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Opinión

Pier Paolo Marzo: ¿Cómo protegemos la justicia de las organizaciones criminales?

 Las primeras semanas de 2024 apreciamos sentencias que nos devolvieron la esperanza en que es posible vivir en un país donde la justicia frene a las organizaciones criminales que han penetrado el Congreso y los gobiernos sub nacionales:

1) Se condenó a los ex congresistas fujimoristas Kenji Fujimori, Bienvenido Ramírez y Guillermo Bocángel, inhabilitándolos para ejercer funciones públicas (aunque los órganos de la UNHEVAL siguen omitiendo las medidas de reemplazo del último mencionado), por ofrecerles a otros congresistas “apoyo del Gobierno …(para) ejecución de obras y de designación de funcionarios afines”. Como dijo la sentencia “… en la ejecución de obras, las empresas beneficiarias les pagarían un mínimo del cinco por ciento como “ventajas” personales”. Ese acuerdo criminal conllevó un indulto plagado de irregularidades a favor del líder de los congresistas traficantes de influencias, Alberto Fujimori.

2) Se sentenció a 9 años de cárcel al exalcalde de Huánuco, Jesús “Koko” Giles Alipázaga, funcionarios de su gestión y empresarios coludidos con ellos, por acuerdos delincuenciales sobre obras de saneamiento urbano, pistas y veredas, que terminaron con menos extensión que la debida, en perjuicio de los vecinos y vecinas de Huánuco.

3) Se declaró fundada en parte la demanda contra el Congreso de la República por desarrollar un procedimiento dirigido a la destitución de los integrantes de la Junta Nacional de Justicia sin tener un marco legal que defina cuáles de sus actos pueden ser faltas graves. En consecuencia, se declaró la nulidad de los actos de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso para capturar el Poder Judicial, el Ministerio Público, la ONPE y RENIEC vía el control de la Junta Nacional de Justicia.

4) Se notificó la sentencia que declaró fundada una demanda de la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú – ONAMIAP – y la Confederación Nacional Agraria para que el Congreso cumpla con su obligación respecto del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, de adecuar el procedimiento de aprobación de leyes, para que cada vez que se prevean medidas legislativas que puedan afectar a los pueblos indígenas, las comisiones dictaminadoras soliciten la opinión de representantes de los pueblos indígenas.

En suma, los jueces emisores de esas sentencias actuaron con independencia respecto de poderes delincuenciales dentro de la política. Ante lo que cabe preguntarse ¿qué ha mejorado en los procedimientos de selección de los jueces titulares, a pesar de los fundados cuestionamientos al Consejo Nacional de la Magistratura y a la Junta Nacional de Justicia?

Una mejora evidente ha sido la publicidad de las distintas fases de procesos de selección, sanción y ratificación. Publicidad que nos permitió apreciar irregularidades en varios casos. Otro aspecto positivo es contar con un órgano especializado y no dependiente ni del Congreso ni del Ejecutivo, la independencia en los nombramientos, ratificaciones o sanciones, lo que redunda en independencia de los magistrados y magistradas. Estos aspectos tendrían que ser considerados en una nueva Constitución.

Hoy que organizaciones criminales vuelven a arremeter contra fiscales e integrantes de la Junta Nacional de Justicia, justo cuándo se ha puesto fecha al inicio del juicio oral contra una de las que tiene más elementos probatorios en su contra, urge plantearnos no sólo cómo protegemos ese y otros juzgamientos, sino cómo proteger la justicia peruana de los ataques de la delincuencia organizada con infiltración en la política. Y resaltar aspectos que sí han funcionado es una manera de hacerlo. ¿Qué otros elementos consideras que deben permanecer en un nuevo orden constitucional?

 

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