El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Pisco, a cargo de 𝗛𝗲𝗿𝗺𝗮𝗻𝗻 𝗬𝗼𝗻𝘇 𝗠𝗮𝗿𝘁í𝗻𝗲𝘇, condenó al congresista 𝗥𝗮ú𝗹 𝗙𝗲𝗹𝗶𝗽𝗲 𝗗𝗼𝗿𝗼𝘁𝗲𝗼 𝗖𝗮𝗿𝗯𝗮𝗷𝗼 (AP) a la pena de 𝗰𝘂𝗮𝘁𝗿𝗼 𝗮ñ𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗽𝗲𝗻𝗮 𝗽𝗿𝗶𝘃𝗮𝘁𝗶𝘃𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗶𝗯𝗲𝗿𝘁𝗮𝗱, suspendida en su ejecución por el periodo de prueba de 02 años.
El juzgado encontró al congresista autor y responsable del delito, en concurso ideal, contra la Administración de Justicia – contra la Función Jurisdiccional en la modalidad de 𝗙𝗮𝗹𝘀𝗮 𝗗𝗲𝗰𝗹𝗮𝗿𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗲𝗻 𝗣𝗿𝗼𝗰𝗲𝗱𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗔𝗱𝗺𝗶𝗻𝗶𝘀𝘁𝗿𝗮𝘁𝗶𝘃𝗼.
También contra la Fe Pública – 𝗙𝗮𝗹𝘀𝗲𝗱𝗮𝗱 𝗚𝗲𝗻é𝗿𝗶𝗰𝗮, en agravio del Estado – Procuraduría Pública del Jurado Nacional de Elecciones – JNE.
El Juzgado Penal Unipersonal, en su resolución N°. 32 (Sentencia) señala que el delito fue cometido cuando Doroteo Carbajo, en la declaración jurada presentada en el año 2013 ante el JNE consignó que era egresado en la carrera de Sistemas e informática» en la Universidad San Ignacio de Loyola (USIL).
Sin embargo, dicha institución mediante carta de fecha 14 de julio del 2014, señaló que el sentenciado no tiene la condición de egresado, sino de matriculado.
Verificación
El juez determinó que la Declaración Jurada de Vida de Candidato, suscrita por el propio postulante, con huella digital incluida, es falsa.
Él no tiene la condición de egresado, sino la de matriculado habiendo solamente cursado dos ciclos, al año 1995, además que estos estudios no tienen la calidad de “Universitarios”
Estos datos deberían estar consignados en el rubro “Estudios Técnicos” el cual contaba la Declaración Jurada materia de cuestionamiento.
El veredicto también establece, que el sentenciado durante el periodo de prueba deberá cumplir reglas de conducta impuestas, bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la pena en caso de incumplimiento.
Asimismo, el juzgado dispuso el pago de S/. 1,000 por concepto de Reparación Civil, el mismo que deberá de ser cancelado en el término de dos meses, y al pago de las costas del proceso.