El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) exhortó a respetar los nuevos límites de velocidad en calles, jirones y avenidas de las zonas urbanas y en carreteras que pasan por centros poblados a nivel nacional.
De acuerdo al Reglamento Nacional de Tránsito, en calles y jirones de las zonas urbanas no se debe exceder los 30 km/h (antes eran 40 km/h). Igualmente, en las avenidas no se debe superar los 50 km/h (antes eran 60 km/h).
La legislación también modificó los límites de velocidad en carreteras que cruzan centros poblados. En zonas comerciales la máxima velocidad es 30 km/h, en zonas residenciales 50 km/h y en zonas escolares / hospitales 30 km/h.
Estos nuevos límites de velocidad están vigentes desde el 18 de julio del 2022. Las autoridades competentes deben implementar la señalización adecuada, realizar actividades de difusión e implementar medidas de control y fiscalización
Exceder los nuevos límites de velocidad puede acarrear una multa de hasta por el equivalente al 50% de una UIT, es decir S/ 2300.
El control de velocidades y la imposición de multas por exceso de velocidad están a cargo de la Policía Nacional del Perú, las municipalidades provinciales y SUTRAN.
Según el Observatorio Nacional de Seguridad Vial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de enero a agosto de este año, ocurrieron 55 697 accidentes de tránsito que ocasionaron la muerte de 2147 personas y provocaron lesiones a otras 35 706. Una de las causas de estos accidentes es el exceso de velocidad.