La medida contempla reglas de conducta para Salaverry, como la obligación de no ausentarse de las localidades en las que reside sin autorización del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, así como concurrir a dicho juzgado el primer día hábil de cada mes para justificar sus actividades y cuando sea requerido por cualquier otra actuación del proceso.
Asimismo, deberá acudir a todas las citaciones que se le haga por la Fiscalía o el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, en el contexto del presente proceso.
De igual modo, está prohibido de comunicarse con las siguientes personas (testigos): Geanmarco Antonio Quezada Castro, Juan Carlos Llontop Gamarra, Luis Fernando Calderón Carvajal, Segundo Agustín Ortiz Ramírez y Ruth Fabiola Aguilar Coello.
Además, se contempla la prestación de caución económica de S/ 10,000, monto que deberá ser cancelado dentro de los tres días hábiles de quedar consentida o ejecutoriada la presente resolución.
La resolución judicial señala que todas las reglas de conductas son impuestas bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, se revocará la medida fijada.
A Daniel Salaverry se le atribuye haberse apropiado del dinero entregado por la Dirección General de Administración del Congreso para sus actividades durante la semana de representación que supuestamente no se realizaron en enero y febrero de 2017.
También se le imputa haber presentado informes fraudulentos para sustentar actividades realizadas en la semana de representación de enero, febrero, noviembre y diciembre del 2017 y enero, febrero y marzo del año 2018.