Congresistas discutieron varias propuestas presentadas por el Jurado Nacional de Elecciones y las reunieron en un dictamen que deberá ser presentado ante el Pleno para su aprobación o reconsideración. Las modificaciones se aplicarán en las próximas Elecciones 2026 y en las regionales y municipales.
El 2026 será un año plenamente electoral. En esta fecha se prevé llevar a cabo las Elecciones donde se escogerá al próximo presidente o presidenta de la República y congresistas, así como las Elecciones Regionales y Municipales donde se elegirá a los gobernadores regionales, alcaldes provinciales y distritales.
Los peruanos acudirán a las urnas para dos procesos distintos y, por tanto, el marco legal debe estar preparado para ambos eventos democráticos. Por ello, a propuesta del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la comisión de Constitución del Congreso aprobó un dictamen (que reúne seis proyectos de ley) denominado “Ley que dispone medidas para la optimización del proceso electoral”, modificando así diversos artículos de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE); y la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP).
Este dictamen pasará al Pleno del Congreso para su aprobación o reconsideración. Aquí los cambios más resaltantes, entre los que se encuentra uno ya informado por El Poder en tus Manos: la proclamación de elecciones un año antes de los comicios, en lugar de 270 días antes.
1. Se convocará a elecciones un año antes
Según el dictamen aprobado en comisión, la convocatoria a las Elecciones Generales 2026 se realizará con un plazo no menor a 365 días calendario. Si el proceso, como dice el dictamen, se estima para el 11 de abril de 2026 como fecha aproximada, corresponderá entonces realizar la convocatoria el 15 de abril de 2025.
Cabe señalar que en una reciente entrevista en Ampliación de Noticias de RPP, Jorge Valdivia, vocero del Jurado Nacional de Elecciones, sostuvo que el plazo de un año tiene como finalidad la “implementación de las elecciones primarias y una adecuada fiscalización de este proceso”.
2. Tienes que afiliarte a un partido 6 meses antes de sus primarias
De acuerdo al dictamen aprobado, el plazo de afiliación para que las personas participen de las elecciones primarias de una organización política será, “extraordinariamente”, de 6 meses antes de la fecha de convocatoria de elecciones generales, es decir, “hasta el 11 de octubre de 2024”, aproximadamente.
Sobre este punto, cabe señalar que el Reglamento Marco de las Elecciones Primarias, publicado por el Jurado Nacional de Elecciones en febrero, establecía un año como periodo mínimo de afiliación política. Con la actual propuesta de la Comisión de Constitución, este plazo se reduce a la mitad.
Recordemos que en las Elecciones 2026 así como las Elecciones Regionales y Municipales de ese mismo año, las organizaciones políticas tendrán hasta tres opciones para escoger a sus candidatos: mediante voto de militantes, elecciones primarias y elección vía delegados.
3. Multas y declaración Jurada de candidatos
En el dictamen también quedó establecido que todo candidato o candidata en las Elecciones 2026 debe entregar a su organización política una declaración jurada de hoja de vida. Esta información también deberá encontrarse en la página web del JNE.
De existir información falsa, el JNE impondrá al candidato una multa, según la gravedad de la infracción, entre 1 hasta diez 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), “sin perjuicio de remitir los actuados al Ministerio Público”.
La responsabilidad penal por la incorporación de información falsa en la declaración jurada de hoja de vida recaerá sobre el candidato o candidata.
4. Sobre la franja electoral para las primarias
El financiamiento público directo se otorgará tanto para las elecciones generales como para las elecciones regionales, a fin de que todos los candidatos inscritos accedan gratuitamente a la publicidad de los medios de comunicación.
En ese sentido, se estableció que los candidatos que participen en elecciones primarias también contarán con una franja electoral en medios de comunicación. Ésta tendrá un periodo desde los 15 hasta los 2 días previos a las votaciones.
5. ¿Quiénes no pueden ser miembros de mesa?
Se definieron los motivos por los cuales los ciudadanos pueden renunciar a ser miembros de mesa: por presentar grave impedimento físico o mental, por necesidad de ausentarse del país, mujeres en estado de gestación o en periodo de lactancia hasta los dos años de edad del hijo o hija, o ser mayor de 65 años.
Inscripción provisional rechazada
En tanto, luego de que el JNE propusiera ante la Comisión de Constitución, que sea posible la inscripción provisional de organizaciones políticas a fin de beneficiar a todas las agrupaciones que se encuentran en vías de inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), y así puedan participar en los procesos electorales, aun cuando no hubiesen logrado su registro definitivo, por tener tachas pendientes por resolver.
Este aspecto no fue aceptado por la comisión y quedó fuera del dictamen que será presentado al Pleno.
Fuente: RPP