Mudo Social – Noticias del Perú
Política

Adelanto de elecciones en el 2023: ¿qué dicen los expertos, es viable o no?

Las protestas en las que se exige adelantar las elecciones no cesan. Ni el Congreso ni el Gobierno dan un panorama claro al respecto.

El Congreso debatirá el proyecto para adelantar las elecciones al 2023. Foto: Composición de Jazmin Ceras/Congreso/R. Quincho/URPI-LR

Aún no hay nada dicho sobre el adelanto de elecciones en el Congreso de la República. Diversos sectores de la población lo piden para el 2023, pero también se plantea desde el Congreso para el 2024, e incluso algunos partidos plantean que no hayan nuevas elecciones. Este adelanto es uno de los pedidos de las protestas, que continúan y siguen dejando fallecidos y heridos a raíz de los enfrentamientos. ¿Es viable que se adelanten para este año? La República conversó con diversos especialistas para aclarar este tema.

¿Se puede adelantar las elecciones para el 2023?

El pasado sábado 17 de diciembre de 2022, la presidenta Dina Boluarte se dirigió al Congreso de la República con las siguientes palabras sobre el adelanto de elecciones: “No busquen pretextos, está en sus manos”.

Hay diferentes aristas para ver este tema. Consultamos primero a Fernando Velezmoro, abogado especialista en derecho constitucional y electoral, y ex secretario general de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). ¿Qué opina el exfuncionario del organismo electoral? ¿Existe impedimento legal para adelantar las elecciones?

“Si hay voluntad política del Congreso, pueden realizarse las modificaciones constitucionales para el acortamiento del periodo de gobierno. A partir de dicha modificación, y fijando la fecha de fin de este periodo (por ejemplo, 31 de diciembre de 2023, para que el nuevo gobierno empiece el 1 de enero de 2024), los plazos e hitos establecidos en las leyes electorales para la organización del proceso electoral deben modificarse”, explica Velezmoro.

Demanda. Los gobernadores regionales en funciones y los electos consideran que el Congreso no puede estar de espaldas al país. Foto: Presidencia

Demanda. Los gobernadores regionales en funciones y los electos consideran que el Congreso no puede estar de espaldas al país. Foto: Presidencia

Es decir, puede haber modificaciones hacia estos plazos. El abogado añade que “no existe impedimento en el ordenamiento legal que no pueda ser removido para dar cauce a la voluntad política de adelanto de elecciones”.

Por su parte, el abogado constitucionalista Heber Joel Campos concuerda con que este adelanto “sí es viable jurídicamente, siempre que el Congreso apruebe el adelanto de elecciones vía una reforma constitucional. Lo ideal sería que estas elecciones se celebren en un lapso breve —se propone que sean en diciembre de 2023—, pero que permita, al menos, una reforma electoral y política mínima”, señaló Campos.

Por otro lado, Nancy Vidal Rodríguez, abogada constitucionalista de la PUCP con maestría en la LMU, Alemania, señaló que si bien “en una situación ordinaria, corresponde convocar a elecciones generales con una anticipación no menor a 9 meses (270 días) a la fecha del acto electoral según lo establecido por la ley”, actualmente nos encontramos frente a una “situación extraordinaria que requiere analizar posibilidades reales de acortar plazos”.

Sin embargo, Omar Cairo, abogado constitucionalista de la Pontifica Universidad Católica del Perú (PUCP), actualmente ve como mayor impedimento para que se apruebe el adelanto de elecciones la actual agenda del Congreso.

“En este momento, hay dos cuestiones que plantean los congresistas: un sector pide que se incluya una consulta para una convocatoria de una asamblea constituyente y otro sector plantea que se apruebe la bicameralidad, como reforma constitucional, para que pueda reelegirse postulando a ese nuevo parlamento bicameral. Si esos elementos se dejan de lado, ya estaría aprobado el adelanto de elecciones”, opina Cairo.

¿Se pueden cumplir con los plazos para las nuevas elecciones?

El constitucionalista Campos señala que, “según el artículo 82 de la Ley Orgánica de Elecciones, las elecciones se convocan con 270 días de anticipación. Si, por ejemplo, antes de marzo del próximo año se aprueba esta reforma constitucional, entonces sí se podría cumplir con el calendario electoral predeterminado por ley”.

¿Ha habido procesos de elecciones rápidas en el Perú que puedan servir para analizar este asunto? Velezmoro cree que sí. “El artículo 134 de la Constitución establece que las elecciones congresales extraordinarias se realizan en el periodo de cuatro meses. Y así se hizo entre el 30 de setiembre de 2019 (disolución del Congreso) y las elecciones congresales extraordinarias del 26 de enero de 2020. Entonces, en principio, sí es posible realizar elecciones en cuatro meses”, señala Velezmoro. Pero no queda ahí su análisis

El jefe de la ONPE, Piero Corvetto, se pronunció sobre el adelanto de elecciones. Foto: Congreso

El jefe de la ONPE, Piero Corvetto, se pronunció sobre el adelanto de elecciones. Foto: Congreso

“Tenemos dos extremos: uno, el establecido en las normas electorales vigentes para los procesos electorales regulares, que toma entre 9 y 12 meses para la fecha de la elección (no para el cambio de mando), y el otro extremo, un proceso corto de cuatro meses, previsto para las elecciones congresales extraordinarias, y que ya se ha llevado a la práctica. Creo que la solución está en el punto medio”, opina el exfuncionario de la ONPE.

Velezmoro recomienda que debe asumirse la necesidad de etapas mínimas, a fin de asegurar un proceso electoral con resultados mínimamente legítimos y aceptables. “Y eso puede tomar más de cuatro meses: un plazo corto para incorporación de nuevos partidos (que se encuentren en proceso de inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas), un plazo para renuencias y nuevas afiliaciones, un proceso democrático interno, a través de elecciones y no por delegados de cupulas partidarias, y respeto a la paridad y alternancia. Todo lo demás son plazos administrativos que pueden y deben acortarse”, agrega el abogado.

En esta línea, el constitucionalista Heber Joel Campos sostiene “que lo ideal sería impulsar al menos dos o tres cambios que garanticen la idoneidad mínima de las próximas elecciones”. Estos son los que sugiere:

  • Que las personas sentenciadas por delitos dolosos graves o que tengan procesos en curso no puedan postular a un cargo de elección popular
  • Que se realicen elecciones primarias en los partidos (dado que en estas elecciones ya debería surtir efectos la reforma que eliminó el voto preferencial)
  • Que las elecciones para el Congreso coincidan con la segunda vuelta presidencial
  • “Que se establezca en una disposición transitoria que el nuevo Congreso debe hacerse cargo de crear un grupo de trabajo amplio, plural y participativo que elabore un anteproyecto de reforma de la Constitución orgánica para su posterior debate y, ojalá, aprobación por el nuevo Congreso que empezaría funciones el 2024″.
El Congreso rechazó el proyecto de adelanto de elecciones. Foto: Legislativo.

El Congreso rechazó el proyecto de adelanto de elecciones. Foto: Legislativo.

¿Cómo podrían ser los plazos para las nuevas elecciones?

Fernando Velezmoro, exsecretario de la ONPE, asegura que debe existir un periodo de 40 o 45 días, entre la primera vuelta y la segunda vuelta, así como entre la segunda vuelta y el cambio de mando. Todo esto se realiza para “asegurar el resultado final, así como el procedimiento de transferencia de gestión establecido por la Contraloría

Si el cambio de gobierno se reduce al 31 de diciembre de 2023, estas son las posibles fechas sugeridas por Velezmoro:

  • Votación de primera vuelta: 1 de octubre de 2023
  • Votación de segunda vuelta: 20 de noviembre de 2023
  • Cambio de mando: 31 de diciembre de 2023.

Sin embargo, esto solo sería posible, como resalta, la constitucionalista Nancy Vidal, “mientras más rápido apruebe el Congreso el adelanto de elecciones”. Solo en base a eso “es posible asegurar un proceso electoral y cambio de mando para el 2023″.

Lo más importante es asegurar plazos que permitan culminar el proceso de inscripción de partidos, las primarias para una mejor legitimidad de las candidaturas y los plazos necesarios para implementar la paridad y alternancia. Los plazos para temas estrictamente administrativos como el cierre del padrón electoral podrían realizarse en un mínimo de 30 días”, señala Vidal.

Fuente: La República

Related posts

Presidente del Poder Judicial rechazó la pena de muerte: “Es algo que ya hemos superado”

Maco

Pedro Castillo presenta demanda de hábeas corpus contra Subcomisión de Acusaciones Constitucionales

Maco

“Alejandro Soto va a salir de todas maneras”, afirma Jorge Montoya tras denuncias contra el presidente del Congreso

Maco

Leave a Comment