El expresidente Martín Vizcarra busca revertir la sanción que le impuso el Congreso para ejercer puestos público por un periodo de diez años.
Tribunal Constitucional deberá determinar si anula o no la inhabilitación contra Martín Vizcarra por caso ‘Vacunagate’
El Tribunal Constitucional (TC) deberá determinar si anula o no la inhabilitación por diez años para ejercer cargo público que el Congreso le impuso al expresidente Martín Vizcarra (2018-2020), acusado de recibir irregularmente la vacuna contra la COVID-19 en octubre de 2020.
Y es que la Primera Sala Constitucional de Lima resolvió “conceder” el recurso de agravio constitucional que presentó Vizcarra contra la resolución que emitió dicho colegiado, el último 20 de agosto, en la que confirmó la sentencia emitida por la jueza Roció Rabines, quien declaró en marzo pasado la improcedencia la demanda de amparo que interpuso el exmandatario para anular la sanción del Parlamento.
A través de una resolución, emitida el 4 de octubre y a la que tuvo acceso RPP, la Sala Superior determinó que este recurso fue presentado dentro del plazo de ley y cumple los requisitos establecidos en artículo 24 del Código Procesal Constitucional para ser admitido.
Ante ello, la Sala Superior dispuso remitir dicho recurso de agravio al TC, instancia que si lo admite a trámite deberá convocar a una audiencia para evaluarlo con la participación de las partes involucradas a fin de emitir una decisión final al respecto.
PJ rechazó demanda de amparo de Martín Vizcarra
Como se recuerda, por votación mayoritaria, la Primera Sala Constitucional de Lima confirmó la sentencia emitida por la magistrada Rabines Briceño el último 8 de marzo, en la que declaró improcedente la demanda de amparo promovida por el exmandatario Martín Vizcarra con el que buscaba anular la decisión del Congreso.
El exjefe de Estado había apelado esta sentencia judicial al considerar que vulnera el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales y que hay un agravio al derecho a participar, en forma individual o asociada, en la vida política en la nación.
No obstante, la Primera Sala Constitucional de Lima desestimó este recurso de apelación al determinar, en una resolución emitida el último 20 de agosto, que dicha sentencia debe ser confirmada en todos sus extremos; toda vez que no se evidencian actos concretos de afectación de derechos constitucionales por parte del Congreso (entidad demandada).
Fuente>: RPP