Según norma publicada en el Diario Oficial El Peruano
El viernes 9 de diciembre próximo será día feriado nacional en todas las entidades e instituciones públicas del país, en conmemoración de la Batalla de Ayacucho, que consolidó la independencia de América, según norma promulgada por el Gobierno y publicada en el diario oficial El Peruano.
La norma que introduce el nuevo feriado calendario (Ley Nº 31381) modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo 713, mediante el cual se consolidó la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos de la actividad privada.
8 de diciembre también será feriado
Teniendo en cuenta que el jueves 8 de diciembre será feriado por el Día de la Inmaculada Concepción, esto será propicio para un fin de semana largo hasta el domingo 11 de diciembre.
La norma recuerda que, además del 8 y 9 de diciembre, los días feriados calendario a lo largo del año son los siguientes:
– Año Nuevo (1 de enero)
– Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)
– Día del Trabajo (1 de mayo)
– San Pedro y San Pablo (29 de junio)
– Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)
– Santa Rosa de Lima (30 de agosto)
– Combate de Angamos (8 de octubre)
– Todos los Santos (1 de noviembre)
– Navidad del Señor (25 de diciembre)
La Batalla de Ayacucho
La Batalla de Ayacucho fue el último gran enfrentamiento comprendido dentro de las campañas terrestres de las guerras de independencia hispanoamericanas en América del Sur (1809-1826) y significó la consolidación de la independencia de la República del Perú.
La batalla se desarrolló en la Pampa de Quinua en Ayacucho, Perú, el 9 de diciembre de 1824 y la victoria de los patriotas supuso la desaparición del contingente militar realista más importante que seguía en pie, y selló la independencia del Perú con una capitulación militar que puso fin a la resistencia de las tropas del Virreinato del Perú.
Diferencias entre feriado y día no laborable
Vale precisar que los feriados -como el 8 y 9 de diciembre- son definidos por ley, mientras que los días no laborables son decretados por el Gobierno. Los feriados son descansos remunerados que no se compensan. En tanto, si no se trabaja en día no laborable se debe compensar luego esas horas.