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Medio Ambiente

¿REPSOL nos recuerda que es necesario proteger mejor nuestro ambiente?

Por: Pier Paolo

El arrojo del contenido de más de 6000 barriles de petróleo al Mar de Grau nos ha alertado sobre la debilidad del sistema nacional de fiscalización ambiental, que ha generado impunidad en aproximadamente 480 derrames de petróleo en la Amazonía, como ha recordado Verónika Mendoza citando un estudio de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, así como en los no contabilizados vertimentos de residuos sólidos y aguas residuales a casi todos nuestros ríos, como ocurre con nuestro río Huallaga. Pues la impunidad en los daños ambientales es el principal incentivo al descuido, negligencia o dolo en las actividades que dañan nuestra salud, nuestras aguas, nuestra tierra, nuestro aire y a las plantas y animales que viven en nuestro ambiente.

¿Cómo cortar con esa impunidad?

1 Aplicando la ley existente, tanto en los campos administrativos, como penales y civiles. 1.1 En lo administrativo, el llamado “paquetazo ambiental” (Ley 30230) dado en el gobierno de Ollanta Humala y mantenido en el de Pedro Pablo Kucynski, debilita la sanción  a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Así, bajo ese marco, “no adoptar las acciones de primera respuesta establecidas en la normativa o en el Plan de Contingencia del instrumento de gestión ambiental, en caso de emergencias ambientales”, tiene un tope de hasta 2,700 UITs, equivalentes a S/ 12 millones 420 mil. Igual multa correspondería por “No realizar las acciones necesarias que garanticen el aseguramiento del área afectada y la reducción de los riesgos de incrementar la afectación o contaminación, una vez ejecutadas las Acciones de Primera Respuesta. Dónde la multa es sustantivamente mayor es en el incumplir las labores de rehabilitación incluidas en el plan respectivo. Allí puede llegar a 15 mil UITs, que equivalen a 69 millones de soles. Evidenciar dichas faltas le corresponde al OEFA vía acciones de supervisión, que luego deben sustentar procedimientos administrativos sancionadores. Como antecedente tenemos que según el portal Convoca.pe, Repsol ya había derramado petróleo el 2013 y, al igual que ahora, también había mentido sobre ese hecho. Por lo que el OEFA le impuso una multa de S/ 277 mil. Hoy esa actitud complaciente debe ser reemplazada por una mucho más enérgica, comenzando por fiscalizar si REPSOL cumple con las exigencias de seguridad propias de una actividad de muy alto riesgo. Y si se confirma que nos las cumple (lo que notamos al ver su nula reacción los primeros días del desastre), habría que suspender sus operaciones. Asimismo, corresponde revisar las normas contenidas en los contratos que le otorgan derechos a REPSOL respecto del petróleo peruano.

1.2 En lo penal, la Fiscalía Especializada en Delitos Ambientales deberá probar que directivos de Repsol no hicieron cumplir las normas ambientales. Sin embargo, la experiencia nos dice que estos procesos suelen demorar años con resultados inciertos.

1.3 En lo civil es donde el hambre de justicia podría ser saciado. Pues a REPSOL le corresponde indemnizar tanto a las personas naturales y jurídicas afectadas por su derrame de petróleo, como al Estado por el daño ambiental.

1.3.1 Así REPSOL debe indemnizar a pescadores y operadores de servicios turísticos por el lucro cesante al verse limitados en las actividades que les generaban ingresos ordinariamente. También a las personas y organizaciones que han incurrido en gastos para limpiar el petróleo en el mar, en las playas y en los animales atendidos. El Poder Ejecutivo vía sus ministerios de Producción, Turismo y Justicia debe darles asesoría legal, según tipo de actividad afectada.

1.3.2 Y además debe reparar los daños ambientales a las playas desde Ventanilla hasta Pasamayo, las dos áreas naturales protegidas afectadas y en general, al mar de Grau y al litoral y a los seres vivos que lo habitan. El procurador del Ministerio del Ambiente deberá, dentro del proceso correspondiente, hacer una valoración de dichos daños, que han de ser cuantiosos.

2 Pero además de aplicar las normas existentes, corresponde al Estado Peruano, fortalecer la institucionalidad ambiental para mejorar la evaluación y fiscalización ambiental, como lo acaba de señalar el comunicado de Nuevo Perú. No sólo para evitar desastres petroleros, sino en general, para contener el daño ambiental en nuestro país. Si tan sólo se prohibieran las actividades extractivas en la Amazonía y se intensificara una fiscalización preventiva de la deforestación de nuestros bosques y la contaminación de nuestros ríos, este recordatorio que REPSOL nos ha hecho para proteger mejor nuestro ambiente, ayudará al corte de la impunidad con que hoy operan los destructores de la Naturaleza.

La respuesta ciudadana nos señala el camino para lograrlo.

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