Tras la aprobación del Poder Judicial de la medida cautelar que suspendió las investigaciones contra la fiscal de la Nación, Patricia Benavides Vargas, el procurador de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Marco Tello Ponce, solicitó precisar, de forma adecuada, su postura frente al caso que se venía siguiendo a la titular del Ministerio Público.
«A efectos de cumplir debidamente la orden judicial, (la JNJ) requiere necesario, por parte de la judicatura, precisar de forma adecuada los alcances de la misma, en tanto lo dispone el propio Nuevo Código Procesal Constitucional«, según un documento difundido por La Pasión por el Derecho.
Lo que el procurador está solicitando es, determinar «si la medida cautelar de suspensión inmediata de las investigaciones (…) corresponde solo a las intervenciones» de Inés Tello y Aldo Vásquez, o engloba a «todos» los miembros de junta.
La Junta Nacional de Justicia explicó que, bajo dichos términos, no se les permite efectuar con cabal precisión el adecuado cumplimiento del mandato cautelar. Contenido en la resolución número uno, que es, la detención de las investigaciones preliminares seguidas en contra de Benavides Vargas.
El procurador recordó que, «las autoridades y funcionarios públicos deben ejercer sus funciones dentro de los límites y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen«.
Con norma derogada dictaron fallo a favor de fiscal de la Nación
De otro lado, la expresidenta del Tribunal Constitucional (TC), Marianella Ledesma, hizo notar el uso de un fundamento derogado en la resolución judicial que bloquea las investigaciones preliminares contra la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, en Ideeleradio.
Según dijo Ledesma Narváez, la jueza provisional Jacqueline Tarrillo Meneses, autora del fallo a favor de Benavides, “incurrió en esta deficiencia por segunda vez. Ya que en abril del 2022 hizo lo mismo en una decisión similar que favoreció a Elvia Barrios”.
“La jueza (Jacqueline Tarrillo) resuelve el caso de suspender la investigación preliminar de la fiscal de la Nación con normas que han sido derogadas en el año 2021”. La jueza estaría cometiendo el delito de prevaricato, porque el fallo se apoya en una norma derogada.
Tarrillo invocó el artículo 18 del Código Procesal Constitucional (CPC) y cita textualmente la siguiente frase: “Para su expedición (de una medida cautelar) se exigirá apariencia del derecho, peligro en la demora y que el pedido cautelar sea adecuado o razonable para garantizar la eficacia de la pretensión”.
Sin embargo, en ninguna línea de ese artículo del actual CPC, aparece la frase citada. Esto, porque la jueza usó un texto del antiguo artículo 15 de la norma, que dejó de tener vigencia el 24 de julio del 2021.
Defensa de Benavides dice que se busca magistrado “imparciales”
El abogado de Patricia Benavides, Aníbal Quiroga, dijo que la «acción de amparo», que aprobó el PJ, «no tiene por objeto» detener las indagaciones. Sino que, pretende que a la Junta Nacional de Justicia la conformen magistrados «imparciales».
«El amparo es una acción judicial para proteger los derechos fundamentales de una persona. No tiene por objeto detener las investigaciones, tiene por objeto buscar que la JNJ esté conformada por integrantes imparciales», refirió.
Sin embargo, con esta resolución de la jueza Tarrillo, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) estaba obligada a suspender las investigaciones a Patricia Benavides. Estando entre los casos de indagación: sus comunicaciones con un miembro de Los Cuellos Blancos. La remoción de la fiscal que investigaba a su hermana Emma Benavides. Los cambios en el equipo especial del caso Cuellos Blancos del Puerto y las dudas sobre sus “tesis” de posgrado y doctorado.
Fuente: El Búho