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Regional

San Martín anuncia demanda de inconstitucionalidad contra norma que modifica Ley Forestal

Goresam promueve recolección de firmas para presentar demanda, afirmó el gobernador regional, Walter Grundel

Con la participación de decenas de voluntarios, la región San Martín inició la recolección de firmas para respaldar la presentación de una demanda de inconstitucionalidad contra la norma que modifica Ley Forestal. ANDINA/Difusión

El Gobierno Regional de San Martín (Goresam) anunció que con el apoyo de diferentes organizaciones sociales, comunidades nativas y la población en general presentará una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31973, que modifica la Ley N° 29736, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y que alentaría la deforestación de los bosques.

Así lo afirmó hoy el gobernador de San Martín, Walter Grundel Jiménez, quien afirmó que esta modificación de la Ley Forestal se realizó pese a la contundente respuesta de la sociedad civil organizada, incluyendo organizaciones indígenas, organizaciones agrarias, academia y organizaciones que trabajan temas ambientales.

Precisó que se puso en marcha un plan para recolectar las firmas de más de 10,000 ciudadanos sanmartinenses dispuestos a luchar a favor del medio ambiente. Agregó que la recolección de firmas se inició el martes 16 de enero en diferentes puntos estratégicos de las ciudades de Tarapoto y Moyobamba, gracias a la espontánea colaboración de los ciudadanos voluntarios.
Grundel Jiménez afirmó que la modificación de la Ley Forestal suspende la obligatoriedad de la zonificación forestal para otorgar títulos habitantes, la cual termina siendo una contradicción, pues esta buscaba determinar qué cosas se podrían hacer en qué tipo de área.
Agregó que el cambio más preocupante en las modificaciones a la Ley Forestal viene en su disposición complementaria final, que determina que aquellas áreas privadas en propiedad o en posesión y que no contienen masa boscosa y realizan actividades agropecuarias, automáticamente serán llamadas áreas de exclusión agropecuaria y podrían acceder a la titulación sin el requisito técnico de la Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor (CTCUM).

“San Martín es la región de la Amazonía Peruana que ha marcado una posición firme de rechazo a la modificación de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre aprobada por insistencia por el Congreso de la República, esto debido a que es la única región que tiene la aprobación de su Zonificación Forestal con Resolución Ministerial 039-2020-MINAM y está encaminada en la aprobación de las Unidades de Ordenamiento Forestal”, manifestó.
La autoridad regional indicó que la región cuenta con una Zonificación Forestal que le permite el ordenamiento del patrimonio forestal a través del otorgamiento de derechos para la conservación, restauración y aprovechamiento responsable bajo un desarrollo sostenible, donde la Autoridad Regional Ambiental (ARA) viene priorizando el otorgamiento de Contratos de Cesiones en Uso para Sistemas Agroforestales (CUSAF). “Se ha entregado hasta la fecha 750 CUSAF y tiene planificado continuar con la entrega de nuevos contratos en la regió”, refirió.
Grundel Jiménez puntualizó que con la polémica modificación de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, existiría un alto riesgo en contra del patrimonio forestal reconocido, favoreciendo la deforestación indiscriminada de nuestros bosques, por considerarse como valido el certificado de posesión sin ninguna restricción, obviando la opinión vinculante de la Zonificación Forestal, dando espacio al tráfico de tierras y a la posesión desordenada dentro del patrimonio forestal de la nación.

Por su parte, el gerente de la Autoridad Regional Ambiental (ARA), Carlos Villavicencio Vásquez, dijo que de no derogarse la ley nuestros bosques corren un alto riesgo de deforestación, al legalizar las posesiones informales sin considerar la opinión vinculante de la Zonificación Forestal, conllevando a la pérdida masiva de nuestras florestas amazónicas.
Esto beneficiará especialmente a empresas de monocultivo a gran escala implicadas en actividades de deforestación que previamente habían eliminado zonas boscosas sin formalizar y transparentar sus acciones, por carecer de un análisis de suelos. Por lo tanto, no estarán obligadas a cumplir el CTCUM. En otras palabras, si antes se deforestaba y luego se pedía permiso para hacerlo en el país, ahora simplemente, ya esa deforestación queda impune.

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