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Internacional

Multa millonaria a Hungría por violar la protección de migrantes aprobada por la UE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha condenado este jueves a Hungría a pagar una multa millonaria por no haber ejecutado deliberadamente una sentencia anterior sobre protección internacional de migrantes. La corte ha calificado el incumplimiento como una “violación inédita y excepcionalmente grave” del Derecho de la Unión durante el mandato de Viktor Orbán.

Hace cuatro años, en diciembre de 2020, el Tribunal de Justicia sentenció que Hungría había infringido los procedimientos para la concesión de la protección internacional o de retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular.

Este incumplimiento se refería, en concreto, a la limitación del acceso al procedimiento de protección internacional o al internamiento irregular de los solicitantes de dicha protección en zonas de tránsito, situadas cerca de la frontera en Hungría y Serbia, donde los solicitantes debían esperar el fin de sus casos.

También apelaba la sentencia a la vulneración del derecho de los migrantes de permanecer en el territorio húngaro a la espera de una resolución definitiva sobre el recurso contra la denegación de su solicitud y a la expulsión de los nacionales de terceros países en situación irregular. Hungría aplica “devoluciones en caliente” hacia terceros países, principalmente Serbia, una práctica criticada tanto por la UE como por ONG humanitarias.

Pese a esa sentencia, el Gobierno de Victor Orbán no dio cumplimiento a la misma, y así lo constató la Comisión Europea al TJUE mediante la interposición de un nuevo recurso para pedir sanciones económicas al país en 2022.

Como respuesta, el juzgado ha dictaminado este jueves que Budapest ignoró deliberadamente aquella sentencia y le ha condenado por ello a pagar una cantidad a tanto alzado de 200 millones de euros y a una multa coercitiva de un millón de euros por cada día de retraso.

La corte ha argumentado que Hungría menoscabó los principios de solidaridad y de cooperación leal entre los países de la Unión al no obedecer la orden de 2020, actuando de forma contraria al “reparto equitativo de la responsabilidad entre los Estados miembros”.

El juzgado reza en su fallo que, como consecuencia del incumplimiento, se tuvo que “transferir a otros Estados miembros la responsabilidad de garantizar la acogida de los solicitantes de protección internacional, la tramitación de sus solicitudes y el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular”, tanto logística como financieramente.

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