El Ministerio de Economía y Finanzas de Perú (MEF) aprobó una operación de endeudamiento externo a ser acordado entre el país andino y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por hasta US$ 50 millones.
La medida fue oficializada este jueves a través de un decreto supremo, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Los recursos serán destinados a financiar parcialmente el proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital – Transformación Digital con Equidad, Distrito de Miraflores de la Provincia de Lima del Departamento de Lima”.
La ley detalla que el plazo de cancelación del endeudamiento es de 15 años, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato de préstamo, mediante cuotas semestrales consecutivas y en lo posible iguales, venciendo la primera de ellas a los 72 meses contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del contrato de préstamo y la última, a más tardar, en la fecha final de amortización.
La operación de endeudamiento externo devenga una tasa de interés basada en la tasa SOFR, más un margen a ser determinado por el BID, de acuerdo con su política sobre tasas de interés.
El referido endeudamiento externo está sujeto a una comisión de crédito sobre el saldo no desembolsado del préstamo, que es establecido periódicamente, de conformidad con las disposiciones aplicables de la política del BID, sin que exceda el 0,75% anual.
También se precisa que la unidad ejecutora del proyecto de inversión será la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
Además, se autoriza al ministro de Economía y Finanzas, o a quien este designe, a suscribir en representación de Perú el contrato de préstamo de la operación de endeudamiento externo, así como al director general de la Dirección General del Tesoro Público del MEF a suscribir los documentos que se requieren para implementar la citada operación.