Expresidenta del Tribunal Constitucional reflexiona sobre los alcances de la Ley 31751, el cual reduce los plazos de prescripción de distintos delitos.
La expresidenta del Tribunal Constitucional Marianella Ledesma afirma que la Corte Suprema tendría que pronunciarse sobre los alcances de la Ley 31751, que reduce los plazos de prescripción de distintos delitos. Para empezar, dice, se podría inaplicar los efectos retroactivos para evitar casos de impunidad.
—¿Cuáles son los principales efectos de la ley 31751, que reduce los plazos de prescripción de diversos delitos, aprobada por el Congreso y de la que se ha beneficiado su nuevo presidente, Alejandro Soto?
—Todo proceso penal está sometido a un plazo legal, dentro del cual el Ministerio Público diseña toda una estrategia orientada a demostrar la responsabilidad penal. Más allá de lo reprobable del caso Soto, esta ley tiene un efecto reflejo para todos los procesos penales que se van a tener que cerrar al haberse acortado los tiempos.
—El juez del caso Lava Jato, Jorge Chávez, aplicó el control difuso para cuestionar la constitucionalidad de la ley. El acusado Carlos Alberto Marroquín Echegaray, exmiembro del comité de licitación del Gobierno Regional del Cusco, solicitó acogerse a la norma para conseguir el archivamiento de su caso. ¿Es una salida?
—Estoy totalmente de acuerdo con la posición de Chávez. Acá estamos frente a casos de crimen organizado, complejos, como el tema Odebrecht. La ley que se aprobó en mayo no los ha tenido en consideración. Por eso es necesario visibilizar lo siguiente: una ley no tiene efecto retroactivo, sino que rige hacia adelante. Si el Congreso consideraba que los procesos penales debían ser ajustados en cuanto a sus plazos…
—¿Debió ser hacia adelante?
—Exactamente. La ley no puede regir hacia atrás porque altera todo un diseño, toda una estrategia…
—Que ya se había desarrollado teniendo en cuenta los plazos anteriores.
—Que ya se había desarrollado en un marco de tiempo distinto, correcto. Claro, la Constitución señala que la ley penal tiene efecto retroactivo en la medida que beneficie al procesado. Pero los procesos penales nos incumben a todos los ciudadanos para ver si los delitos se sancionan de manera eficaz. En ese sentido, no se puede interpretar que si esta ley es favorable al delincuente, entonces hay que aplicársela. No. Lo que es favorable para el delincuente es la pena. Es decir, si alguien fue sentenciado a 10 años, pero hoy sale una ley que reduce la pena a 5 años, ahí sí se puede hablar de retroactividad benigna.
Marianella Ledesma dijo que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos “es una institución de muy muy alto perfil”. Foto: Infobae/ Presidencia
—¿Qué se puede hacer? ¿Lo decidido por el juez Chávez es una opción?
—El juez Chávez ha abierto un camino que va a obligar a que la Corte Suprema, sobre todo la Sala Constitucional, se pronuncie sobre ese control difuso que busca inaplicar la ley de prescripción. La Suprema va a tener que pronunciarse si es válida o no esa inaplicación. Debemos considerar que la Suprema debería convocar a un plenario para ver los efectos de esta norma. Es una ley que va a generar un efecto de impunidad masiva, en todo el país. Todos los procesos se van a estar cerrando y la Suprema tiene que decir algo. Esta ley se sacó a pesar de la opinión en contra del Poder Judicial y del Ministerio Público. Es incoherente que te cambien los plazos sin que exista siquiera un periodo de tránsito para ver qué se hace, por ejemplo, con los casos de criminalidad organizada.
—El propio presidente del Congreso se benefició de esta ley. ¿Lo aplicado por Chávez podría también aplicarse para el caso Soto?
—En el caso de Soto, los fiscales hicieron un trabajo exitoso porque había una acusación de 8 años y se le iba a leer la sentencia. Eso es lo que se ha cerrado. El control difuso que aplicó Chávez tiene que ver más bien con una organización criminal. Lo de Soto es un caso particular. Es decir, son asuntos diferentes. Chávez ha invocado convenciones y tratados internacionales que el Perú ha suscrito para inaplicar la ley.
—¿Que no se podrían invocar en el caso de Soto?
—Exactamente. Pero la Suprema tiene la gran responsabilidad de determinar los alcances de la Ley 31751 para los casos en giro, como el del propio Soto. Yo considero que hay una mala interpretación al asumir que la norma es retroactiva y lo beneficia. Eso lo tiene que dilucidar, como digo, la Suprema. Tiene que adoptar una posición. Podría inaplicar los efectos retroactivos de la norma mediante un acuerdo plenario.
—¿Se podría declarar la inconstitucionalidad de la ley?
—Eso lo tendría que decir el Tribunal Constitucional.
—Le cambio de tema. ¿Cree que el clima social en el Perú ha empezado a calmarse un poco?
—Quizás no haya protestas visibles, pero eso no significa que los ciudadanos estemos contentos con lo que tenemos como gobierno y como representación. Las encuestas lo dicen: hay un descontento generalizado en el país.
—Expertos en materia de derechos humanos afirman que estas investigaciones pueden demorar, pero que, finalmente, se termina identificando a los responsables y sancionándolos. ¿Cree que esto podría pasar, por ejemplo, en el caso de la presidenta, Dina Boluarte?
—Estoy totalmente de acuerdo. Avizoro que aunque pasen años o décadas, tarde o temprano tendrá que asumir su responsabilidad. Mire lo del caso Cayara. La justicia fue tardía, pero por obra de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el país ha tenido que hacer este juzgamiento, a pesar de que se querían invisibilizar las muertes. Tenemos también el caso de Alberto Fujimori. O el de Morales Bermudez y el Plan Cóndor, aunque no lo detuvieron por su elevada edad. Tarde o temprano, (Boluarte) pasará a la historia, no por sus obras de gobierno, sino por los asesinatos impunes, sobre los que no tomó posición para evitar que se siguieran cometiendo. Si yo soy jefa de Estado y veo que hay un abuso, un desbande de las fuerzas del orden, por lo menos pido informes o levanto mi voz. Al contrario, más bien el que era ministro de Defensa (Alberto Otárola) fue promovido.