Se trata de la cabeza del sistema de defensa jurídica del Estado, que se integra con todas las procuradurías municipales, regionales, ministeriales, de organismos autónomos y desconcentrados, así como las procuradurías especializadas y las ad hoc para algunos casos de especial complejidad, como el que exige la defensa del Estado en el caso Lava Jato. Conforme el artículo 46 de la Constitución cada una de ellas tiene que defender los intereses de sus entidades, que son los de las poblaciones que atienden, como lo precisa el artículo 44 del mismo cuerpo de normas supremas, que indica que “Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.” Este marco constitucional implica que cada procurador/a en cada entidad, así como los demás integrantes de cada procuraduría, están al servicio jurídico de los derechos convencionales (los que derivan de tratados internacionales) y constitucionales de las personas, según las competencias de sus entidades.
Por ejemplo, la procuraduría especializada en delitos ambientales este año se ha constituido como representante legal del Estado en el caso REPSOL, por los delitos ambientales cometidos por funcionarios de dicha empresa al no tomar las previsiones debidas para evitar el derrame que ha afectado a los pescadores, la población en general de las zonas afectadas, la biomasa y la flora y fauna del Mar de Grau desde Ancón hasta Chancay, hasta donde se ha evidenciado. La defensa legal implica centralizar el cálculo de la reparación civil que la empresa REPSOL debe pagar por el total de los distintos daños causados, al ambiente peruano, al comercio, a la pesca, al turismo y a la salud y cualquier otro. Para hacerlo, la procuraduría especializada mencionada, adscrita al Ministerio del Ambiente, requiere la cooperación de varias procuradurías: las de las municipalidades afectadas, la del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), la del Ministerio de la Producción, la del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la del Gobierno regional de Lima Provincias, principalmente. Y quizá, más, adelante, la procuraduría especializada en asuntos supranacionales. La entidad competente para coordinar a todas ellas, a fin de uniformizar la defensa jurídica del Estado, es la Procuraduría General del Estado (PGE).
Pero también debe uniformizarse la valoración de daños producidos por delitos de corrupción de funcionarios o la actuación de las entidades ante demandas donde el ciudadano está exigiendo el respeto de derechos constitucionales que se han acreditado fehacientemente. Para todo ello, la rectoría viene de la PGE. Esta rectoría además debería garantizar la autonomía funcional de cada procurador, de manera que siempre defiendan los intereses del Estado, por encima de los de sus eventuales titulares, ya sea ocupen el cargo de presidente de la República, ministros, alcaldes, o cualquier otro. Lo que implica hacerse cargo del nombramiento y cese de los o las procuradores o procuradoras de cada entidad. Y debe garantizar su capacitación adecuada para hacer frente a los intereses particulares que dañan los intereses públicos.
Por ello, la destitución del primer procurador general del Estado, Daniel Soria Luján, violando groseramente la ley que creó la PGE, que establece 5 años de permanencia en el cargo, salvo una infracción probada en un debido procedimiento, fue tremendamente dañina para todas las poblaciones y buenas causas que requieren uniformidad, coherencia y probidad en la defensa de los intereses públicos. Desde ese momento hemos venido asistiendo a un desmantelamiento de dicha defensa, con titulares nombrados ilegalmente sin ninguna competencia para dirigir dicha institución.
¿Cómo salir de esta situación?
El Presidente de la República y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos deben esperar el pronunciamiento del juzgado que está conociendo la demanda de amparo interpuesta por el primer procurador general del Estado. Ayudaría a que se instruyera al allanamiento de los procuradores que litigan contra él. E impulsar la reforma legal presentada por el entonces procurador general Soria, para que sea la Junta nacional de Justicia quien nombre a un nuevo procurador general que le dé autonomía, rectoría y estabilidad a toda la defensa jurídica de los intereses públicos. De esa manera avanzaríamos hacia un país con instituciones sólidas al servicio de la ciudadanía.
Pier Paolo Marzo R.