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Congreso aprueba dictamen que busca que jefes de ONPE y Reniec sean designados por futuros miembros del Senado

Aprueban dictamen que elimina la Junta Nacional de Justicia y establece que jefes de ONPE y Reniec sean designados por el futuro senado (borrador) | Fuente: Congreso de la República | Fotógrafo: Hector Portal

La Comisión de Constitución convocó a una sesión extraordinaria que tuvo como único punto de agenda, el debate y votación de la propuesta que le da facultades a la Cámara de Senadores del próximo Congreso Bicameral para designar y remover a jefes de organismos electorales. ¿Qué cambios establece esta iniciativa?

Congreso aprueba dictamen para que jefes de ONPE y el Reniec sean designados por los futuros miembros del Senado

La Comisión del Constitución del Congreso aprobó -por mayoría- el dictamen que crea la Escuela Nacional de Magistratura y el Consejo de Coordinación Interinstitucional del Sistema de Justicia. La propuesta, en la práctica, elimina la Junta Nacional de Justicia (JNJ), ente que tiene entre sus funciones nombrar y sancionar a jueces y fiscales, y elegir a los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Registro Nacional de Procesos Electorales (Reniec).

El grupo de trabajo, presidido por la congresista de Fuerza Popular Martha Moyano, convocó a una sesión extraordinaria para discutir y someter a votación una versión final de la propuesta, que obtuvo 13 votos a favor, 5 en contra y 5 abstenciones.

El tema fue incluido para el debate a solicitud de la legisladora Gladys Echaíz como punto adicional en la agenda de la Comisión en la sesión ordinaria del martes 4 de junio. Sin embargo, la propuesta ingresó a cuarto intermedio [es decir, fue suspendida] tras las modificaciones y propuestas que fueron planteadas por los parlamentarios.

“Vamos a entrar a cuarto intermedio con el compromiso de traer el dictamen el próximo martes [refiriéndose al martes 11] con todo lo que han incluido”, dijo Moyano. A pesar de ello, se convocó a una sesión extraordinaria con el fin de definir el tema para el miércoles 5 junio; es decir, solo un día después.

Durante el debate, los congresistas Edgar Reymundo y Víctor Cutipa, de Cambio Democrático – Juntos por el Perú, cuestionaron la convocatoria hecha para la sesión extraordinaria de este miércoles. Reymundo precisó, incluso, que el texto sustitutorio a debatir fue remitido a sus despachos parlamentarios el mismo día a las 10 de la mañana y no 24 horas antes, como -dijo- señala el Reglamento del Congreso.

¿Cuántos votos son necesarios para aprobar esta reforma?

La iniciativa será remitida al Pleno para su debate y votación. Sin embargo, al tratarse de un proyecto de reforma constitucional, debe ser sometida a dos votaciones en dos legislaturas consecutivas y obtener el respaldo mínimo de por lo menos 87 legisladores para ser aprobada.

Si el texto recibe solo el apoyo de 66 congresistas (de 130), en una primera votación, debe refrendada vía referéndum por la ciudadanía.

¿Cómo impacta este cambio en el sistema electoral del Perú?

La propuesta establece cambios a trece artículos en la Constitución Política del Perú, entre ellos, los apartados 182 y 183, en los que se indica qué entidad designa a los jefes de la ONPE y el Reniec. Esta tarea recae en la actualidad de la Junta Nacional de Justicia; sin embargo, con las modificaciones, estará a cargo del futuro Senado del Congreso Bicameral que entrará en funciones luego de las Elecciones 2026.

El dictamen propone que dichos artículos queden redactados en los siguientes términos:

Art. 182

El jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales es nombreado por el Senado del Congreso de la República por un periodo renovable de cuatro años. Puede ser removido por el mismo órgano por falta grave con la misma votación. Está afecto a las mismas incompatibilidades previstas a los integrantes del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones. […]

Art. 183

El jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es nombrado por el Senado del Congreso de la República por un periodo renovable de cuatro años. Puede ser removido por el mismo órgano por falta grave con la misma votación. Está afecto a las mismas incompatibilidades previstas a los integrantes del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones […]

Fuente: RPP

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