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Congreso nuevamente rompiendo el principio de la preclusión en materia electoral, sacó ley electoral exprés

Parlamento sin control. Especialistas José Naupari y Omar Cairo advierten que texto aprobado para reabrir el plazo de inscripción de precandidatos cae en vicios de inconstitucionalidad.

Autores intelectuales. Promovieron norma pisoteando el Reglamento del Congreso María Alva y José Arriola (AP), Patricia Juárez (FP), Eduardo Salhuana (APP) y Waldemar Cerrón (PL). Foto: composición La República

El Congreso de la República aprobó una segunda norma electoral sin cumplir con el Reglamento. Se trata de la autógrafa que votaron el jueves último con el propósito de reabrir el plazo de inscripción de precandidatos para las elecciones internas. El texto aprobado sería inconstitucional, según apuntan los especialistas José Naupari y Omar Cairo.

El texto fue enviado ayer al Poder Ejecutivo. Ahora el presidente Pedro Castillo tendrá que decidir si promulga u observa la norma. En tanto, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estudia técnicamente el caso.

El caso se torna más delicado, si se toma en cuenta que el texto final abre incluso la opción de realizar unas elecciones internas complementarias, en caso de que el Ejecutivo demore en pronunciarse.

Pisotean el reglamento

El artículo 73 del Reglamento del Congreso establece que no se puede exonerar de dictamen las leyes orgánicas. Pero la norma aprobada el jueves no tenía el dictamen previo.

Esta norma surge en virtud a dos proyectos de ley presentados apenas el 19 de abril. La presidenta de la Comisión de Constitución, Patricia Juárez (Fuerza Popular), nunca sometió a debate el tema y tampoco hubo borrador de dictamen.

Los proyectos pasaron directamente al Pleno por acuerdo de la Junta de Portavoces, con la anuencia de casi todas las bancadas, con excepción de Somos Perú y Cambio Democrático.

Precisamente en el pleno del jueves, la legisladora Ruth Luque (Cambio Democrático) exigió a la Mesa Directiva una explicación de por qué estaban incumpliendo el Reglamento, al no contar con dictamen

Desde la Mesa Directiva solo hubo una respuesta ambigua basada en la “práctica parlamentaria”.

Al final, esta ley exprés sin dictamen fue aprobada con 83 votos de las bancadas de Perú LibreFuerza Popular, Alianza para el Progreso (APP), Renovación Popular y Acción Popular.

El texto sustitutorio presentado antes de la votación tiene las firmas de Patricia Juárez (Fuerza Popular), José Arriola (Acción Popular), Eduardo Salhuana (APP) y Waldemar Cerrón (Perú Libre), quienes avalaron esta arbitrariedad.

Norma inconstitucional

El constitucionalista Omar Cairo recalca que el artículo 105 de la carta magna establece que ninguna norma puede ser sancionada sin aprobación previa de la comisión dictaminadora, salvo excepción prevista en el Reglamento del Parlamento.

Y el actual Reglamento no fija esta excepción sino, al contrario, subraya que las leyes orgánicas deben tener dictamen.

El experto en derecho electoral José Naupari apunta que el texto aprobado por el Congreso el jueves “incurre en vicios de inconstitucionalidad por aspectos de forma y de fondo”.

Sobre la forma, hace referencia al incumplimiento del artículo 37 del Reglamento del Congreso. El especialista subraya además que el artículo 31 de la Constitución es claro en señalar que los derechos de elegir y ser elegidos se regulan por ley orgánica (Ley de Organizaciones Políticas) y eso es lo que ha modificado el Parlamento.

En cuanto al fondo, José Naupari advierte que se está afectando el principio de seguridad jurídica y el principio de preclusión, ambos regulados en la Constitución.

Ley con nombre propio

Esta ley pinta como una norma con nombre propio de Acción Popular (AP). Los únicos dos proyectos que dieron vida a esta norma fueron presentados por los legisladores de esta bancada Darwin Espinoza y José Arriola.

La presidenta del Congreso, María Alva (AP), bajó el jueves al llano no solo para emitir su voto a favor, sino para mover hilos a fin de garantizar la aprobación, según fuentes del Parlamento.

Y es que AP solo presentó 12 listas regionales. Hay una norma que establece que para mantener la inscripción los partidos tenían que presentar mínimo 15 listas regionales. Por lo mismo, el Congreso aprobó en marzo otra ley sin dictamen para suspender este requisito.

En buena cuenta, si el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que preside Jorge Salas, decide actuar con firmeza y hace respetar el principio de intangibilidad de las leyes electorales, sencillamente Acción Popular podría perder la inscripción.

Cambian reglas a su antojo

Además de ampliar plazo para inscribir precandidatos, texto aprobado contempla una segunda jornada de elecciones internas complementarias, lo que generaría más gasto público.

grupo larepublica
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Plazos

Decisiones. El Poder Ejecutivo ya tiene en sus manos la autógrafa que aprobó el Congreso. Pedro Castillo tiene plazo hasta el 23 de mayo para decidir si lo promulga u observa.

Análisis. En paralelo, el JNE analiza el tema técnicamente, para ver si realmente es posible reabrir el plazo de inscripción de precandidatos para las internas.

Excesos. El texto aprobado incluso permitiría convocar a elecciones internas complementarias.Además de ampliar plazo para inscribir precandidatos, texto aprobado contempla una segunda jornada de elecciones internas complementarias, lo que generaría más gasto público.

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