Bruselas vuelve a marcar sus límites al dueño de Instagram y Facebook respecto a la legislación europea. La Comisión Europea ha advertido este lunes a Meta de que su modelo publicitario no cumple con la norma comunitaria de Servicios Digitales porque no da a los usuarios más opciones que pagar si no quieren que el grupo utilice sus datos personales para ofrecer anuncios personalizados
Tras los cambios regulatorios que introdujo la UE, en noviembre del pasado noviembre la compañía capitaneada por Mark Zuckerberg introdujo una opción binaria en la que el usuario debe pagar o dar su consentimiento. Los usuarios de Facebook e Instagram deben escoger entre una suscripción mensual sin anuncios en las redes sociales o la opción gratuita en la que se muestran anuncios personalizados.
El Ejecutivo comunitario ha considerado, en su análisis preliminar que la opción de consentir o pagar en su modelo publicitario no cumple los requisitos de la normativa europea. En este sentido, ha apuntado que no da la opción a los usuarios de escoger un servicio que utilice una menor cantidad de datos personales que el servicio de anuncios personalizados. Además, no permite a los usuarios elegir libremente si quiere consentir que se utilicen sus datos personales.
“Nuestra opinión preliminar es que el modelo publicitario de Meta incumple la ley de Servicios Digitales. Queremos capacitar a los ciudadanos para que puedan tomar el control sobre sus propios datos y elegir una experiencia publicitaria menos personalizada”, ha indicado la vicepresidenta de la Comisión Europea, al frente de Competencia, Margrethe Vestager.
Bruselas ha apuntado que para que las plataformas cumplan con la normativa de Servicios Digitales, deben tener acceso a las redes sociales, aunque no consientan a Meta utilizar sus datos personales. Tras este análisis preliminar, Meta tiene derecho ahora a defenderse. Si tras los doce meses que durará la investigación, Bruselas concluye que Meta ha incumplido la normativa comunitaria, puede imponerle multas del 10% de la facturación anual mundial, que pueden elevarse hasta el 20% en caso de que la infracción sea reiterada.
Por otra parte, en caso de infracciones sistemáticas, la Comisión Europea también puede adoptar medidas correctivas adicionales, como obligar a una plataforma a vender un negocio o partes del mismo, o prohibirle la adquisición de servicios adicionales relacionados con el sector en el que ha habido un incumplimiento sistémico.
A menudo, las plataformas online recogen datos personales de los usuarios para los servicios de anuncios online. Dada la posición en el mercado que ocupa el gigante tecnológico, tiene la capacidad para imponer condiciones a su amplia base de usuarios y recabar una gran cantidad de datos personales. Una coyuntura que le confiere ventaja competitiva frente a otras redes sociales que no pueden acceder a tal cantidad de datos y, a su vez, eleva los estándares para los servicios de publicidad en estas plataformas.
La normativa comunitaria de Servicios Digitales establece que los usuarios deben consentir que se compartan sus datos personales entre plataformas y otros servicios. En caso de que rechace dar tal consentimiento, debe tener acceso a un servicio menos personalizado pero equivalente.