La Comisión Europea presentó el pasado 26 de febrero el paquete de simplificación conocido como “Omnibus I”, compuesto por cuatro propuestas legislativas. Además de la directiva que aplaza la aplicación de las exigencias sobre sostenibilidad y diligencia debida, incluye una directiva que modifica el contenido y el alcance de estos requisitos.
La Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (CSDDD) tiene por objeto garantizar que las empresas contribuyan al desarrollo sostenible y a la transición hacia la sostenibilidad de las economías y las sociedades mediante la detección y, cuando sea necesario, priorización, prevención, mitigación, eliminación, minimización y reparación de los efectos adversos reales o potenciales para los derechos humanos y el medio ambiente relacionados con las propias operaciones de las empresas.
Además de las operaciones de sus filiales y sus socios comerciales en las cadenas de actividades de las empresas, así como garantizando que los afectados por el incumplimiento de este deber tengan acceso a la justicia y a vías de recurso. También incluye disposiciones de apoyo a todas las organizaciones, entre ellas las pymes, que pueden verse influidas de forma indirecta.
El Parlamento Europeo decidirá el próximo 1 de abril si aplazará o no la aplicación de la normativa sobre sostenibilidad y diligencia debida, ya que se ha recibido un aluvión de quejas, especialmente desde el lobby de las grandes empresas que se verán directamente afectadas por las mismas.
El martes el pleno votará si aplicar el procedimiento legislativo de urgencia a la propuesta de aplazamiento de los nuevos requisitos sobre información corporativa, social, medioambiental y de diligencia debida. Si sale adelante, los eurodiputados votarán el jueves sobre el fondo de la propuesta.
El proyecto de ley propone retrasar un año la aplicación de las nuevas normas, diseñadas para mitigar el impacto de las actividades empresariales en las personas y el medioambiente, a las primeras empresas que tendrían que someterse a ellas. De esta manera, las obligaciones de diligencia debida se empezarían a aplicar en 2028 a las compañías europeas con más de 3.000 empleados y una facturación superior a 900 millones de euros y a empresas extranjeras que superen este umbral dentro del mercado comunitario.
En cuanto a la normativa sobre información corporativa en materia de sostenibilidad, su aplicación se aplazaría hasta 2027 para grandes empresas con más de 250 empleados. A partir de en 2028 cubriría a empresas cotizadas de pequeño y mediano tamaño.