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Quienes quieran postular a las elecciones 2026 tienen hasta el 16 de julio para afiliarse a una organización política

El abogado especialista en temas electorales, Roy Mendoza, explicó que la norma de cara a las Elecciones Generales 2026 establece que, si una persona quiere participar en las elecciones primarias como candidato de una organización política, tiene que estar afiliada a esta como máximo hasta el 16 de julio de este año.

Tras la eliminación de las elecciones primarias abiertas simultáneas y obligatorias (PASO) por parte del Congreso de la República, se establecieron nuevas modalidades para que los partidos políticos elijan a los candidatos que los representarán en las próximas elecciones 2026. Con la nueva Ley, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) elaboró el Reglamento Marco de las Elecciones Primarias para establecer la normativa de cara a los comicios del 2026.

Roy Mendoza, especialista en temas electorales, indicó cuál es la fecha máxima para que un ciudadano que quiera ser candidato en las primarias de su partido político figure como afiliado de este. “El mercado de pases aún está abierto hasta el 16 de julio de 2024, que es la fecha límite para presentar mi afiliación a una organización política, si es que quiero participar en elecciones primarias de 2026 [primer paso antes de las Elecciones Generales 2026]”, señaló.

¿Qué son los afiliados de una organización política?

El abogado indicó cuáles son las formas en las que una persona puede afiliarse a una organización política. “Por ejemplo, puedo suscribir un acta fundacional de una organización política (…); puedo formar parte del padrón electoral de la organización política mediante una ficha de afiliación (…); puedo pertenecer al comité provincial (…); al comité distrital u ostentar algún cargo directivo”, explicó el especialista.

Añadió que además existen requisitos mínimos para obtener la calidad de afiliado como son: ser ciudadano y tener el derecho a sufragar, ser mayor de edad y estar inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). Resaltó que las organizaciones pueden establecer requisitos adicionales. “Por ejemplo, no deben tener condenas en primera instancia -otros omiten eso. Ya dependerá que uno cumpla con los requisitos de la norma y con el estatuto de la organización política en específico para poder afiliarse”, señaló.

En esa misma línea, añadió que el filtro inicial de candidatos es importante y que la tarea “esencial y primordial” de la organización política es hacerse responsable de estos y de la oferta electoral que va a proponer.

Aumentan las renuncias de afiliados

En otro momento, el abogado Roy Mendoza señaló que en etapa electoral suelen aumentar las renuncias de afiliados a las organizaciones políticas. Indicó que esto se puede deber a que en los partidos existen muchas pugnas internas y muchos ven su “conveniencia en réditos electorales” y buscan afiliarse a otras tiendas políticas.

Según cifras del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el 2023 renunciaron a sus organizaciones políticas 11 214 peruanos a nivel nacional. Cifra que, de acuerdo con los datos del JNE, se acerca a la cantidad usual durante periodos electorales. En 2020, hubo 9 556 desafiliaciones y luego en 2021 creció a 31 611.

Roy Mendoza señaló que el proceso de renuncia a un partido o movimiento es rápido y se puede realizar mediante dos vías: ante la organización política o ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP). Aunque este tiene un periodo de trámite específico, la desafiliación cuenta desde la fecha en que se presentó la renuncia por parte del ciudadano.

Finalmente, se refirió a la afiliación indebida, que es cuando un ciudadano no reconoce haber suscrito una ficha de afiliación a la organización política “y como no reconoce se ha viciado su voluntad y el ROP (Registro de Organizaciones Políticas) tendría que excluirlo”, explicó el especialista.

Fuente: RPP

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