Por: Eco Mg. Luis Alberto Mendieta Gavirondo
El 28 de enero se da a conocer el impedimento de salida del país por 18 meses para el Gerente General de Repsol-La Pampilla, Jaime Fernández-Cuesta Luca de Tena, y otros tres representantes: Renzo Alejandro Tejada Mackenzie, Jefe del Terminal Marítimo 2 de la Refinería La Pampilla – Repsol; Cecilia Posadas Jhong, Gerente de Calidad de Medio Ambiente; y José Reyes Ruiz, Gerente de Producción.
El 25 de enero del año en curso, 2022, se da cuenta de la renuncia de dos integrantes del Directorio de Repsol. Gianna Macchiavello Casabone de Zamorano y Orlando Carbo Conte, e igualmente de los otros miembros que permanecen.
Los medios de comunicación, bien harían en entrevistarlos, por el tiempo de permanencia en el Directorio, y sobre todo, por el amplio conocimiento especializado que deben tener. Puesto que, entre renunciantes y quienes permanecen, hay algunos, que vienen de Directorios anteriores.
Según la Memoria Anual de REPSOL 2020, presentado, en febrero del 2021, presenta como integrantes del Directorio a las siguientes personas.
Varias de ellas, también antes, han sostenido vínculos con el estado (por las descripciones de las propias memorias de REPSOL), y alguna opinión deben tener, sobre la responsabilidad de REPSOL. Por transparencia, por ética, por haber representado y hecho gestión, indistintamente en ministerios, BCR, Poder Judicial (ya que ahora sabemos que existe una multa judicializada desde 2013, por un anterior derrame de petróleo), y sobre todo por ser, “técnicos y profesionales muy especializados y ampliamente conocedores de lo que gestiona REPSOL”, sus versiones sobre los hechos, resultan de importancia.
Entre aquellos, debería ser entrevistado y debería brindar opinión – por el tiempo de permanencia – ELMER CUBA BUSTINZA, quién ha sido desde el año 2014[1], miembro del Directorio de REPSOL, y además, como es ampliamente conocido, desde el año 2016, hasta hace poco del 2021, también ha sido miembro del Directorio del Banco Central de Reserva (BCR), quien fuera designado, por el Congreso del período anterior del 2016 al 2020. Por lo que, todos los medios de comunicación, deberían entrevistarlo. Tan locuaz él, para opinar de todo, “sobre la economía y finanzas en el Perú, sobre la política económica, fiscal y monetaria”. También es entonces, un “conocedor muy especializado”, en lo que procesa y gestiona REPSOL, a no dudarlo.
En la relación del Directorio está; Elena Conterno Martinelli y la propia Gianna Macchiavello Casabone, renunciante, que hicieron labor y función en el estado.
Sin embargo, vale la oportunidad por este hecho del derrame de petróleo, y por los miembros de su Directorio, interrogar. Cómo así, alguien que representa intereses de una empresa como REPSOL, es designado por el Congreso, miembro del Directorio del BCR. Probablemente, está “explicado en parte quizás”, porque la interpretación “autentica” y aplicación, de lo que dispone en su artículo 11°, la Ley Orgánica del BCR (vigente desde el 01 de enero del 1993), que se le considera inobservable, soslayada, y que no debe ni puede ser desarrollada normativamente igual, en su Estatuto.
“Artículo 11.- Los Directores deben ser peruanos, tener reconocida solvencia moral y poseer amplia competencia y experiencia en economía y finanzas. No representan a entidad o interés particular alguno y su voto debe tener en cuenta únicamente el cumplimiento de la finalidad y las funciones del Banco.”
Probablemente con el “argumento”, que debe existir la prohibición expresa y literal necesariamente, como lo hace el artículo 12° de la Ley Orgánica, y que en tanto no se ha prohibido, entonces, no alcanza a quienes representan a los Directorios de empresas privadas, tengan o no, contratos con el estado, entre otros, y por ello, no expresarían ni tendrían “interés particular alguno”. A consuno con esta merituación, pueden ser miembros del BCR. No obstante que, la propia Constitución, promulgada en diciembre de 1993, en su artículo 86°, literal y de manera expresa, reza similar, al artículo 11° de la Ley Orgánica.
“Artículo 86º El Banco es gobernado por un Directorio de siete miembros. El Poder Ejecutivo designa a cuatro, entre ellos al Presidente. El Congreso ratifica a éste, y elige a los tres restantes, con la mayoría absoluta del número legal de sus miembros.
Todos los directores del Banco son nombrados por el período constitucional que corresponde al Presidente de la República. No representan a entidad ni interés particular algunos. El Congreso puede removerlos por falta grave. En caso de remoción, los nuevos directores completan el correspondiente período constitucional.”
Será por ello, “por ser inobservable” y que se puede soslayar estas disposiciones, que en el actual Estatuto del BCR (que fue aprobado en el año 2009 a propuesta del actual Presidente del BCR), pesaron otras valoraciones y consideraciones, y no había porque observar, ni concordar, estas puntualizaciones imperativas que se resaltan. E igual, ni reparar y tener muy en cuenta, lo contradictorio que resultan estas designaciones, de representantes del sector privado en ejercicio, con la función que cumple el BCR; frente a los intereses de particulares. Y, como la ley, no lo prohíbe expresa y literalmente, quienes representan a Directorios de empresas privadas, entonces sí, pueden ser miembros del BCR
Sin embargo, curiosamente, de manera expresa y literal, en el Estatuto vigente, el siguiente artículo 8°, está más orientado en relación al estado, que a la de los intereses privados.
“Artículo 8.- El Banco es gobernado por un Directorio de siete miembros, designados de conformidad con el artículo 86 de la Constitución y los artículos 9 y 11 de la Ley Orgánica. No representan a Poder del Estado, ni a entidad o interés particular alguno.”
Es así, como el Directorio del BCR, no obstante la función que cumple, ha contado con representantes de Directorios, como de REPSOL. Y, desde el año 2016, ELMER CUBA BUSTINZA, se incorporó como miembro del Directorio del BCR, como se sabe, en los extractos de la relación histórica de sus integrantes.
Por ello, se precisa, quién figura – según Memoria de REPSOL del 2020 – como integrante del Directorio de esta empresa, debe explayarse brindando algunas explicaciones al país. Así como otros miembros salientes y que permanecen en el directorio de REPSOL, puesto que antes laboraron para el estado. Además, es una responsabilidad de ética profesional y de ciudadano. Y en el caso del exintegrante del BCR, vale destacar, no era sólo miembro del Directorio de REPSOL, en los periodos señalados, sino que también resultó, Presidente del Comité de Auditoria de la empresa REPSOL. Por lo que debe tener mayor información, conocimiento y especialización. A continuación las Memorias de REPSOL y del Comité de Auditoria de REPSOL.
Sin embargo como ya se ha dicho, existen otros profesionales integrantes del Directorio de REPSOL, que por su paso por el estado, deberían dar opinión y bien vale que sean entrevistados. Puede verse en los extractos seguidos que se presentan – a algunos de ellos – que tuvieron estos vínculos con el estado, además del hoy, recién ex miembro del Directorio del BCR.
Como se verá, las opiniones de estos profesionales, no resultaría nada desdeñable para tener mayores elementos de juicio en las investigaciones. Y deberá tomarse en cuenta el Grado de vinculación de los integrantes del Directorio de REPSOL, que es informada por las Memorias.
Como se prueba, algunos profesionales desempeñaron cargos y funciones en el estado peruano y pueden aportar a las investigaciones en curso. Salvo mejor opinión.
Finalmente, resulta muy elocuente la Carlincaturas, a propósito también, sobre la multa propinada a REPSOL por un derrame de petróleo en febrero del 2013 según se ha informado, judicializada hasta el momento. Bien se les podría preguntar, a algunos integrantes de este último y anterior directorio de REPSOL, por sus funciones y trayectoria profesional.
La República, 31 de enero 2022. Pág. 8.
[1] Memoria Anual 2020, 2019, 2018. LAMG.