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Dina Boluarte pide que la fiscalía cierre investigación por enriquecimiento ilícito

Al Poder Judicial. Dice que por ley las diligencias preliminares solo puede durar 60 días y que su caso ya lleva 117 días en exceso. El juez Checkley Soria resolverá su solicitud en los siguientes días.

El pedido de la presidenta Dina Boluarte fue sustentado por su abogado Juan Carlos Portugal. Foto: composición Jazmin Ceras/ La República.

La presidenta Dina Ercilia Boluarte Zegarra solicitó al Poder Judicial que ordene al fiscal de la Nación cerrar de inmediato las diligencias preliminares por delitos de enriquecimiento ilícito y falsa declaración en procedimiento administrativo, en el caso Rolex.

Este pedido, de control de plazo,  fue sustentado por el abogado Juan Carlos Portugal en una audiencia pública dirigida por el juez supremo de investigación preparatoria, Juan Carlos Checkley Soria.

En la diligencia también intervino el fiscal supremo adjunto Luis Germaná Matta, coordinador del Área de Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales.

Luego de escuchar a ambas partes, el juez informó que resolverá dicho pedido en los próximos días. En abril pasado, Checkley rechazó una solicitud similar planteado por el congresista de Acción Popular, Jorge Flores Ancachi en una investigación declarada compleja por delito de cohecho.

Abogado Juan Carlos Portugal sustentó el pedido para concluir investigación

Abogado Juan Carlos Portugal sustentó el pedido para concluir investigación

El abogado de Dina Boluarte le pidió al juez supremo que se aparte de ese antecedente al considerar, dijo, que los argumentos jurídicos allí expuestos están equivocados.

uan Carlos Portugal considera que la investigación preliminar a la presidenta sólo debía durar dos meses o 60 días, del 18 de marzo al 17 de mayo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 27,399.

El abogado explicó que el 18 de marzo de 2024, el fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena dispuso el inicio de diligencias preliminares contra Boluarte Zegarra por presuntos delitos de enriquecimiento ilícito y falsa declaración en procedimiento administrativo, por 60 días, invocando la Ley especial 27,399.

Dicha norma establece que las diligencias preliminares en delitos cometidos por altas autoridades previstas en el artículo 99 de la Constitución no pueden durar más de 60 días naturales,  sin ninguna posibilidad de prórroga o ampliación de plazo.

Al concluir los 60 días, el fiscal tiene dos alternativas: presentar la denuncia ante el Congreso para el antejuicio respectivo o, si no encuentra nada relevante, disponer archivar el caso, precisó el letrado.

Una denuncia, una desacumulación y un nuevo plazo

Juan Carlos Portugal intervino en defensa de la presidenta Dina Boluarte

Juan Carlos Portugal intervino en defensa de la presidenta Dina Boluarte

Portugal agregó que el 24 de abril de 2024, la fiscalía de la Nación dispuso ampliar la investigación por el presunto delito de cohecho. A continuación, el 17 de mayo de 2024, se dispone desacumular el caso Rolex, en dos carpetas: En la inicial, número 68-2024, prosigue la investigación por delito de cohecho y en la nueva, 162-2024, por  enriquecimiento ilícito y falsa declaración.

En la carpeta 68-2024, el 18 de abril, Villena procede a presentar denuncia constitucional contra Boluarte ante el Congreso de la República, por delito de cohecho pasivo.

Mientras, en la segunda carpeta, el caso se declara complejo y se amplían las diligencias por ocho meses, invocando esta vez, el nuevo Código Procesal Penal, en lugar de la ley especial.

Diferencia de normas para un procedimiento especial

Luis Germaná Matta, fiscal supremo adjunto

Luis Germaná Matta, fiscal supremo adjunto

Ese es el punto que la defensa de Boluarte cuestiona, que el fiscal de la Nación haya iniciado la investigación con la Ley 27,399 y que, posteriormente, previa una desacumulación,  se ampare en el Código Procesal Penal para tener un plazo mayor para las investigaciones.

La norma procesal permite al fiscal establecer un plazo mayor de hasta ocho meses por tratarse de un caso complejo. El nuevo plazo va del 17 de mayo de 2024 hasta el 26 de enero de 2025.  Además, el nuevo Código Procesal Penal sí permite ampliación o prórroga del plazo.

El abogado de la presidenta enfatizó que no hay conflicto entre la Ley 27,399 y los artículos del Nuevo Código Procesal Penal, pues en ambas normas se legisla sobre procesos a altas autoridades públicas. Sin embargo, anota que si se considera que existe alguna contradicción, el juez debe preferir la norma más favorable al investigado.

La respuesta de la fiscalía

Juan Carlos Checkley Soria, juez de investigación preparatoria

Juan Carlos Checkley Soria, juez de investigación preparatoria

El fiscal Germaná Matta respondió que les parece contradictorio que mientras la defensa de la presidenta participa activamente en las investigaciones, por otro lado, se plantee un control de plazo.

Subrayó que el 13 de agosto se ha dispuesto que se realice una pericia contable financiera a los ingresos económicos de Dina Boluarte y que su defensa ha cumplido con presentar los respectivos peritos de parte. Esto supone, para la fiscalía, que la defensa de la presidenta convalido el nuevo plazo.

Germaná Matta enfatizó que si bien la ley mencionada establece un plazo no mayor a 60 días, también da al fiscal la posibilidad de establecer un periodo de tiempo más amplio dada la complejidad que presentan los hechos bajo escrutinio, como sucede, dijo, en el caso Rolex. La fiscalía pidió rechazar la solicitud de la presidenta.

En busca de la protección del Congreso

El control de plazo busca que el fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena ya no continúe hurgando en las finanzas de la presidenta Dina Boluarte y el caso pase de inmediato al Congreso.

Anteriores denuncias presentadas por la fiscalía de la Nación contra la mandataria no han prosperado o se mantienen encarpetadas por interés político.

Además, se crearía un precedente en investigaciones a altos funcionarios, que la fiscalía debió prever desde que inició la primera diligencia, para fundamentar una mejor respuesta.

Fuente: La República

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