La presidenta Dina Boluarte promulgó ayer domingo en Palacio de Gobierno la Ley que modifica la Ley 31297, conocida como la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal.
Esta normativa introduce cambios que buscan para mejorar la selección, capacitación y entrenamiento de los serenos, con el objetivo de convertirlos en un apoyo clave para la Policía Nacional del Perú (PNP) en la lucha contra la inseguridad ciudadana.
¿Qué cambios introduce la nueva ley del serenazgo?
La legislación, publicada tras su aprobación en el Congreso, modifica los artículos 10 y 11, e incorpora el artículo 7-A a la Ley 31297, además de actualizar disposiciones complementarias.
Entre los principales puntos, se establecen requisitos más estrictos para los serenos y se regula la creación de centros de capacitación especializados.
Requisitos para ser sereno municipal
El artículo 7-A detalla los requisitos mínimos que deben cumplir los aspirantes a serenos municipales antes de su contratación:
– Contar con un documento de identidad vigente (DNI, carné de extranjería u otro).
– Ser mayor de 18 años.
– No tener antecedentes penales ni judiciales, ni sentencias por delitos dolosos.
– No estar inscrito en registros como el de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) o el de Reparaciones Civiles (Redereci).
– Aprobar un concurso público que incluye evaluaciones físicas, psicológicas y de conocimientos en primeros auxilios.
Aunque haber concluido la secundaria completa no es obligatorio, se considerará un criterio preferente en los procesos de selección.
Fuente: RPP