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Omar Cairo: “El Congreso debe decir qué es causa grave en una ley”

El abogado Omar Cairo responde sobre lo que puede venir luego de que el Congreso no pudiera proseguir con la destitución de los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por la medida cautelar otorgada por la Tercera Sala Constitucional.

—Dijo que la cordura volvió a una parte del Congreso. ¿Es cordura o temor a incurrir en un delito de desacato?

—Bueno, si fue por temor a las consecuencias, es un acto de cordura. A nadie le está permitido incumplir un mandato judicial. Si el Congreso sesionaba y removía a los miembros de la JNJ se iba a producir una situación espantosa porque ese acto no iba a tener valor jurídico. Los miembros de la Junta iban a seguir trabajando porque esa destitución hubiese sido nula. Pero imagínese que el Congreso hubiese pedido apoyo policial y el Gobierno hubiese dicho que sí. Eso nos hubiese convertido en una dictadura a ojos de la comunidad internacional.

—Las pretensiones del Congreso de tomar la JNJ se han detenido, al menos por el momento. ¿Hasta cuándo?

—El tema no se puede reanudar hasta que una sala constitucional de la Corte Suprema revise esta resolución…

—¿La que le otorgó la cautelar a la JNJ?

—Correcto. Un trámite de apelación de este tipo demora entre dos y tres meses. Y hay que añadir lo siguiente: el 24 de noviembre es la audiencia ya del fondo, no de la cautelar, sino de la sentencia.

—Es el día de la audiencia oral, ¿correcto?

—Correcto. Ese día la sala puede sentenciar y es plausible que lo haga a favor de la JNJ, y no lo digo por una especulación vacía, sino porque la cautelar fue otorgada porque se cumple uno de los tres requisitos, que es la apariencia del derecho. Es decir, para otorgar una cautelar se tiene que evaluar la posibilidad de que quien la pida vaya a ganar en la sentencia. Es muy probable que se concluya, en la sentencia, que la “causa grave” a la que se refiere el artículo 157 de la Constitución no está tipificada en el Perú. Y para sancionar se necesita una tipificación.

—Desde el Congreso señalan que ellos mismos pueden establecer qué es “causa grave”. Y lo dicen colegas suyos.

—Ahí hay un error. El Congreso debe decir qué es “causa grave” en una ley, pero no durante el proceso en el que examina a un imputado. Le pongo un ejemplo. El Congreso puede remover a los directores del BCR por “causa grave”. Pero en este caso la ley orgánica del BCR detalla las 11 conductas que constituyen “causa grave”. Ahí no hay problema, porque los directores del BCR saben qué cosas deben evitar cometer. Los miembros de la JNJ no lo saben.

—¿Le genera alguna sospecha que se haya tramitado con rapidez la apertura de investigación preliminar a los jueces que otorgaron la cautelar?

—No quisiera entrar en suspicacias. Lo más importante es la falta de solidez de la imputación. Resolver de manera distinta a como piensa el Congreso no es prevaricar. Prevaricar es dictar una resolución manifiestamente contraria al texto expreso de la ley o citar pruebas inexistentes o hechos falsos. Nada de eso tiene la resolución cautelar. Esta denuncia tiene el destino de ser archivada. Tengo la esperanza de que acá también la cordura prime. Es una denuncia insostenible. Algunos congresistas decían “nos piden obedecer a una resolución judicial cuando debemos obedecer al Tribunal Constitucional”.

—La sentencia del TC a la que aludían no eliminaba la opción de un control judicial sobre actos del Congreso en caso afecten derechos fundamentales.

—Exacto, pero hay algo más. En el proceso de amparo el Congreso actúa como demandado. Si considera que la sentencia del TC está siendo incumplida, es su opinión. La sala piensa lo contrario. Entonces, cuando uno discrepa de una resolución judicial, lo que cabe es apelar, no incumplir. Si no, el mensaje para un inversionista, por ejemplo, es que, si va a un proceso judicial, su contraparte no va a cumplir con una sentencia si no está de acuerdo con ella.

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