Mudo Social – Noticias del Perú
Economía

Reforma en AFPs: Ejecutivo propone prohibir los retiros extraordinarios del sistema de pensiones

El grupo de entidades que conforman la Comisión Multisectorial asegura que los retiros aprobados han desnaturalizado el objetivo del ahorro previsional.

A pesar de que ya han transcurrido cuatro meses desde la presentación de la primera propuesta de un séptimo retiro de los fondos de AFP, aún no se ha logrado su aprobación. (Andina)

La reforma en el sistema pensionario del Perú ha generado un debate entre las autoridades que ya tiene larga data, pero no ha llegado hasta ahora a buen puerto, ya que a la fecha hay varias iniciativas legislativas que buscan aprobar un nuevo retiro a los afiliados de las AFP.

En tal sentido, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha presentado la propuesta preliminar que busca limitar el uso de los fondos de las AFP, por tanto, quedarían prohibidos los retiros facultativos y extraordinarios de dichos fondos durante la vida laboral del afiliado.

“A partir de la vigencia de la Ley de creación del nuevo sistema previsional peruano quedará prohibido el retiro parcial o extraordinario de los fondos acumulados en las cuentas individuales de capitalización (CIC) de los aportes obligatorios del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) por los afiliados durante su etapa activa”, señala el texto.

¿En qué casos se podría retirar la AFP?

Un buen número de afiliados a las AFP espera que se apruebe un nuevo proyecto para retirar dinero de su fondo de jubilación.Un buen número de afiliados a las AFP espera que se apruebe un nuevo proyecto para retirar dinero de su fondo de jubilación.

El documento explica que solo existen dos casos en los que el retiro de AFP es viable en la vida laboral.

El primero, faculta a los afiliados a disponer en cualquier momento de hasta el 25 % del fondo de su CIC, siempre y cuando este dinero esté destinado a pagar la cuota inicial o amortizar un crédito hipotecario para la compra de un primer inmueble.

Este deberá ser otorgado por una entidad del sistema financiero o una cooperativa de ahorro y crédito que opere únicamente con sus socios y no esté autorizada para captar recursos del público.

También podrá hacerse el retiro de hasta el 50 % del fondo de ahorro, incluyendo la rentabilidad de este, en caso de sufrir una enfermedad terminal o frente a un diagnóstico de cáncer que disminuya la esperanza de vida. Esto deberá ser certificado por un comité médico evaluador. Los usuarios que deseen acceder a esta modalidad no deben percibir una pensión de sobrevivencia.

Cabe resaltar que esta propuesta fue elaborada por una comisión multisectorial que está conformada por el MEF, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Este grupo de entidades aseguró en el documento que se ha desnaturalizado el objetivo del ahorro previsional debido a las leyes que se han publicado para hacer posibles los retiros. Asimismo, aseguran que esto deja desprotegidos a los usuarios en edades vulnerables, por ello, se plantea que los nuevos afiliados a las AFP y aquellos que tengan menos de 40 años no puedan acceder al 95.5 % de su fondo.

¿Cuántos retiros de AFP se han aprobado hasta ahora?

A la fecha se han aprobado seis desembolsos de los fondos de las AFP, gracias a iniciativas legislativas que encontraron sustento en la cruda situación que miles de peruanos afrontaban tras la llegada de la pandemia por la COVID-19.

Retiro AFP 2023: convocan a marcha para que Congreso agilice disponibilidad de 4 UIT Foto: Composición de InfobaeRetiro AFP 2023: convocan a marcha para que Congreso agilice disponibilidad de 4 UIT Foto: Composición de Infobae

El primero se hizo el 1 de abril de 2020, y establecía el retiro de hasta S/ 2000 soles para mitigar el impacto económico de la cuarentena. El 6 de abril de ese año se autorizó también el retiro del 25 % del total de los fondos, y establecía como monto máximo las 3 UIT. El 13 de abril nuevamente se aprobó un desembolso de hasta S/ 2000, pero para los trabajadores que habían entrado en suspensión perfecta de labores.

Para el 18 de noviembre los afiliados estaban autorizados para retirar hasta 4 UIT de sus fondos acumulados, al igual que el 7 de mayo de 2021, donde se volvió a autorizar un desembolso. Finalmente, durante el gobierno de Pedro Castillo se aprobó el último retiro de hasta S/ 18400 soles.

Estos retiros se dieron pese a la preocupación y recomendaciones de entidades como la SBS o la Asociación de AFP, y habrían representado el 10 % del Producto Bruto Interno (PBI).

Related posts

Quellaveco: Flota de perforación alcanza un uso de autonomía del 99%

Maco

IPE: pese a coyuntura se mantiene institucionalidad de la economía peruana

Maco

INEI: Población ocupada del país alcanzó los 17 millones 120 mil personas en el 2021

Maco

Leave a Comment