cámaras, la de senadores con 60 miembros y la de diputados con 130 integrantes.

Bicameralidad con reelección

En El Poder en tus Manos de RPP se ha informado que la ley del retorno a la bicameralidad, no sólo modifica la Constitución respecto de la distribución y número de congresistas,  introduce 74 cambios en 56 artículos de la carta magna. 

Uno de esos cambios tiene que ver con la reelección de parlamentarios. El texto de la norma señala, por ejemplo, que para ser senador uno de los requisitos es haber sido congresista o diputado, es decir, abre la puerta para una reelección inmediata de legisladores que hoy son parte del actual Congreso.

Deja sin efecto el artículo 90-A de la Constitución que establece que los congresistas no pueden ser elegidos por un nuevo periodo de manera inmediata.

Este cambio ha sido motivo de críticas de especialistas en materia constitucional, como el abogado y docente universitario, Heber Joel Campos: “un gesto valioso de este Congreso hubiese sido precisar que la reelección de congresistas no opera para los congresistas actuales, de este modo el pueblo hubiese entendido que detrás de esta reforma había un genuino interés de mejorar la calidad de la representación política en el Perú, antes que la búsqueda de un beneficio particular”, dijo a El Poder en tus Manos.

Por su parte, el politólogo Fernando Tuesta Soldevilla, afirmó que “en general, la ley [de la bicameralidad] está bien, incluso me ha sorprendido en algunos artículos. Siempre se pueden hacer observaciones, pero creo que es un gran avance”, indicó.

Pero también observó que para muchos congresistas la finalidad de aprobar esta ley responda a un interés reeleccionista: “Siempre está la observación de un Parlamento que tiene poca legitimidad, que es probable que muchos congresistas lo hayan aprobado porque quieren la reelección, pero más allá de eso regresar a la bicameralidad es mucho mejor, que es un modelo histórico de Parlamento desde inicios de la república hasta el año 93″, sostuvo.

Algunas funciones asignadas

Los futuros 130 diputados formularán leyes y serán los 90 senadores quienes serán el filtro prinicipal de las leyes que serán aprobadas. Por otro lado, será la cámara de Senadores la que tendrá en sus manos la designación de funcionarios en puestos claves como del Contralor General de la República, del presidente del Banco Central de Reserva y parte de su directorio, así como del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), entre otros.

Fuente: RPP

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