El 11 de enero se publicó, violando la legalidad sobre el procedimiento de generación de normas legales, la Ley 31973. Esta legaliza toda la deforestación realizada antes de su ilegal promulgación mediante una disposición transitoria y una disposición complementaria final.
La primera disposición transitoria suspende la obligatoriedad de exigir la Zonificación Forestal como requisito para el otorgamiento de títulos habilitantes. Es decir, empeora el problema de la falta de zonificación como instrumento de ordenamiento del territorio según sus distintas capacidades de uso. Por el contrario, favorece la entrega de títulos sin determinar cuáles son las mejores maneras de aprovechar los recursos naturales, en este caso los bosques.
Peor aún, la disposición complementaria final única exime a los predios privados con constancias de posesión de clasificar las tierras ocupadas según su capacidad de uso mayor. Por el contrario, se asume que todo predio ocupado es área con fines agropecuarios. En la práctica, esto legaliza la deforestación realizada hasta el momento sin necesidad de tramitar una autorización de cambio de uso. Abre la puerta a que todos los predios de la Amazonía ocupados tras la destrucción de bosques reciban un título de propiedad, desconociendo la existencia de suelos con diferentes capacidades de uso y las limitaciones a la propiedad de la tierra establecidas en la Constitución. Incluso, permite deforestar hasta el 70% de los predios ocupados si aún conservan bosques.
Voceros de grandes empresarios peruanos (CONFIEP), la Asociación de Exportadores y asociaciones de palma aceitera han tratado de justificar la ley en la seguridad jurídica de agricultores en tierras deforestadas. Es decir, admiten que buscan legalizar la ocupación ilegal de bosques, su tala y quema para obtener ganancias ilegales. Pero, como lo ha expresado el especialista César Ipenza, lo que conseguirá la Ley aprobada “es poner en mayor vulnerabilidad a los agricultores y al país, pues supondrá la inclusión del Perú en la lista roja de naciones que no cumplen las condiciones mínimas. Además, acarreará incumplimientos en el marco de los acuerdos comerciales con la Unión Europea y Estados Unidos.”[1]
Reconocer esta situación se corresponde con una conciencia de que “Proteger la Amazonía es hoy una cuestión de supervivencia, no solo para los pueblos que viven ahí sino también para el país y para la humanidad entera porque sin bosques no hay agua, no hay aire… #SinBosquesNoHayFuturo ”[2]
Esto sin desconocer que la ley no ha servido para detener la deforestación, impulsar la zonificación forestal y corregir la deficiente gestión de los bosques. Entonces, sí requiere una revisión, evaluación y modificación; pero en diálogo con todos los usuarios de bosques y los que recibimos sus servicios ambientales. Sobre la base de que el nivel de deforestación que ha sufrido Perú, ya no admite la tala de ni un árbol más y que, por el contrario, se requiere incentivar la reforestación, ya sea para conservar o para aprovechar productivamente las tierras amazónicas. A partir de ello, urge movilizarnos para revertir la Ley Antiforestal e iniciar un nuevo pacto social respecto del cuidado y aprovechamiento de nuestros recursos naturales, específicamente, los forestales.
[1] Una ley que facilita la destrucción de la Amazonía | Ojo Público (ojo-publico.com)
[2] https://x.com/Vero_Mendoza_F/status/1746696483498312134?s=20