Esta contrarreforma electoral no consideró que los comicios dentro de las organizaciones políticas ya se realizaron el pasado 15 y 22 mayo.
Entes electorales como el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) se pronunciaron al respecto.
Enfatizaron que las elecciones internas han desplegado todos sus efectos, por lo que sus resultados necesariamente deben ser respetados.
Aseveran que de proceder con lo firmado en el Parlamento sería vulnerar los derechos de igualdad en la participación política de quienes oportunamente participaron en las elecciones internas debidamente realizadas.
Es importante tener en cuentas el cronograma de este proceso. El 14 de junio el organismo electoral concluye con la etapa de registro de candidatos. Según la normativa tendrían como plazo para ejecutar las elecciones internas hasta 10 días antes del tiempo establecido para la inscripción de candidatos ante los jurados electorales especiales. Es decir la fecha límite sería hasta el 4 de junio.
Estando contra reloj, Jorge Salas Arenas, presidente del JNE reiteró que no se puede desconocer los resultados debió a que es jurídica y materialmente imposible de cumplir, caso contrario, representaría una “trasgresión constitucional”.
En un oficio dirigido a la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, explicó con argumentos que no puede haber elecciones internas complementarias debido a que la etapa ya concluyó y no hay presupuesto.
El factor económico no es algo menor. La ONPE dijo que de aplicar dicha normativa que vulneraría el artículo 4 la Ley Orgánica de Elecciones se requerirían más de 8 millones de soles para imprimir, ensamblar y distribuir el material.
Acciones desde el Legislativo
Desde el Congreso ya evalúan tomar acciones ante la correcta postura de los entes electorales. Lo más reciente que se pudo conocer es que en Junta de Portavoces acordaron consultar a la procuraduría del Legislativo que medidas o acciones tomarían ante el pronunciamiento de los entes electorales.
Esto fue corroborado por la parlamentaria Ruth Luque quien respaldó la postura de la ONPE, el JNE y Reniec.
Sin embargo, en entrevista con La República declaró Heber Campos, experto en derecho constitucional. Él indicó que los titulares de los organismos electorales no pueden ser denunciados constitucionalmente, pero si penalmente.
“Sería irrazonable que se plantee una denuncia cuando los hechos se basan en el ejercicio de una función distinta”, explicó, y reiteró que el Congreso no puede presentar medidas contra el sistema electoral.
Asimismo, el abogado Jorge Jáuregui comentó para El Comercio que esta ley afecta el principio de separación y equilibrio de poderes.
“Pretenden tener injerencia en la autonomía de organismos electorales porque buscan, como una suerte de tribunal de última instancia, corregir lo que el JNE resolvió de cerrar los plazos. Es muy grave, no es adecuado”, exclamó.
Un final incierto
Partidos como Acción Popular (AP), Alianza Para el Progreso (APP) y Renovación Popular (RP) fueron aquellos que incumplieron con la resolución del JNE que indica “que las organizaciones políticas inscritas deben solicitar la inscripción de su padrón de afiliados en conjunto en un solo momento”.
Precisamente estas organizaciones políticas junto a Perú Libre y Fuerza Popular aprobaron en un principio el proyecto de ley que hoy es realidad. Esto también se originó a que el presidente de la República, Pedro Castillo, dejó pasar la oportunidad de observar la autógrafa de ley.
Con el tiempo siguiendo su curso y al término de esta nota se pudo conocer que el Jurado Nacional de Elecciones ha enviado un documento al Tribunal Constitucional explicando con argumentos lo inejecutable que es aplicar esta ley.
Esta medida también ha sido notificada a la Organización de los Estados Americanos (OEA) y a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos. Veremos.