Mudo Social – Noticias del Perú
Política

Otro golpe a la lucha por mejorar la calidad educativa, Tc declara infundada demanda contra la ley que modifica la Sunedu

Qué implica la decisión del TC de declarar infundada demanda contra ley que modifica el Consejo Directivo de Sunedu?

Especialistas aseguran que el Congreso utilizó una “estrategia tácita” al presentar una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional con la única motivación de que sea declarada infundada. Ahora el Consejo Directivo de la Sunedu será juez y parte.

Sunedu queda desprotegida ante contrarreforma universitaria | Fuente: Sunedu

El 15 de setiembre, el Tribunal Constitucional admitió a trámite una demanda de inconstitucionalidad con el número de expediente 00008-2022-AI. El auto, que lleva la firma de los siete miembros del tribunal, no tendría nada de extraño si no fuese porque la parte demandante es el Congreso de la República y la parte demandada es también el Congreso de la República. Esta repetición, que en un principio llevó a pensar en un error, no fue más que una artimaña para darle respaldo a la Ley 31520, conocida con justeza como la ´ley de contrarreforma universitaria´.

Aquí el modus operandi: el 25% del número legal de congresistas presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la ley de reforma universitaria, una ley que ellos mismos impulsaron y que pretende recomponer el Consejo Directivo de Sunedu, elegido por concurso público, para integrar como miembros a representantes de las propias universidades. Es decir, quienes se encargarán del proceso de licenciamiento de las universidades serán los propios representantes de las universidades.

Lo que el Congreso esperaba era que el Tribunal Constitucional declare infundada la demanda de inconstitucionalidad para que se entienda, por analogía, que la ley de contrarreforma está revestida por el manto de la constitucionalidad. Un detalle: el Poder Judicial había declarado fundada una acción de amparo interpuesta por la propia Sunedu para que se suspenda la ejecución de la ley.

Ahora, con la decisión del tribunal, queda sin efecto la disposición del Poder Judicial y la contrarreforma entraría en vigor. Todo ello en el marco de las protestas por la renuncia de la presidenta Dina Boluarte y el cierre del Congreso y la promesa del Congreso mismo para realizar todas las “reformas necesarias” que asegurarían el correcto funcionamiento de la democracia y una estabilidad jurídico-política que se ha extraviado desde los incesables procesos de vacancia que inauguró la mayoría congresal fujimorista.

Es necesario resaltar que el presidente de la Comisión de Constitución, el encargado de presentar el predictamen para el adelanto de elecciones que se aprobó ayer en el pleno, Hernando Guerra, es curiosamente el vocero fujimorista. Este entramado de repeticiones, contradicciones e incongruencias parecen irónicas. Pero no.

“Lo primero que van a intentar cambiar es el Consejo Directivo de la Sunedu”

Para el exministro de Educación Daniel Alfaro el principal problema de aplicar esta contrarreforma es el conflicto de interés que se generaría en el Consejo Directivo de la Sunedu.

“Ese camino parece ser una estrategia tácita, pero no es explícita. De ser así, se tendría que aplicar la ley y lo primero que, seguro, van a intentar es cambiar el Consejo Directivo de la Sunedu por los representantes que dice la nueva ley de contrarreforma”, dijo en conversación con RPP.

“El problema con la conformación de este nuevo Consejo Directivo es que está sujeto a conflictos de interés. Al ser representantes de las mismas universidades públicas y privadas, podrían estar tomando decisiones en favor de ellas. No digo que lo vayan a hacer, pero no existen las condiciones para eliminar ese conflicto. No es la mejor fórmula la que se está planteando en este nuevo Consejo Directivo, ya que en el futuro podría tener injerencia sobre todo con las reconsideraciones de las universidades con licenciamiento denegado. Con el conflicto de interés, eso podría perjudicarse”, agregó.

Alfaro fue enfático al señalar que las casas de estudios que no cumplieron con los parámetros de una Sunedu autónoma podrían, ahora que el Consejo Directivo es juez y parte, volver a solicitar el licenciamiento.

“Una porción de las universidades con licencia denegada están volviendo a presentarse al licenciamiento bajo el nuevo modelo. el cual logró superar la San Luis Gonzaga de Ica. De hecho, la Sunedu hace poco no le ha dado licenciamiento a dos universidades que estaban por segunda vez presentándose al proceso. Entonces imagino que así, una serie de universidades tratarán de volver a licenciarse y esa evaluación recaerá en el nuevo Consejo Directivo. Por otro lado, el conflicto de interés de los partidos políticos con intereses en universidades con licencia denegada ya se dio cuando votaron. No debieron votar, sino abstenerse. Al votar, creo que han estado actuando en un grave conflicto de interés”, aseveró.

“Al día siguiente de publicada la resolución del TC quedan sin efecto las medidas anteriores”

De acuerdo con el abogado constitucionalista Joseph Campos, al no obtener cinco de siete votos en el Tribunal Constitucional, se declara infundado el requerimiento del Congreso y con ello la suspensión de la medida cautelar ordenada por el Poder Judicial.

“Cuando uno lleva una acción de inconstitucionalidad contra una ley, la única forma para derogar la ley es cuando la decisión que declara fundada la demanda de inconstitucionalidad tiene cinco votos. Si tiene cuatro, a pesar de que puede ser cuatro a tres, no es suficiente. Es como una votación calificada. Tiene que ser cinco votos de siete; de lo contrario, se declara infundada y se vuelve de obligatorio cumplimiento. Lo que va a ocurrir es que todas aquellas situaciones, incluyendo la medida cautelar que la suspendía, quedan sin efecto. Yo lamento eso porque creo que la Sunedu había hecho un gran esfuerzo para poder desarrollar con autonomía sus competencias”, comentó en entrevista para RPP.

“Al día siguiente de que fue publicada la resolución del Tribunal Constitucional quedan sin efecto las medidas anteriores ordenadas por el Poder Judicial. Ese es el razonamiento”, añadió.

Campos precisó que solo se podría cuestionar esta decisión en la medida en que se encuentren errores o, de lo contrario, acudir a instancias supranacionales.

“Habría que revisar la propia resolución del Tribunal Constitucional, porque podría haber un mal dato desarrollado. Si uno encuentra un error, podría entonces pedir su nulidad. De no ser así, no existe en sede nacional por lo menos un recurso contra lo que dice el tribunal. En sede internacional, probablemente alguien que se vea afectado por esta resolución podría acudir a instancias supranacionales. Pero esa no es la regla”, manifestó.

“Las decisiones políticas del Congreso los posiciona como una institución con una agenda corporativa”

La politóloga de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac, Katherin Mamani Contreras, consideró que el conflicto de interés generado a raíz de la contrarreforma universitaria es uno de los tantos puntos que explican la baja aprobación del Congreso.

“Primero hay que definir políticamente la posición actual del Congreso en el país. La baja aprobación en razón de sus decisiones políticas los posiciona como una institución con una agenda corporativa, mostrándolos como coaliciones corporativas y no como bancadas responsables de su actuar. Ante ello, pese a la crisis, creo que las bancadas continuarán en la misma dirección: proponer proyectos de ley para beneficio de algunos sectores o élites y agilizar la viabilidad de sus agendas que recaen en conflictos de intereses”, argumentó.

“La discusión de fondo radica en torno a la autonomía universitaria. Considero que asistimos a un escenario de politización, dado que las autoridades universitarias partidarias de la contrarreforma han interpretado la autonomía en función a sus perspectivas, las cuales no necesariamente se encuentran alineadas a los intereses de sus universidades o el deber de una universidad. Considero que hay cuatro afectaciones: la primera contra la fiscalización adecuada de la calidad educativa, un elemento fundamental para el logro del licenciamiento institucional. Al quitar el presupuesto que otorgar el Minedu se asiste a una segunda afectación no menor, pues limita los incentivos para el fomento de la investigación o el mejoramiento de la infraestructura. El dejar la adscripción del Minedu es una tercera afectación al apoyo institucional a las universidades en materia de políticas educativas. Y la cuarta afectación parte de un razonamiento elemental: no se puede ser juez y parte, porque los procesos de evaluación no gozarían de legitimidad”, agregó.

Por otro lado, mencionó que el caso de la Sunedu podría ser un indicador de posibles conflictos de interés que se repetirían en las reformas previo al adelanto de elecciones. Aun así, otorgó el beneficio de la duda al actuar del Tribunal Constitucional.

“Los patrones de repitencia del actuar político del Congreso nos llevan a pensar que existen posibilidades amplias de que las reformas electorales puedan presentar conflictos de intereses. Estas reformas eran voceadas tiempo atrás, pero entonces no eran prioridad absoluta. Solo lo han sido con la crisis. Para lograr su legitimidad será necesario efectuar un debido proceso y considerar las voces de la ciudadanía”, dijo.

“Mi opinión se precisa en clave política. Al congreso le corresponde elegir al TC, lo sabemos. No obstante, los cuestionamientos surgen a raíz de los procedimientos que realizan los propios congresistas, generándose un escenario de politización total en los procesos de elección. Si bien la ciudadanía puede deslegitimar el proceso, no sería indicar suficiente para sostener que hay un conflicto de interés“, finalizó.

 

Related posts

Keiko Fujimori presentó oficialmente a parte de su equipo técnico

Maco

Fujimoristas de cualquier manera pretenderían controlar el JNE

Maco

Yonhy Lescano: “Se está clamando la renuncia de Dina Boluarte y ella como dictadora se niega”

Maco

Leave a Comment