Mudo Social – Noticias del Perú
Opinión

Milagros Berríos: Universidades San Martín y Telesup concentran S/17,8 millones en multas impagas

SANCIONES. Hasta abril de 2024, 32 universidades registraban deudas en la Unidad de Ejecución Coactiva de Sunedu. Sin embargo, la mayoría de casos han sido judicializados.

 

Un grupo de universidades privadas y públicas acumulan más de S/55 millones de multas sin pagar, por infracciones como el uso de recursos financieros para fines no educativos o por no aplicar medidas disciplinarias en casos de hostigamiento sexual. La investigación de OjoPúblico, que accedió a ocho años de información e historial de sanciones, identifica que las universidades con más deudas son la San Martín de Porres (S/ 9,5 millones) y Telesup (S/ 8,3 millones); aunque estas han llevado sus casos al Poder Judicial. San Marcos, en tanto, adeudaba más de S/95.000; sin embargo, en noviembre de 2023, la actual gestión de la Sunedu emitió una resolución con la que se anuló dicha sanción.

Al menos 32 universidades públicas y privadas acumulan S/55’261.763 de multas impagas, hasta abril de este año, por infracciones como el uso de sus recursos sin fines educativos, ofrecer el servicio sin licencia, no informar sobre la situación de sus estudiantes tras la denegatoria o incumplir medidas disciplinarias por casos de hostigamiento sexual ante la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).

A partir de una serie de solicitudes de acceso a la información pública y la revisión de las resoluciones del consejo directivo y de la Unidad de Ejecución Coactiva de Sunedu, OjoPúblico pudo determinar que, entre 2017 y 2024, 54 sanciones a universidades llegaron a procedimientos de ejecución coactiva. En otras palabras, la superintendencia pasó a exigir el pago de esas multas ante la renuencia y el incumplimiento de las casas de estudio.

En el periodo analizado, la universidad con el mayor monto de multas impagas es la San Martín Porres, que suma más de S/9,5 millones, seguida por la Universidad Privada Telesup, con licenciamiento denegado y más de S/8,3 millones adeudados.

Luego, aparecen otras dos denegadas: la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, con sede central en Puno, y la Sergio Bernales, en Lima, con S/6 millones y S/4,9 millones, de manera respectiva. Solo esas cuatro universidades —cuyos casos se encuentran judicializados y, en consecuencia, suspendidos— representan más de la mitad del total de multas.

Las universidades privadas son las que acumulan el grueso de sanciones impagas: más de S/53,4 millones. En tanto, las públicas representan S/1,8 millones.

En paralelo, las que tienen el licenciamiento denegado —es decir, no lograron acreditar las condiciones mínimas para ofrecer el servicio educativo— registran más de S/35,6 millones, mientras que las autorizadas suman S/19,5 millones.

En la relación oficial de 32 casas de estudios figuran también otras con miles de estudiantes, como César Vallejo, Inca Garcilaso de la Vega, Alas Peruanas, Federico Villarreal, San Luis Gonzaga de Ica, Agraria La Molina, la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios o la Hermilio Valdizán de Huánuco.

La Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) también registró un caso que llegó a la Unidad de Ejecución Coactiva, vinculado a la promoción de 73 docentes a las categorías principal y asociado, que no contaban con el grado académico de maestro y doctor. El 23 de noviembre de 2021 fue sancionada con S/95.150.

Sin embargo, dos años después —el 22 de noviembre de 2023—, el reconfigurado consejo directivo de la Sunedu emitió una resolución que declaró fundada una solicitud de revisión de oficio y declaró nulas las resoluciones vinculadas a este proceso. Es decir, la UNMSM ya no tendrá que pagar los más de S/95.000 que tenía como multa.

San Marcos

CAMBIO. La anterior gestión de Sunedu multó a San Marcos con más de S/95.000, pero la nueva administración anuló la sanción argumentando que no se cumplió el debido proceso.
Foto: Sunedu

Este es el panorama a 10 años de la Ley Universitaria N° 30220, promulgada el 9 de julio de 2014, a partir de la cual se creó la Sunedu y el reglamento de infracciones y sanciones para aquellas universidades que incumplían con sus obligaciones al brindar el servicio educativo.

No obstante, la nueva gestión de la Sunedu ha cuestionado este reglamento y a las multas impuestas a universidades infractoras. El 12 de abril de 2023, el superintendente Manuel Castillo Venegas calificó a la gestión que lo antecedió como “draconiana, policíaca, persecutoria, coactiva y sancionadora” y dijo que revisará el reglamento de sanciones.

Recientemente, el 22 de mayo, la Sunedu aprobó un nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF), donde desaparecen las direcciones de licenciamiento, supervisión y fiscalización —que operaban de manera individual— y ahora sus funciones se concentran en una sola: Dirección de Evaluación del Servicio Educativo Superior Universitario.

El 7 de julio pasado, a través de una columna de opinión en el diario Expreso, Castillo Venegas dijo que “en el pasado constituía un logro multar a las universidades para generar recursos económicos”. En sus palabras, el logro en la actualidad es el acompañamiento a las universidades, las supervisiones preventivas y las visitas in situ. “Sí grafican la realidad del sistema universitario”, añadió.

Los casos

OjoPúblico elaboró una base de datos con las resoluciones del consejo directivo de Sunedu, las resoluciones de ejecución coactiva, y con información del estado y los saldos por cobrar registrados por la Unidad de Ejecución Coactiva, entre enero de 2016 y el 15 de abril de 2024. Para ello solo se consideró a las universidades públicas y privadas, licenciadas o denegadas, registradas en la superintendencia. Quedaron excluidas las personas jurídicas y naturales que ofrecían servicio educativo sin ser reconocidas por la entidad supervisora.

A partir de ello se ha podido determinar que, entre abril de 2017 y enero de 2024, se dio inicio a procedimientos de ejecución coactiva de 54 sanciones impuestas a universidades de todo el país. Esto a fin de que se cumpla de manera forzosa con el pago cuando el administrado no lo hace de manera voluntaria.

Janeyri Boyer Carrera, abogada especializada en derecho administrativo y políticas públicas, detalla que, cuando se supera el plazo para que el administrado cumpla el pago, la institución puede pasar al procedimiento de ejecución forzosa, que puede ser coactiva, aunque depende de cada entidad.

“La ejecución forzosa es un procedimiento célere que consiste en que la administración usa el mecanismo legal para que el administrado cumpla con lo que debe. Para eso debe haber una obligación deliberadamente incumplida”, explica  la doctora en Derecho. Esto solo ocurre en las sanciones ya confirmadas; es decir, que superaron los procesos de apelación o reconsideración.

La Unidad de Ejecución Coactiva de Sunedu registraba, hasta el último 15 de abril, 32 universidades públicas y privadas que acumulaban S/55’261.763 de saldo a pagar, sin considerar impuestos y costas (gastos del proceso). Aunque, hasta julio de este año, hay universidades que han cancelado su deuda o judicializado el proceso, el monto total no ha sufrido una variación importante.

Del grupo analizado, de acuerdo a la información oficial, la universidad que registra el monto más alto por multas es San Martín de Porres, con S/9’475.568, por dos procesos administrativos, cuyas sanciones se emitieron en 2019 y 2021.

El primer proceso está referido al uso de activos para realizar operaciones con siete de sus empresas, entre ellas el club deportivo San Martín de Porres, y con un fondo de inversión, que no tenían un fin educativo, según la Sunedu.

En la resolución del consejo directivo N° 100-2019, del 26 de julio de 2019, también se estableció, entre otras medidas correctivas, iniciar en un plazo de 30 días el proceso de vacancia del rector José Antonio Chang Escobedo, exministro de Educación del gobierno de Alan García.

Sin embargo, casi cuatro años después —el 19 de diciembre de 2023— el Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por Chang Escobedo y anuló la medida de Sunedu que dispuso su vacancia del cargo.

USMP

UNIVERSIDAD SAN MARTÍN. En 2019, la Sunedu dispuso el inicio del proceso de vacancia del rector José Antonio Chang; sin embargo, en 2023, el TC anuló dicha medida correctiva.
Foto: Andina

Ese primer proceso administrativo —con una deuda que asciende a los S/8 millones— fue judicializado por la universidad, lo que, en consecuencia, suspendió la ejecución coactiva notificada el 31 de diciembre de 2019. Esto aún impide que se aplique medidas para exigir el pago de la multa hasta que un juez lo decida.

De los 54 casos de ejecución coactiva correspondientes a 32 universidades, más de la mitad (28) se encontraban judicializados hasta abril último. Otros 20, en procedimiento de ejecución coactiva vigente, cuatro suspendidos por fraccionamiento y dos corresponden a una universidad en procedimiento concursal, que también paraliza el pago de la multa.

Para el exsecretario general de la Sunedu, Joseph Dager Alva, las universidades, generalmente, optan por judicializar sus casos porque consideran que la multa es onerosa o no están de acuerdo con haber cometido una falta.

“Hay universidades que se basan en la autonomía universitaria y dicen ‘no somos universidades públicas’ (…) y, por lo tanto, tenemos la iniciativa de usar recursos como creamos conveniente. La interpretación de la Sunedu es otra: como eres universidad, aunque seas privada, no pagas impuestos y recibes beneficios del Estado. Pero si, además, eres sin fines de lucro, no puedes esconder tus ganancias (…) debes invertir en fines universitarios y un equipo de fútbol no es un fin universitario”, señala el docente universitario y doctor en Historia.

Otro proceso que también figura como judicializado, según el registro oficial de la Sunedu, corresponde a la Universidad César Vallejo. La sanción cuyo pago ha sido suspendido es de S/2’071.247.

Se trata de un caso identificado por OjoPúblico, en el que la anterior gestión de la Sunedu sancionó a dicha casa de estudios por asignar dos departamentos dúplex, depósitos y estacionamientos, en San Isidro y Trujillo, a favor de su dueño y fundador del partido Alianza para el Progreso, César Acuña Peralta, para fines distintos a los universitarios, entre 2017 y 2019.

La entidad supervisora también identificó que la casa de estudios había gastado en exceso S/6,8 millones, entre 2015 y 2019, para la construcción de un campo deportivo dentro de un predio del ahora gobernador regional de La Libertad.

Departamento acuña

 ZONA EXCLUSIVA. Según Sunedu, la UCV le asignó a César Acuña un departamento dúplex, estacionamientos y depósitos ubicados en la cuadra nueve de la Av. Pezet, en San Isidro.
Foto: OjoPúblico / Milagros Berríos

El uso de recursos sin fines educativos es una infracción frecuente (9) en los procesos analizados. Otras; sin embargo, también están vinculadas a la prestación del servicio educativo sin licencia o con licencia vencida (19), ofrecer carreras o establecimientos no autorizados (3), y no haber ejercido atribuciones disciplinarias por casos de hostigamiento sexual (6).

A estos se suman el incumplimiento de medidas preventivas o correctivas de Sunedu (5), no acatar la Ley Universitaria ante presuntos plagios o al otorgar grados (8), y no presentar el informe anual de inversiones de excedentes (1). Asimismo están los casos en que las universidades no informan del cese de actividades o de la situación de los estudiantes cuando se deniega la licencia.

Los casos en ejecución coactiva corresponden, en su mayoría, a universidades con licenciamiento denegado, mientras que el resto a licenciadas. Los montos acumulados de las multas también van en ese sentido: S/35’684.561 y S/19’577.202, respectivamente.

La casa de estudios denegada que adeuda más multas en el ámbito coactivo es la Universidad Privada Telesup, que registra dos procesos cuyo saldo por cobrar suma más de S/8,3 millones. Sin embargo, ambos también se encuentran judicializados, lo cual dilata su ejecución.

La primera sanción, del 29 de marzo de 2019, se aplicó por prestar servicio sin contar con licencia de funcionamiento en locales en el distrito de Ayacucho, en la región del mismo nombre, en Wanchaq, de Cusco, y en San Andrés, en Ica, de acuerdo a la resolución del consejo directivo N° 041-2019.

La segunda, del 30 de julio de 2020, se impuso por no informar en 60 días calendario el plazo de cese de actividades, ni presentar la información sobre los estudiantes luego de que se le denegara la licencia el 24 de mayo de 2019.

Estos casos empezaron con denuncias de ciudadanos o por indagaciones de oficio. Antes del cambio del ROF de la Sunedu —de mayo pasado— estas acusaciones debían pasar por las direcciones de supervisión y, luego, fiscalización y sanción, la cual decidía si se iniciaba un procedimiento administrativo sancionador. La sanción, finalmente, la definía el consejo directivo de la Sunedu.

Una vez fijada la sanción, la universidad puede interponer un recurso de reconsideración. Si se declara infundado, la decisión queda firme en vía administrativa. No obstante, la casa de estudios puede interponer una demanda contenciosa administrativa ante el Poder Judicial y, de ser el caso, la institución ya no puede acogerse a la reducción del 25% de la deuda.

Si la universidad no paga de manera voluntaria, el caso pasa a manos de la Unidad de Ejecución Coactiva. No obstante, allí también pueden fraccionar su deuda hasta por 72 meses si son montos mayores a S/100.000.

De acuerdo a la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, entre las medidas cautelares figuran la retención de bienes, valores y fondos en cuentas bancarias, siempre que la sanción no esté judicializada. No obstante, su ejecución depende de cada entidad.

El dinero de las multas obtenidas en ejecución coactiva son recursos recaudados por Sunedu, pero estos, según el decreto supremo 043-2022-EF, pasan al tesoro público.

El caso San Marcos

El 23 de noviembre de 2021, la Sunedu sancionó a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) con una multa de S/95.150 por promover, entre 2014 y 2017, a 73 docentes a las categoría principal y asociado, pese a que no cumplía con el grado de doctor y maestro requerido, según la resolución del consejo directivo N° 128-2021.

Uno de los cuestionamientos era la exigencia del grado de maestro y doctor, de acuerdo a la Ley Universitaria. San Marcos adujo como argumento la prórroga de cinco años —ampliada hasta finales de diciembre de 2023— fijada por el Tribunal Constitucional para que se cumpla con dicha exigencia. Sin embargo, Sunedu señaló que esta excepción regía para los docentes que ya estaban en el cargo y que no cumplían con requisitos, pero no para los procesos de promoción docente.

El 13 y 14 de diciembre de 2021 se presentaron tres recursos de reconsideración ante la Sunedu a fin de anular la sanción. Sin embargo, todos fueron declarados infundados.

En paralelo, el Congreso ya tenía en sus manos el proyecto de ley que “restablece la autonomía universitaria en Perú”, la cual permitió que la Sunedu sea ocupada por un sector de las instituciones que deben ser supervisadas. Se trata de la iniciativa también conocida como contrarreforma universitaria.

Por esos días, la rectora de la UNMSM, Jeri Ramón Ruffner, rechazó dicha sanción y la calificó como un acto de “revancha” por respaldar la iniciativa legislativa. “Por qué tengo que cargar con la culpa de otros rectores, por qué no sancionaron a otros rectores, por qué cuando salgo a hablar de autonomía universitaria”, dijo el 13 de diciembre de 2021, sobre este proceso sancionador iniciado en 2020.

Seis meses después de emitida la sanción —19 de mayo de 2022— la Sunedu notificó el inicio del procedimiento de ejecución coactiva a San Marcos, debido a que aún no había cumplido con el pago de la deuda.

Coactivo

DOCUMENTO. El 19 de mayo de 2022, la Unidad de Ejecución Coactiva notifica a San Marcos el inicio del procedimiento por adeudar S/95.150 a causa de un proceso administrativo sancionador.
Imagen: OjoPúblico

El 16 de octubre de 2023, Fernando Demetrio Carcelén Cáceres, defensor universitario de San Marcos; Emilio Marcelo Castillo Jiménez, secretario general del Sindicato Único de Docentes de San Marcos, así como Richard Porras Torres y Fayrath María Vela León, quienes se presentan como alumno y egresada, respectivamente, presentan una solicitud administrativa ante la nueva gestión de la Sunedu.

En ella requerían una nueva revisión de oficio del procedimiento administrativo sancionador y la nulidad de la resolución que declaró infundadas las tres reconsideraciones de 2021. Esto, a su vez, dejaba sin efecto la multa impuesta a la universidad.

Diez días después, este pedido ya había sido analizado por el jefe de la oficina de asesoría jurídica de Sunedu, Carlos Mesía Ramírez, expresidente del Tribunal Constitucional (TC) y excongresista.

Revisión

SOLICITUD. El 16 de octubre de 2023, la Sunedu recibió el pedido de revisión de oficio al proceso contra San Marcos y el 22 de noviembre, el nuevo consejo directivo decidió anular la sanción.
Imagen: OjoPúblico

En octubre de 2022, cuando era asesor de Renovación Popular, expuso ante Jeri Ramón y otros rectores de universidades lo que denominaba un “frente jurídico” para defender la ley que “restablece la autonomía universitaria” en los fueros del TC.

Este medio accedió al informe N° 788-2023-Sunedu-03-06, dirigido el 27 de octubre de 2023 al superintendente Manuel Castillo Venegas, donde el abogado Carlos Mesía concluye que se ha podido verificar la “vulneración del debido procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la UNMSM, al no incorporar a 73 docentes, terceros con interés que se han visto afectados de manera directa”.

“Corresponde al superior jerárquico que emitió el acto viciado, declarar la nulidad de oficio del acto administrativo y retrotraer todo lo actuado”, añadió.

San Marcos había llevado este caso a un proceso contencioso administrativo en el Poder Judicial, lo cual había suspendido la ejecución coactiva.

El 22 de noviembre de 2023, el consejo directivo de la Sunedu, de manera unánime, declaró fundada la revisión de oficio y, en consecuencia, anuló las dos resoluciones vinculadas al proceso administrativo sancionador. Asimismo, ordenó a la Dirección de Fiscalización y Sanción retrotraer el proceso administrativo sancionador.

Consejo directivo

RESOLUCIÓN. El consejo directivo de Sunedu, encabezado por Manuel Castillo, ordenó retrotraer el proceso sancionador contra San Marcos, el cual ya estaba en la Unidad de Ejecución Coactiva.
Imagen: OjoPúblico

En diálogo con OjoPúblico, Carlos Mesía, sostuvo que la decisión de anular estas resoluciones corresponde, principalmente, a que la anterior administración de la Sunedu había cometido una “violación a un derecho fundamental que es el debido proceso”. Según refiere, la Corte Superior de Justicia había advertido que los profesores involucrados no fueron convocados al proceso administrativo.

Asimismo, Mesía Ramírez no descarta que otro caso que, incluso esté en ejecución coactiva, pueda ser revisado por el consejo directivo. “La Constitución prevalece sobre la ley (…). Cada caso se tiene que analizar en concreto, no todos son iguales”, afirmó.

OjoPúblico intentó comunicarse y envió preguntas a las universidades San Martín de Porres, Garcilaso de la Vega, San Marcos, Telesup y César Vallejo. Hasta el cierre de edición, no hubo respuesta en las cuatro primeras. La última, en tanto, dijo que no se puede pronunciar debido a que su proceso aún está judicializado.

Fuente: Ojo Público

 

 

Related posts

 Will Freeman: El giro antipolicial de Perú es una amenaza para la estabilidad regional

Maco

Fernando Villarán: Auge y caída del orden neoliberal

Maco

Gabriel Merino: Desarrollo pacífico de China, un ejemplo alternativo al hegemonismo occidental, afirma académico argentino

Maco

Leave a Comment