El pleno del Congreso aprobó por unanimidad la reducción del plazo de atención de los reclamos de los consumidores, siendo que este no será mayor de siete días hábiles.
Dicha iniciativa establece la modificación de los artículos 24 y 152 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.
La representación nacional apoyó el proyecto por 112 votos en primera votación, mientras que con 111 votos se aprobó la exoneración de la segunda votación, en ambos casos no se expresaron votos en contra y abstenciones.
En tal sentido, señala que sin perjuicio del derecho de los consumidores de iniciar las acciones correspondientes ante las autoridades competentes, los proveedores están obligados a atender los reclamos presentados por sus consumidores y dar respuesta a los mismos en un plazo no mayor de siete días hábiles.
Asimismo, refiere que dicho plazo puede extenderse hasta por tres días hábiles adicionales por única vez, cuando la naturaleza del reclamo lo justifique, “situación que debe ponerse en conocimiento del consumidor antes de la culminación del plazo inicial”.
Además, los consumidores pueden exigir la entrega del libro de reclamaciones para formular su queja o reclamo respecto de los productos o servicios ofertados.