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Opinión

 Abel Cárdenas: Fiscal de la nación salió ocho veces del país sin previa publicación de su autorización de viaje

La fiscal de la nación, Patricia Benavides, ha viajado 10 veces al extranjero desde que asumió el cargo. En ocho de esos casos, salió del país sin publicar, previamente, la resolución de autorización en el Diario El Peruano, como indica la Ley N° 27619 y la norma interna del Ministerio Público. Especialistas en derecho constitucional sostienen que este hecho recurrente configura una infracción que podría generar un proceso disciplinario a varios funcionarios, entre ellos a la propia titular de la entidad.

IRREGULAR. Abogados consultados sostienen que es necesario investigar estos hechos, que revelan la vulneración de la Ley N° 27619.

En poco más de un año de gestión, la fiscal de la nación, Patricia Benavides, ha realizado 10 viajes al extranjero. La mayoría de ellos estuvieron vinculados a su participación en eventos internacionales, talleres y reuniones con sus pares de otros países. Solo uno, a Estados Unidos, fue para cumplir una diligencia fiscal con carácter reservado.

Para salir del país, la fiscal de la nación debe cumplir los requisitos estipulados en el Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al tesoro público. Y, también, los detallados en la norma para la entrega de fondos por viáticos y asignaciones para la realización de comisiones de servicios, del Ministerio Público.

El reglamento de la Ley N° 27619 indica que la resolución de autorización de viajes al extranjero de todo funcionario público debe publicarse en el diario oficial El Peruano con anterioridad al viaje, siempre y cuando genere gastos a la entidad pública. La resolución debe detallar el destino, el motivo, la justificación, duración y montos de gastos.

La norma interna del Ministerio Público, mientras tanto, especifica que los viajes “serán autorizados mediante resolución de la Fiscalía de la Nación y publicados en El Peruano, con anterioridad a la fecha del viaje”.

Sin embargo, OjoPúblico encontró que, en ocho de los viajes realizados al extranjero por la fiscal de la nación, no se cumplió con la publicación previa de la autorización del viaje en El Peruano. En otras palabras, el incumplimiento a la ley y las normas de la institución ha sido reiterado.

En cinco de esas ocho salidas del país, la publicación de las resoluciones de autorización se realizó el último día de cada uno de los viajes. En los tres restantes, mientras tanto, esto se dio en ediciones que corresponden a un día después del término del viaje. Las resoluciones, no obstante, llevan fechas anteriores a la salida del país de la fiscal.

“Está regularizando una situación que, a todas luces, vulnera la normatividad vigente, que es transparentar los viajes que realizan los funcionarios públicos. Si ya viajó, ¿entonces para qué lo publica? Se supone que eso deberíamos saberlo antes, no después”, cuestionó el abogado en derecho constitucional y docente de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), Henry Carhuatocto.

El especialista también indicó que, si fuera un solo viaje, podría considerarse un caso aislado, pero al tratarse de varias resoluciones, refleja una conducta sistemática. “Si son varios [incumplimientos] eso es una conducta reiterativa que, no solo es responsabilidad del sector, sino del funcionario competente, que no puede viajar sin que esté su resolución prepublicada”, dijo.

Si bien el reglamento de la Ley Nº 27619 establece que el responsable de la publicación en el diario El Peruano es la Oficina General de Administración o su similar en cada entidad, los abogados consultados consideran que, en este caso, también podrían estar involucrados otras personas: desde la encargada de la publicación y la que firma las resoluciones, hasta el mismo funcionario que sale de viaje, por lo que coincidieron en la necesidad de que se investigue para establecer el nivel de responsabilidad.

“Sí se puede abrir una investigación administrativa con el fin de conocer qué pasó, dónde estuvo la demora y por qué dicha persona viajó sin haber publicado antes la disposición (…)  Esa regularización es un acto posterior que no desaparece la infracción administrativa, solo confirma que hubo la infracción”, indicó Romy Chang, abogada en derecho penal constitucional.

Las ocho resoluciones de autorización de viaje al extranjero de la fiscal de la nación que generaron gasto a la entidad llevan su firma. ¿La razón? Según la norma interna del Ministerio Público, es su competencia autorizar los viajes de los fiscales supremos, previo acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos.

Viajes al extranjero

En un año de gestión, Patricia Benavides ha realizado 10 viajes al extranjero. De todos ellos, dos fueron cubiertos por la Unidad Ejecutora N°11, un proyecto financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Los ocho restantes, en cambio, sí generaron un desembolso económico de la entidad, que suma un total de USD 31.228,67 de acuerdo a los montos difundidos en El Peruano.

Este dato es relevante debido a que la Ley N° 27619 establece que solo las resoluciones de viaje que generen gastos a la entidad pública deben publicarse con anterioridad. Las que no irroguen gasto, en cambio, no están obligadas a difundirse.

El primer registro de la fiscal de la nación corresponde a un viaje a Chile, realizado entre el 25 y el 30 de agosto de 2022. Sin embargo, la autorización recién se publicó en la edición de El Peruano del 30 de agosto, último día fuera del país, cuando la norma indica que debe hacerse con anterioridad.

Según la resolución, el motivo fue una reunión con autoridades de la Fiscalía Nacional de Chile para compartir experiencias sobre la lucha contra la delincuencia organizada transnacional. En este contexto, el Ministerio Público asignó USD 4.086,67 como presupuesto para pasaje, viáticos, seguro y gastos de instalación.

Fiscalía

PUNTA CANA. La resolución del viaje de Patricia Benavides a República Dominicana se publicó el 29 de julio, un día después de haber culminado.
Foto: Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos

El segundo viaje de la fiscal de la nación fue a España. En este caso, estuvo fuera del país entre el 17 y 24 de setiembre del año pasado. La resolución de la Fiscalía también se publicó durante el último día del viaje: el 24 de setiembre de 2022.

En esta oportunidad, la salida fue catalogada como una visita de estudios a entidades del sistema de justicia de España, para recoger experiencias en formación de fiscales. Para eso, la entidad destinó USD 1.080 por concepto de gastos de instalación.

El tercer viaje, a Estados Unidos, ocurrió entre el 24 y el 28 de octubre de 2022. En este caso, la fiscal de la nación participó de un taller sobre trata de personas. A diferencia de los anteriores, los gastos fueron asumidos por la Unidad Ejecutora N° 11, por lo que su financiamiento proviene del BID. Por ese motivo, esta salida del país no fue considerada en el análisis de OjoPúblico.

Un mes más tarde, la fiscal de la nación volvió a salir de Perú. Esta vez, para participar de una reunión interregional sobre la Ley de Tráfico de Vida Silvestre, realizada en Tailandia entre el 27 de noviembre y el 3 de diciembre de 2022. La resolución fue publicada el 3 de diciembre, es decir, el último día de viaje, como en dos de las tres salidas anteriores.

Aunque el pasaje fue costeado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), la Fiscalía asignó USD 4.577 para los viáticos, el seguro y los gastos de instalación de Patricia Benavides.

El quinto viaje, con destino a Estados Unidos, ocurrió entre el 5 y el 7 de febrero de este año. No obstante, la resolución de autorización fue publicada el 8 de febrero, un día después de finalizado el mismo. El motivo fue una diligencia fiscal reservada. El Ministerio Público destinó USD 3.860 para el pasaje, viáticos, gastos de instalación y seguro.

A estos se suman otra salida del país, realizada entre el 11 y el 18 de marzo de 2023. En esta oportunidad, la fiscal viajó a España, Suiza y Andorra, para sostener reuniones de cooperación internacional entre ministerios públicos.

La resolución de autorización, de nuevo, se publicó durante el último día fuera. Para realizar este viaje, la Fiscalía le asignó a Patricia Benavides USD 8.500 en concepto de pasajes, viáticos, seguro y gastos de instalación.

Fiscalía

BRASIL. Patricia Benavides viajó del 16 al 18 de agosto de este año a Brasil, para un evento del Mercosur. La resolución se publicó recién el 19 de agosto.
Foto: Ministerio Público

Entre el 10 y el 11 de mayo de este año, además, la fiscal Benavides estuvo en Argentina. Viajó hasta allí para participar de la XXXIII Reunión Especializada de Ministerios Públicos del Mercosur. Sin embargo, la autorización se publicó el 12 de mayo, un día después del término de su estadía fuera del país. En ese caso, la entidad desembolsó USD 3.110 para gastos de pasaje, viáticos y gastos de instalación.

Su octava salida de Perú ocurrió entre el 18 y el 25 de junio último. El destino fue España, donde se celebró un evento sobre justicia digital. Este viaje también fue financiado por la Unidad Ejecutora N° 11 y, por lo tanto, no se consideró en el análisis de OjoPúblico.

Un mes más tarde, entre el 26 y el 28 de julio, la fiscal viajó nuevamente al extranjero. Esta vez, a República Dominicana, para participar de la Asamblea de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos. Sin embargo, como en casos detallados previamente, la resolución se publicó recién un día después, el 29 de julio. Para este viaje, la entidad destinó USD 3.408 en concepto de pasaje, viáticos y gastos de instalación.

Por último, entre el 16 y el 18 de agosto pasado, Patricia Benavides viajó a Brasil, donde se desarrolló la Reunión Especializada de Ministerios Públicos del Mercosur. En esta oportunidad, la publicación de su resolución, de nuevo, se hizo con retraso: el 19 de agosto. En ese caso, el Ministerio Público le asignó un presupuesto de USD 2.607 para sus gastos de pasaje, viáticos y gastos de instalación.

Responsabilidades administrativas

De acuerdo a la norma para la entrega de fondos por viáticos y asignaciones vinculadas a comisiones de servicios del Ministerio Público, la solicitud para un viaje al extranjero debe presentarse con una anticipación de 10 días hábiles. Un período de tiempo suficiente para cumplir con lo establecido en la ley, como la publicación previa de la autorización en El Peruano.

El documento también precisa que la fiscal de la nación es la encargada de autorizar los viajes de los miembros de los fiscales supremos, previo acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos. En otras palabras, en el caso de la fiscal de la nación, aunque las resoluciones publicadas en El Peruano salen con su firma, eso no significa que esté exenta de un proceso de autorización.

Tras la aprobación del viaje, la máxima autoridad de la Fiscalía debe coordinar con la Secretaría General para que esta solicite el presupuesto y la publicación de la resolución en el diario oficial El Peruano.

LA FISCAL DE LA NACIÓN AUTORIZA LOS VIAJES DE LOS FISCALES SUPREMOS, PREVIO ACUERDO DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS”.

 

 

Romy Chang, abogada especialista en derecho penal constitucional, indicó que, pese a eso, habría más de un responsable. Entre ellos, el funcionario que firma la resolución y, también, el propio fiscal que sale de viaje.

Sobre este último, indicó que se le podría investigar por dos aspectos: la necesidad y urgencia de la salida del país en cada uno de los viajes, y por el hecho de no verificar que su resolución haya sido publicada antes de viajar.

“También hay una irregularidad administrativa [del funcionario que viajó], porque no debió viajar hasta que esté publicada [la resolución de autorización] en El Peruano, pues lo que no se publica en El Peruano es como que no existiera”, resaltó.

En la misma línea, el abogado constitucionalista Henry Carhuatocto recordó que la publicación previa de los viajes sirven para analizar la necesidad del mismo. “Es importante [la publicación de] la resolución de salida pues, no solamente es ver el presupuesto, sino también la necesidad del viaje, y si podría haber una situación que implique conflicto de intereses, que debe ser alertado”, declaró.

Fiscalía

SISTEMÁTICO. Especialistas en derecho constitucional indicaron que estamos ante un práctica reiterativa que debe investigarse.
Foto: Andina

 

Por su parte, el abogado constitucionalista y docente de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), Nelson Salazar, coincidió en qué en este hecho la responsabilidad no solo podría estar en el funcionario del Ministerio Público encargado de la publicación, sino también en la fiscal de la nación e incluso en el personal de El Peruano.

El especialista indicó que la demora podría haberse dado en tres escenarios: una sería que la persona encargada de firmar la autorización, en este caso la fiscal de la nación, no le haya entregado el documento a tiempo a la Secretaría General para que coordine con El Peruano, el segundo escenario se podría haber dado entre el personal administrativo y el tercero con el personal del diario oficial.

En su opinión también podría haber responsabilidad en el funcionario que viajó, siempre y cuando se confirme que no se emitió la autorización. No obstante, remarcó que es necesario que se investiguen los hechos.

“Tiene que haber una investigación para conocer por qué se publicó la resolución de manera posterior. La investigación determinará si el responsable fue el encargado de la publicación, la persona que viajó o si hay más implicados”, aseguró.

Este medio se comunicó con el encargado de Normas Legales de El Peruano, Ricardo Montero, quien negó que exista alguna demora en la publicación de las resoluciones por parte del personal del diario, debido a que ellos difunden las mismas en la fecha que indica la propia entidad en una plataforma que manejan para el procedimiento.

“Nosotros publicamos el documento en la fecha que nos indica la entidad”, afirmó.

Procedimiento disciplinario contra fiscales

De acuerdo a la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (Ley N° 30916), esta entidad tiene la facultad de investigar la actuación de jueces y fiscales supremos de oficio o a pedido de parte. De encontrarse responsabilidad durante ese proceso, la misma tiene competencia para sancionar con amonestación, suspensión de hasta 120 días o con la destitución.

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) es el único órgano facultado para destituir a jueces y fiscales de cualquier nivel. No obstante, cuando se trata de casos que no ameriten destitución y comprometan a fiscales que no sean del rango de supremos, lo pueden derivar a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, órgano encargado de emitir sanciones leves, como amonestaciones.

En el caso de fiscales supremos —como la fiscal de la nación—, así sean casos leves o graves, la JNJ es la encargada de investigar y sancionar. Este órgano autónomo también tiene la facultad de nombrar jueces y fiscales, por lo que cumple un rol crucial en el sistema de justicia. Pese a eso, actualmente el Congreso peruano ha iniciado una investigación sumaria que podría conllevar a la remoción de todos sus miembros.

JNJ

INVESTIGADOS. El Congreso abrió una investigación sumaria contra todos los miembros de la Junta Nacional de Justicia.
Foto: Andina

El Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la JNJ establece que se puede denunciar a fiscales por faltas disciplinarias establecidas en la Ley de la Carrera Fiscal (Ley 30483) y en la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (Ley 30916), entre otras que estén vinculadas.

La Ley de Carrera Fiscal señala 22 deberes que tiene un fiscal. Entre ellos, defender la legalidad, cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley y las demás normas del ordenamiento jurídico de la Nación y respetar los reglamentos, directivas y demás disposiciones que impartan sus superiores.

De igual modo, se señala que deben guardar conducta intachable, someterse a la evaluación de desempeño y cumplir con los demás deberes señalados por ley, entre otros.

Entre las faltas que motivan el inicio de un proceso disciplinario está el desacatar las disposiciones administrativas internas del organismo fiscal, incurrir en acto u omisión que, sin ser delito, comprometa gravemente los deberes del cargo, incurrir en negligencia en el cumplimiento de los deberes propios de su cargo, ausentarse injustificadamente de sus labores, ejercer injustificadamente labores relacionadas con su función fuera del despacho fiscal, entre otros.

Nelson Salazar, abogado en derecho constitucional, indicó que si se demuestra que un fiscal supremo viajó sin haberse aprobado su autorización, podría ser sancionado por infringir el artículo 46, inciso 9, de la Ley de la carrera fiscal. Es decir, por ausentarse injustificadamente del cargo.

LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA ES EL ÓRGANO ENCARGADO DE INVESTIGAR Y SANCIONAR A FISCALES SUPREMOS”.

OjoPúblico se contactó con el área de prensa del Ministerio Público para solicitar los descargos correspondientes. Desde esta oficina enviaron un breve texto de respuesta indicando que el cumplimiento tardío de la publicación de las resoluciones de autorización de los viajes no infringe norma administrativa alguna y que, por el contrario, se han realizado en el marco de las medidas cautelares concedidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a la fiscal de la nación.

“Se ha cumplido con la publicación de las resoluciones con toda la información que ordena la norma administrativa, siguiendo la línea de seguridad dispuesta por la CIDH”, indicaron en su respuesta.

Este medio revisó la medida cautelar. Sin embargo, la misma no hace referencia al procedimiento administrativo de publicación de las resoluciones previas a los viajes.

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