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Medio Ambiente

Áreas Naturales Protegidas en riesgo por propuesta del Ministerio de Energía y Minas, advierte DAR

El Bahuaja Sonene, el Manu y el Megantoni forman parte de la reserva de riqueza natural del Perú que cuenta con los niveles más altos de protección hasta el momento. Esta protección podría reducirse alarmantemente de avanzar una propuesta de proyecto de ley enviada esta semana por el Ministerio de Energía y Minas. Propuesta normativa traería abajo la protección del Parque Nacional Manu y otras áreas naturales protegidas, en tanto ayer el Parque Nacional del Manu -que cuenta con reservas de gas natural en su subsuelo- cumplió 50 años, en medio de esta coyuntura de incertidumbre para su futuro.

El 23 de mayo de 2023, el Ministerio de Energía y Minas envió al Ministerio del Ambiente para su evaluación una propuesta de proyecto de ley elaborada por Perupetro, que busca modificar la Ley de Áreas Naturales Protegidas (Oficio N° 0776-2023/MINEM-DGH) para impulsar la industria del petróleo y gas natural.

Sin embargo, esta propuesta genera grave preocupación, ya que debilitaría el marco legal de protección de las áreas naturales y su institucionalidad, al priorizar actividades extractivas sobre la conservación de la diversidad biológica en las áreas naturales protegidas, contraponiéndose a lo establecido en la Constitución Política[1].

Candamo y la Amazonía que debemos proteger

Es conocido que en el subsuelo de áreas naturales de alta protección, como el Parque Nacional Bahuaja Sonene y su corazón, el Candamo, se encuentran depósitos de gas natural que periódicamente vuelven a la mira del Gobierno de turno con fines de promover su extracción.

Los parques nacionales, así como los santuarios nacionales y santuarios históricos conforman las llamadas “áreas naturales protegidas (ANP) de uso indirecto”, en las cuales -debido a su alto valor y fragilidad- la actual legislación prohíbe la extracción de recursos naturales y transformaciones del ambiente natural. Existen actualmente 28 áreas de este tipo en el Perú.

Sobre esta propuesta del sector energía, Vanessa Cueto, vicepresidenta de la asociación civil DAR, observa que “trae nuevamente a la mesa la idea de recortar e impactar negativamente nuestras áreas naturales protegidas, que son Patrimonio de la Nación, así como una importante reserva de agua y aire limpios, de captura de carbono, y de diversidad biológica y ecosistemas representativos, entre otros servicios”.

De aprobarse el proyecto de ley propuesto por el Ministerio de Energía y Minas, se debilitaría el resguardo de las áreas naturales protegidas, al permitir el aprovechamiento de recursos renovables y no renovables en áreas de uso indirecto declaradas de interés nacional y necesidad pública por decreto supremo, excepcionalmente; y en áreas de uso directo sin excepción (artículo Nº 21 de la propuesta).

Frente a ello, Vanessa Cueto sostiene “la protección de estas áreas se convertiría en declarativa, una protección solo en el papel, ya que de aprobarse esta iniciativa todas nuestras áreas naturales protegidas estarían en riesgos, priorizando la actividad extractiva sobre la diversidad biológica y la vida”.

Esta propuesta de proyecto de ley permitiría la explotación del llamado “Lote Fitzcarrald”, que colinda con la Reserva Territorial Kugapakori Nahua Nanti – RTNN y el Parque Nacional Manu, áreas importantes por la presencia de pueblos indígenas en aislamiento y contacto inicial.

Además, la propuesta establecería que no se puede afectar derechos otorgados antes y durante el establecimiento de un área natural protegida, e incluso durante su gestión (artículo Nº 5).

Asimismo, la creación y gestión de un área natural protegida no podría afectar las áreas promocionales para extracción de hidrocarburos (artículo Nº 27), con lo que no habría ningún filtro para las actividades extractivas en estas áreas.

Nuevos mandos en la gestión ambiental

Además, esta propuesta del Ministerio de Energía y Minas establecería como requisito para la aprobación del plan maestro (artículo Nº 20) -principal instrumento de gestión de un área natural protegida-, así como de otros instrumentos de gestión, la opinión previa favorable del MINEM cuando exista evidencia de la presencia o posible aprovechamiento de recursos hidrocarburíferos, incluyendo áreas promocionales o similares (4ta disposición complementaria adicional).

Candados para nuevas áreas protegidas

De aprobarse la propuesta de proyecto de ley, se requeriría también un “refrendo” o validación por parte del MINEM para crear área natural protegida, zonas de amortiguamiento (su cinturón de protección), zonas reservadas y áreas de conservación regional, cuando exista evidencia de la presencia o posible aprovechamiento de recursos hidrocarburíferos, incluyendo áreas promocionales o similares (artículo 7).

El Ministerio del Ambiente y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) deben pronunciarse sobre este proyecto de ley, en el marco de nuestra normativa nacional, así como del respeto a los compromisos ambientales del Tratado de Libre Comercio del Perú con Estados Unidos; así como de compromisos internacionales en el marco de la lucha contra el cambio climático, como el Acuerdo de París y el Convenio de Diversidad Biológica.

Fuente: Caretas

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